Norma Legal Oficial del día 01 de Febrero del año 2007 (01/02/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, jueves 1 de febrero de 2007

NORMAS LEGALES

338839

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Aprueban Directiva "Normas Complementarias al Procedimiento de Reordenamiento y Formalizacion para la explotacion de maquinas tragamonedas"
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 38-2007-MINCETUR/VMT/DGJCMT MORDAZA, 29 de enero de 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27153, modificada por las Leyes Nºs. 27796 y 28945, y el Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, se regularon las normas que rigen la explotacion de juegos de casino y maquinas tragamonedas; Que, en virtud de la Ley Nº 28945, se aprobaron las normas que posibilitan el reordenamiento y formalizacion de la explotacion de maquinas tragamonedas en el pais; Que, asimismo, a fin que los solicitantes cuenten con informacion precisa y ordenada sobre los requisitos tecnicos, economico - financieros y legales que deben cumplir los solicitantes para obtener una autorizacion de explotacion concedida por la Direccion General de Juegos de Casino y Maquinas Tragamonedas, se ha considerado conveniente establecer normas complementarias para la aplicacion de la Ley Nº 28945 y MORDAZA de las solicitudes de reordenamiento y formalizacion; En uso de las atribuciones contenidas en los articulos 24º y 25º de la Ley Nº 27153 y 48º, literal i) del Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, estando a lo opinado en el Informe Legal Nº 040-2007-MINCETUR/VMT/DGJCMT/SDAR; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 001-2007-MINCETUR/ VMT/DGJCMT "Normas Complementarias al Procedimiento de Reordenamiento y Formalizacion para la explotacion de maquinas tragamonedas", la misma que consta de dieciocho (18) articulos, tres (03) capitulos, seis (06) disposiciones finales y un (01) formulario de solicitud de reordenamiento y formalizacion, el mismo que consta de tres (03) anexos. Articulo 2º.- La entrega del formulario y anexos se realizara de forma gratuita en la Unidad de Recepcion Documentaria del MINCETUR. Articulo 3º- Los requisitos establecidos en los Anexos I, II y III del formulario de MORDAZA de solicitudes de reordenamiento y formalizacion la presente Directiva, se encuentran regulados en la Ley Nº 27153 y normas modificatorias, asi como en el Decreto Supremo Nº 0092002-MINCETUR y Directivas de obligatorio cumplimiento. Articulo 4º.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SAN MORDAZA MORDAZA Director General de Juegos de Casino y Maquinas Tragamonedas DIRECTIVA Nº 001-2007-MINCETUR/VMT/DGJCMT "NORMAS COMPLEMENTARIAS AL PROCEDIMIENTO DE REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION PREVISTO EN LA LEY Nº 28945 CAPITULO I ABREVIATURAS Y MORDAZA DE SOLICITUDES DE REORDENAMIENTO Y FORMALIZACION Articulo 1º.- Abreviaturas.- Para efecto de la presente Directiva, debe tenerse en consideracion las siguientes abreviaturas y definiciones:

a) DGJCMT: Direccion General de Juegos de Casino y Maquinas Tragamonedas b) INDECI: Instituto Nacional de Defensa Civil c) Ley: Ley Nº 27153 que regula la actividad de juegos de casinos y maquinas tragamonedas y normas modificatorias d) LGS: Ley Nº 26887 "Ley General de Sociedades" e) MINCETUR: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo f) Reglamento: Decreto Supremo Nº 009-2002MINCETUR g) VMT: Viceministerio de Turismo. Articulo 2º.- De los solicitantes Solo podran presentar una solicitud de reordenamiento y formalizacion para la obtencion de una Autorizacion Expresa, aquellas personas juridicas organizadas bajo el regimen de la LGS. Articulo 3º.- De la MORDAZA de las solicitudes Las solicitudes se presentaran mediante formulario y anexos que forman parte integrante de la presente Directiva. La MORDAZA de la documentacion establecida en la Ley, el Reglamento y Directivas de obligatorio cumplimiento, debera realizarse en el orden previsto en los anexos. Articulo 4º.- Observancia de requisitos De conformidad con lo establecido en el literal b) del articulo 2º de la Ley Nº 28945, los solicitantes deben cumplir con presentar la informacion y documentacion establecida en la legislacion vigente que regula la explotacion de juegos de casino y maquinas tragamonedas en el MORDAZA, razon por la que les resulta aplicable lo dispuesto en la Ley asi como en el Reglamento y Directivas de obligatorio cumplimiento. Articulo 5º.- Del procedimiento aplicable El procedimiento aplicable para la tramitacion de las solicitudes de reordenamiento y formalizacion sera el procedimiento de Autorizacion Expresa previsto en la Ley y en el Reglamento. Articulo 6º.- De los alcances del procedimiento de reordenamiento y formalizacion La solicitud de reordenamiento y formalizacion a que se refiere el parrafo precedente se presentara por cada sala de juegos de manera independiente, debiendose acreditar la explotacion de maquinas tragamonedas a la fecha de entrada en vigencia de la Ley Nº 28945 en cada caso en particular, mediante la actuacion de cualquier medio de prueba admitido por el Derecho. De presentarse declaraciones juradas del Impuesto a los Juegos via regularizacion como medio de prueba para acreditar la fecha de inicio de operaciones, los solicitantes deberan adjuntar una declaracion jurada en la que se deje MORDAZA que venian explotando maquinas tragamonedas a la fecha de entrada en vigencia de la Ley Nº 28945 asi como algun otro medio de prueba con el que se acredite la explotacion efectiva de maquinas tragamonedas. Para efecto de lo establecido en el ultimo parrafo del articulo 2º de la Ley Nº 28945, los solicitantes deberan presentar los acuerdos privados y/o cualquier otro medio de prueba con el que se acredite o deje indicio razonable de la existencia de una relacion comercial con el titular de la sentencia o resolucion judicial. Para el procedimiento de reordenamiento y formalizacion para la obtencion de una Autorizacion Expresa no resultara exigible lo establecido en el articulo 6º de la Ley relacionado con la instalacion de giros principales asi como lo dispuesto en el articulo 5º de la Ley en lo que respecta a la determinacion de la distancia minima con relacion a los templos. Los solicitantes se encuentran en la obligacion de presentar el Certificado y el Informe Tecnico de Inspeccion a detalle en defensa civil expedido por el INDECI a fin de obtener una Autorizacion Expresa para la explotacion de maquinas tragamonedas, sin embargo, en caso que a la fecha de MORDAZA de la solicitud no tuvieran tales documentos, podran presentar MORDAZA del cargo de

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