Norma Legal Oficial del día 20 de Enero del año 2007 (20/01/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 86

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NORMAS LEGALES
VISTO:

El Peruano MORDAZA, sabado 20 de enero de 2007

con la especial participacion de la empresa privada afincada en el Primer Puerto; Que, en tal sentido es necesario se expida el Decreto de Alcaldia que conforme dicha Comision; Estando a las consideraciones expuestas, y en ejercicio de las atribuciones que le confiere al senor MORDAZA el articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Conformar la Comision Mixta de Celebraciones del Sesquicentenario de elevacion al rango de Provincia Constitucional del Callao, a la Provincia Litoral del Callao, la que estara conformada por: 1.- El MORDAZA Provincial del Callao, quien la presidira. 2.- El Presidente del Gobierno Regional del Callao o su representante. 3.- Los Alcaldes Distritales de cada una de las Municipalidades del Callao o su representante. 4.- El MORDAZA del Callao o su representante. 5.- El Director Regional de Educacion del Callao o su representante. 6.- El Director de Salud del Callao o su representante. 7.- El Presidente de la Beneficencia Publica del Callao o su representante. 8.- Dos representantes de la Junta de Vecinos Notables del Callao. 9.- El Director del Instituto Nacional de Cultura del Callao o su representante. 10.- El Presidente de la Camara de Comercio del Callao o su representante. 11.- El Director de Callao Super Radio o su representante. 12.- El Director del diario El Callao o su representante. 13.- El Director del Museo MORDAZA del Callao. 14.- El Director de los Museos del Ejercito. 15.- Un Oficial representante del Jefe del Ala Aerea Nº 2. 16.- Un representante de Policia Nacional del Peru Callao. 17.- Un representante del Cuerpo General de Bomberos - Region Callao. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia General de Relaciones Publicas el cabal cumplimiento del presente Decreto. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA del Callao 17187-1

En Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha 3 de enero de 2007, el Informe Nº 01-2007-ABASTC/MDM, el Informe Nº 001-2007-MDM/OA y el Informe Nº 001-2007MDM/OAL; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru y el articulo II del Titulo Preliminar de la ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, establecen que las Municipalidades tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante la Ley Nº 24059 se creo el Programa del Vaso de Leche destinado a la atencion de la poblacion MORDAZA infantil con derecho a la provision diaria por parte del Estado a traves de los Municipios; Que, Mediante Informe Nº 001-2007-ABASTEC/ MDM, el Jefe de Abastecimiento de la Municipalidad Distrital de Mancora hace requerimiento de insumos para el Programa del Vaso de Leche por un monto previsto en el Presupuesto Institucional de Apertura cuya asignacion asciende a S/. 88, 878.00 Nuevos Soles, toda vez que no se ha realizado ningun MORDAZA para la adquisicion de dichos insumos para el presente ano 2007; Que, la Municipalidad Distrital de Mancora a traves del Programa del Vaso de Leche, financia la provision diaria de leche, siendo un abastecimiento obligatorio durante los 7 dias de la semana a sus beneficiarios, a fin de dar cumplimiento a lo establecido por el articulo 2º de la Ley Nº 27712; y de este modo se deben adoptar las medidas necesarias con el proposito de adquirir los insumos; Que, mediante Informe Nº 001-2007-MDM/OA, el Jefe de Administracion senala que al momento se realiza el inventario en los almacenes del Programa del Vaso de Leche no se encontro productos para poder cumplir con la racion diaria a los beneficiarios de dicho programa, poniendo en riesgo la continuidad del programa durante los primeros meses del ano; por lo que se hace indispensable que el Programa se declare en Desabastecimiento Inminente, a fin de poder continuar con su normal distribucion a los beneficiarios con un plazo de ejecucion de 90 dias; Que, mediante Informe Nº 001-2007-MDM/OAL el Jefe de Asesoria Legal emite informe Legal respecto opina que el Concejo Municipal DECLARE en SITUACION DE DESABASTECIMIENTO INMINENTE la adquisicion de insumos para el Programa de Vaso de Leche, que AUTORICE la EXONERACION del MORDAZA de seleccion conforme al inciso c) del Art. 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el Decreto Supremo N° 083-2004-PCM; que se AUTORICE a las dependencias correspondientes de la Municipalidad Distrital de Mancora la adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche; Que, el Art. 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el Decreto Supremo N° 0832004-PCM, considera situacion de desabastecimiento inminente es aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra, compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial; Dicha situacion faculta a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, el Art. 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MANCORA
Declaran en situacion de desabastecimiento inminente la adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche
ACUERDO DE CONCEJO Nº 001-2007-MDM Mancora, 3 de enero del 2007

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