Norma Legal Oficial del día 01 de Febrero del año 2007 (01/02/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 1 de febrero de 2007

Articulo 35º.- Cuando un Regidor tomara el uso de la palabra sin consentimiento del MORDAZA o quien preside la sesion, se llamara al orden. Articulo 36º.- En el desarrollo de la sesion se podra usar las cuestiones previas y de orden como un mecanismo de la Sesion, para exponer una idea, una aclaracion o mantener el orden, cuando el tema sale del contexto en que se debate. Articulo 37º.- La solicitud de reconsideracion a un Acuerdo requiere del numero de firmas establecido en el articulo 51º de la Ley Organica de Municipalidades, la que sera puesta en conocimiento en la Sesion Ordinaria inmediata. Articulo 38º.- Las votaciones se realizaran posterior al debate, para que MORDAZA acuerdo se requiere contar con el MORDAZA de la mayoria de los asistentes, salvo en los casos en que la Ley Organica de Municipalidades exija un numero mayor. Si no se alcanza el numero de votos exigidos por la ley, se tendra por rechazada la propuesta. Cuando hubiera mas de una mocion, dictamen o informe sobre el mismo punto, se votara cada uno de ellos separadamente. Articulo 39º.- El MORDAZA o quien preside la Sesion puede cuando considere necesario dar por agotado el debate. Las votaciones se efectuan de la siguiente manera, el Concejo decidira la forma de votacion. a) Levantando la mano. b) En forma nominal. c) Por cedulas. TITULO IV DEL SECRETARIO GENERAL DEL CONCEJO Articulo 40º.- El Secretario General del Concejo es el funcionario de confianza designado por el MORDAZA y tiene las siguientes funciones: a) Citar a Sesiones de Concejo por encargo del senor Alcalde. b) Preparar la agenda y asistir a las Sesiones de Concejo. c) Asistir a las Sesiones de Concejo, grabar su desarrollo, tener al dia el libro de actas con los conceptos basicos de las sesiones y las suscribe con el Alcalde. d) Redactar en forma final las Ordenanzas y Acuerdos aprobados por el Concejo y los suscribe el Alcalde. e) Es responsabilidad del Secretario General remitir a los miembros del Concejo las copias de las actas de las Sesiones anteriores y demas documentos que forman parte de la agenda, asimismo tramitar la documentacion por encargo del Concejo. f) Proporcionar copias de las Ordenanzas y Acuerdos de Concejo. g) Proporcionar copias de los Decretos y Resoluciones de Alcaldia a solicitud de los interesados. TITULO V DE LAS COMISIONES Articulo 41º.- Las comisiones de Regidores son los organismos consultivos con capacidad de formular propuestas, proyectos al Concejo Municipal. Son Ordinarias y Especiales. Las Comisiones Ordinarias se eligen en la primera sesion de cada ano. Articulo 42º.- Las Comisiones Ordinarias contaran como minimo con tres (3) y MORDAZA de (7) Regidores. El quorum de las Comisiones se establecera por mayoria simple. Articulo 43º.- Los Regidores pueden integrar como MORDAZA cinco (5) Comisiones Ordinarias. Articulo 44º.- Los Regidores presidiran unicamente una (1) Comision Ordinaria. Articulo 45º.- Las Comisiones Ordinarias se reunen en Sesiones Ordinarias y Extraordinarias cuando lo convoque el Presidente. En cualquiera de los casos se citara con 5 dias de anticipacion. Articulo 46º.- Las Comisiones Ordinarias contaran con un libro de actas legalizado y autorizadas por el MORDAZA y Secretario General. El funcionario de mayor nivel del area correspondiente asistira en calidad de apoyo de la Comision. Articulo 47º.- Los dictamenes, informes y proyectos que formulen las Comisiones de Regidores deben ser fundamentadas y debera incluir en proyecto de Ordenanza

o acuerdo. Los dictamenes de las Comisiones seran suscritos por los miembros de la comision que participaron en la aprobacion. Los Regidores tienen derecho a presentar su dictamen en minoria. Articulo 48º.- Los casos que hayan sido derivados a las comisiones seran devueltos con sus conclusiones en el plazo establecido si la comision no puede cumplir con su cometido dentro del plazo, solicitara una prorroga en la Sesion Ordinaria inmediata siguiente. Los acuerdos de la Comision se adoptan con el MORDAZA aprobatorio de la mayoria del numero de integrantes. En caso de empate el presidente ejerce MORDAZA dirimente. Articulo 49º.- El funcionario municipal esta en la obligacion de responder la solicitud de los Regidores a traves de los Presidentes de las Comisiones. Articulo 50º.- Las Comisiones pueden solicitar la presencia del funcionario. En caso de inasistencia no justificada se reiterara la solicitud, y si persiste la inasistencia la Comision comunicara al Concejo. Articulo 51º.- Cuando un tema pase a dos o mas Comisiones, estas se reuniran en forma conjunta. La Presidencia sera en forma rotativa entre los Presidentes de las Comisiones. Articulo 52º.- Las Comisiones Especiales se constituyen por Acuerdo de Concejo para asuntos especificos, o que por su importancia y gravedad requieran una atencion urgente; los funcionarios estan obligados a entregar la informacion y documentacion solicitada por la Comision dentro de los quince (15) dias habiles, bajo responsabilidad; caso contrario constituye falta grave. Articulo 53º.- Las Comisiones contaran con un Secretario Tecnico, cuya funcion sera procesar la informacion y el trabajo de las Comisiones a las Gerencias Municipales y al Concejo Municipal. Articulo 54º.- La Comision Especial levantara un acta en cada reunion realizada que seran firmadas por los asistentes. Las actas y la documentacion que sirva de fuente de la Comision se acompanaran al dictamen, informe o proyecto. Articulo 55º.- El Presidente de la Comision es elegido por el Concejo, el Vicepresidente es elegido entre sus miembros en la primera sesion de la Comision. El Vicepresidente reemplaza al Presidente en su ausencia. Articulo 56º.- Son funciones del Presidente a) Convocar y presidir las Comisiones. b) Suscribir las actas de las Sesiones de la Comision. Articulo 57º.- Corresponde al Secretario de la Comision. a) Llevar el libro de actas de las sesiones b) Otras que le asigne la Comision. Articulo 58º.- El Concejo Municipal contara con 8 Comisiones Ordinarias que seran las siguientes: a) Comision de Rentas. b) Comision de Administracion, Presupuesto y Cooperacion Tecnica. c) Comision de Desarrollo Urbano. d) Comision de Servicios a la Ciudad. e) Comision de Desarrollo Humano y Servicios Municipales Desconcentrados. f) Comision de Desarrollo Economico y Defensa Distrital. g) Comision de Seguridad Ciudadana. h) Comision de Asuntos Legales. Articulo 59º.- Corresponde a la Comision de Rentas tratar los asuntos relacionados con la Gerencia de Rentas y la Jefatura de Administracion Documentaria y Registros Civiles. Articulo 60º.- Corresponde a la Comision de Administracion tratar los asuntos relacionados con la Gerencia de Administracion, la Gerencia de Informatica y la Oficina de Planificacion y Presupuesto. Articulo 61º.- Corresponde a la Comision de Desarrollo MORDAZA tratar los asuntos relacionados con la Gerencia de Desarrollo Urbano. Articulo 62º.- Corresponde a la Comision de Servicios a la MORDAZA tratar los asuntos relacionados con la Gerencia de Servicios a la Ciudad.

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