Norma Legal Oficial del día 01 de Febrero del año 2007 (01/02/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, jueves 1 de febrero de 2007

NORMAS LEGALES

338847

VISTOS los expedientes Nº 1617317 y Nº 1617320, MORDAZA de fecha 06 de MORDAZA de 2006, formados por las empresas Shona Energy International Limited, Sucursal del Peru y Andean Oil and Gas S.A.C., respectivamente; mediante los cuales solicitan en su calidad de Contratistas del Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 102, la aprobacion de la lista de bienes y servicios que fue aprobada mediante Resolucion Ministerial Nº 256-2006-MEM/DM, a favor de la empresa Ramshorn International Limited, Sucursal del Peru; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 256-2006MEM/DM, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 5 de junio de 2006, se aprobo la lista de bienes y servicios cuya adquisicion otorgara el derecho a la devolucion definitiva del Impuesto General a las Ventas, Impuesto de Promocion Municipal y de cualquier otro impuesto al consumo a favor de la empresa Ramshorn International Limited, Sucursal del Peru, en su calidad de Contratista del Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 102, suscrito el 13 de diciembre de 2005; Que, mediante expedientes Nº 1617317 y Nº 1617320, de fechas 6 de MORDAZA de 2006, las empresas Shona Energy International Limited, Sucursal del Peru y Andean Oil and Gas S.A.C., respectivamente; en su calidad de Contratistas del Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 102, solicitaron la aprobacion de la misma lista de bienes y servicios que fue aprobada mediante Resolucion Ministerial Nº 256-2006-MEM/DM; Que, de acuerdo al ultimo parrafo del articulo 1º del Decreto Supremo Nº 061-2004-EF que aprobo la lista general de bienes y servicios sujetos a los beneficios contemplados en la Ley Nº 27624 y su Reglamento, se senala que el detalle de la lista de bienes y servicios se aprobara mediante Resolucion Ministerial, para cada Contrato o Convenio, segun lo dispuesto en el inciso c) del articulo 6º del Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2002-EF; Que, mediante Oficio Nº 472-2006-EF/15.01, de fecha 17 de enero de 2007, el Viceministro de Economia del Ministerio de Economia y Finanzas pone en conocimiento los Informes Nº 219-2006-EF/6601 y Nº 2343-2006EF/60.01 emitidos por la Direccion General de Politica de Ingresos Publicos y por la Oficina General de Asuntos Juridicos de dicho Ministerio, respectivamente, mediante los cuales se concluye que no es procedente las solicitudes de aprobacion de las listas de bienes y servicios presentadas por las empresas Shona Energy International Limited, Sucursal del Peru y Andean Oil and Gas S.A.C., ya que existe una lista de bienes y servicios aprobada para el Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 102; Que, siendo las empresas Shona Energy International Limited, Sucursal del Peru y Andean Oil and Gas S.A.C. contratistas del Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 102, es necesario modificar el alcance del Articulo Unico de la Resolucion Ministerial Nº 256-2006-MEM/DM, incluyendo a las mencionadas empresas a fin de que se encuentren sujetas a los beneficios contemplados en la Ley Nº 27624 y su Reglamento; De conformidad con lo dispuesto por las Leyes Nº 27624 y Nº 27662, y el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 061-2004-EF; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Modificar el Articulo Unico de la Resolucion Ministerial Nº 256-2006-MEM/DM de acuerdo al siguiente texto: "Articulo Unico.- Aprobar la lista de bienes y servicios cuya adquisicion otorgara derecho a la devolucion definitiva del Impuesto General a las Ventas, Impuesto de Promocion Municipal y de cualquier otro impuesto al consumo que le sea trasladado o que paguen las empresas Contratistas del Contrato de Licencia para la

Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 102, a partir de la fecha de inicio del primer periodo de la fase de exploracion del mismo, de acuerdo al Anexo adjunto a la presente Resolucion". Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 21849-1 FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 003-2007-EM Mediante Oficio Nº 063-2007-SCM-PR, la Secretaria del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 003-2007-EM, publicado en la edicion del 23 de enero de 2007. En el numeral 3.2 del articulo 3º: DICE: "(...) - Especificaciones Tecnicas de construccion, materiales y equipos. - Plan de Contingencias para Emergencias. - Planos del proyecto. (...)" DEBE DECIR: "(...) - Especificaciones Tecnicas de construccion, materiales y equipos. - Planos del proyecto conforme lo establecido en la Resolucion de Consejo Directivo de OSINERG Nº 1502005-OS/CD. (...)" En el tercer parrafo del articulo 6º: DICE: "(...), conforme a lo senalado en el articulo 60º del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2005-EM." DEBE DECIR: "(...) conforme a lo senalado en el articulo 60º del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2005-EM; asi como el Plan de Contingencias para Emergencias y los planos conforme a obra firmados por el administrado o su representante legal y por los profesionales responsables, inscritos y habilitados en el Colegio Profesional correspondiente." En el MORDAZA parrafo del articulo 6º: DICE: "(...) la construccion o aquellas observaciones que no hayan sido subsanadas. (...) finalizacion de obras de construccion efectuada por el administrado al OSINERG (...)" DEBE DECIR: "(...) la construccion del proyecto o aquellas observaciones que no hayan sido subsanadas. (...) finalizacion de la construccion del proyecto, la cual incluye las pruebas finales correspondientes, efectuada por el administrado al OSINERG (...)" 22478-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.