Norma Legal Oficial del día 08 de Julio del año 2007 (08/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 8 de MORDAZA de 2007

VISTO: El Expediente Nº 33039894 sobre autorizacion para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en las centrales termoelectricas Pluspetrol que opera en el lote 1AB, y la solicitud de transferencia a favor de Pluspetrol Norte S.A., persona juridica inscrita en el Asiento C00026 de la Partida Nº 11396308 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de Lima; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion Ministerial Nº 109-98EM/VME de fecha 27 de febrero de 1998, se otorgo a favor de Occidental Peruana INC, Sucursal del Peru, autorizacion para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en las centrales termoelectricas ubicadas en el lote 1AB; Que, de acuerdo con la Clausula Tercera del Contrato de Compraventa de fecha 10 de diciembre de 1999, suscrito entre Occidental Peruana Inc., Sucursal del Peru, en calidad de vendedor, y Pluspetrol Peru Corporation, Sucursal del Peru, la primera transfirio la totalidad de bienes muebles, mejoras, derechos de uso, autorizaciones, licencias, servidumbres y derechos de paso existentes en el Lote 1-AB, a favor de Pluspetrol Peru Corporation, Sucursal del Peru. Que, por Escritura Publica de fecha 8 de MORDAZA de 2000, Perupetro S.A., Occidental Peruana Inc., Sucursal del Peru, y Pluspetrol Peru Corporation, Sucursal del Peru, celebraron la Cesion de Posicion contractual en el Contrato de Servicios para la Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 1-AB, que fuera aprobada por Decreto Supremo Nº 007-2000EM, esta MORDAZA que por Escritura Publica de fecha 3 de enero de 2001, se transformo en sociedad anonima de conformidad con la legislacion peruana, adoptando la denominacion social Pluspetrol Peru Corporation S.A. Que, por Escritura Publica de fecha 8 de MORDAZA de 2002, se escindio un bloque patrimonial de Pluspetrol Peru Corporation S.A., correspondiente a los activos, pasivos, y cuentas patrimoniales vinculadas a las actividades de exploracion y explotacion de hidrocarburos en el MORDAZA de los Contratos de Licencia por los Lotes 8, 1-AB y XII, para transferirlos a la nueva sociedad Pluspetrol Norte S.A., la cual se constituyo en el mismo acto de la escision con el patrimonio neto correspondiente al bloque patrimonial escindido; Que, de acuerdo con el numeral 2 del articulo 367º de la Ley Nº 26887, Ley General de Sociedades, mediante la escision una sociedad fracciona su patrimonio en dos o mas bloques para transferirlos integramente a otras sociedades o para conservar uno de ellos, cumpliendo los requisitos y las formalidades prescritas por esta ley, adoptando la segregacion de uno o mas bloques patrimoniales de una sociedad que no se extingue y que los transfiere a una o mas sociedades nuevas, o son absorbidos por sociedades existentes o MORDAZA cosas a la vez; Que, segun lo establecido en el articulo 389º de la Ley General de Sociedades, desde la fecha de entrada en vigencia de la escision, las sociedades beneficiarias responden por las obligaciones que integran el pasivo del bloque patrimonial que se les ha traspasado o han absorbido por efectos de la escision; Que, de los actos societarios que sustentan la solicitud y de las normas legales citadas en los considerandos que anteceden, la nueva sociedad Pluspetrol Norte S.A. ha devenido en titular de la autorizacion otorgada mediante la Resolucion Ministerial Nº 109-98-EM/VME; Que, al cumplir dicha solicitud con los requisitos establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 061-2006EM, publicado el 29 de octubre de 2006, procede aprobar la transferencia solicitada y tener como titular de la autorizacion a Pluspetrol Norte S.A.;

Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos estipulados en la Ley de Concesiones Electricas, y su Reglamento, ha emitido el Informe Nº 061-2007-DGE-CEL y el Informe Legal Nº 006-2007-EM-DGE; Estando a lo dispuesto en el articulo 67º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 009-93EM; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la transferencia de la autorizacion para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en las centrales termoelectricas que operan en el lote 1AB a favor de Pluspetrol Norte S.A. por las razones y fundamentos legales expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- La titular esta obligada a operar cumpliendo las normas tecnicas y de seguridad; preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nacion; asi como al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y otras normas legales pertinentes. Articulo 3º.- La presente resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas
65709-1 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 240-2007-MEM/DM

MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2007 VISTO: El Expediente Nº 33072096 sobre autorizacion para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en las centrales termoelectricas que operan en los lotes 8 y 8x, y la solicitud de transferencia a favor de Pluspetrol Norte S.A., persona juridica inscrita en el Asiento C00026 de la Partida Nº 11396308 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de Lima; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion Ministerial Nº 15097-EM/DGE de fecha 21 de MORDAZA de 1997, se otorgo a favor de Pluspetrol Peru Corporation, Sucursal del Peru, autorizacion para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en las centrales termoelectricas ubicadas en los lotes 8 y 8x; Que, por Escritura Publica de fecha 3 de enero de 2001, se adecuo la sociedad constituida en el extranjero denominada Pluspetrol Peru Corporation, Sucursal del Peru, con el objeto de transformarse en sociedad anonima de conformidad con la legislacion peruana, en virtud a lo cual se constituyo la sociedad Pluspetrol Peru Corporation S.A.; Que, por Escritura Publica de fecha 8 de MORDAZA de 2002, se escindio un bloque patrimonial de Pluspetrol Peru Corporation S.A., correspondiente a los activos, pasivos, y cuentas patrimoniales vinculadas a las actividades de exploracion y explotacion de hidrocarburos en el MORDAZA de los Contratos de Licencia por los Lotes 8, 1AB y XII, para transferirlos a la nueva sociedad Pluspetrol Norte S.A., la cual se constituyo en el mismo acto de la escision con el patrimonio neto correspondiente al bloque patrimonial escindido;

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