Norma Legal Oficial del día 01 de Febrero del año 2007 (01/02/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, jueves 1 de febrero de 2007

NORMAS LEGALES
TITULO IV

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NATURALEZA, ORGANIZACION Y FUNCIONES DE LAS GOBERNACIONES Articulo 20º.- Naturaleza de las gobernaciones Las gobernaciones son organos desconcentrados de estructura unitaria de la Direccion General de Gobierno Interior encargados de ejecutar acciones relativas a Gobierno Interior en el ambito de su jurisdiccion y, en coordinacion con los organismos correspondientes, coadyuvar al logro de los fines y objetivos de Gobierno Nacional. Articulo 21º.- Organizacion de las gobernaciones y tenencias de gobernacion Las gobernaciones y tenencias de gobernacion implementaran su organizacion de acuerdo a lo dispuesto por la Direccion General de Gobierno Interior, en base a las atribuciones y funciones de su competencia, pudiendo integrar a ciudadanos honorables a efectos que colaboren ad honorem en el funcionamiento de estas dependencias, debiendo comunicar a la instancia inmediata superior las generales de ley de dichas personas, para efectos de elaborar un registro. TITULO V PROTOCOLO Y RELACIONES DE LAS AUTORIDADES POLITICAS Articulo 22º.- Participacion en ceremonias La autoridad politica en su calidad de representante del Presidente de la Republica promueve y participa en las ceremonias civicas oficiales en su respectiva jurisdiccion, para recibir los MORDAZA y preeminencias correspondientes, de conformidad con las normas del protocolo y ceremonia del Estado. Articulo 23º.- Coordinacion para visitas oficiales La autoridad politica debe coordinar con las autoridades de la jurisdiccion la recepcion y atencion al Presidente de la Republica y Ministros de Estado, asi como funcionarios publicos que se encuentren en visita oficial. Articulo 24º.- Coordinacion con gobiernos regionales y locales La autoridad politica debe mantener relaciones de coordinacion con los Gobiernos Regionales y Locales, especialmente cuando se trate de canalizar acciones que le encargue el Gobierno Nacional. TITULO VI DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS, TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Las autoridades politicas para un adecuado cumplimiento de las disposiciones contenidas en el presente Reglamento coordinaran para efectos de contar con el apoyo necesario de las autoridades competentes. Segunda.- Las autoridades politicas para el cumplimiento de sus funciones contaran con el apoyo de la Policia Nacional del Peru. Tercera.- Las gobernaciones del distrito capital de provincia, a efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto por la Ley Nº 28895 se encargan de la recepcion y registro del acervo documental proveniente de las prefecturas y subprefecturas, asi como de los bienes muebles e inmuebles con que estos cuenten de acuerdo lo dispuesto por la Direccion General de Gobierno Interior. Cuarta.- La Direccion General de Gobierno Interior en coordinacion con la Oficina General de Administracion del Ministerio del Interior, a la entrada en vigencia del presente Reglamento, constituira una Comision Tecnica a efectos de determinar en un plazo no mayor a 60 dias calendario, el destino y uso de los bienes inmuebles, garantizando su ocupacion parcial por gobernaciones de los distritos capital de provincia. Quinta.- En el caso de MORDAZA Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao, el otorgamiento de garantias para la realizacion de concentraciones publicas, espectaculos deportivos y no deportivos, con sujecion a la

normatividad vigente, seran efectuadas por la Direccion General de Gobierno Interior. Sexta.- El Ministerio del Interior, a traves de la Direccion General de Gobierno Interior, podra dictar las disposiciones que MORDAZA necesarias para el mejor cumplimiento de lo dispuesto en el presente Reglamento. 22477-3

Designan representante del Ministerio ante la Comision Especial de Implementacion del Codigo Procesal Penal
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0047-2007-IN MORDAZA, 30 de enero del 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 958, se constituyo la Comision Especial de Implementacion del Codigo Procesal Penal, la misma que esta encargada del diseno, conduccion, coordinacion, supervision y evaluacion del MORDAZA de implementacion de la reforma procesal penal, Que, de conformidad con el articulo 3º del citado Decreto Legislativo, la citada Comision Especial esta conformada, entre otros, por un representante del Ministerio del Interior; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 15232004-IN del 10 de agosto del 2004, se designo al senor abogado MORDAZA MORDAZA DONAIRE OTAROLA, como representante del Ministerio del Interior ante la Comision Especial de Implementacion del Codigo Procesal Penal, creada mediante Decreto Legislativo Nº 958; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 017-2007lN del 18 de enero del 2007, se resolvio aceptar la renuncia formulada por el senor abogado MORDAZA MORDAZA DONAIRE OTAROLA, al cargo publico de confianza de Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio del Interior, designandose en su reemplazo a la senora abogada MORDAZA MORDAZA JUSCAMAlTA ARANGUENA; Que, en ese sentido, resulta pertinente designar al MORDAZA representante del Ministerio del Interior ante Comision Especial de Implementacion del Codigo Procesal Penal, creada mediante Decreto Legislativo Nº 958; Con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio del Interior; y, De conformidad a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 958, que regula el MORDAZA de implementacion y transitoriedad del MORDAZA Codigo Procesal Penal, la Ley Nº 27594, que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos, el Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo Nº 370, Ley del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 003-2004-IN, y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2005-IN; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dar por concluida la designacion del senor abogado MORDAZA MORDAZA DONAIRE OTAROLA, como representante del Ministerio del Interior ante la Comision Especial de implementacion del Codigo Procesal Penal, creada mediante Decreto Legislativo Nº 958. Articulo 2º.- Designar a la senora abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA AGANGUENA, como representante del Ministerio del Interior ante la Comision Especial de Implementacion del Codigo Procesal Penal, creada mediante Decreto Legislativo Nº 958. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MAZZETTI SOLER Ministra del Interior 22131-1

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