Norma Legal Oficial del día 08 de Julio del año 2007 (08/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 8 de MORDAZA de 2007

que cumplan con los requisitos y condiciones de capacitacion previa e infraestructura fisica y tecnologica suficiente, establecida por la PCM, para la participacion de cada uno de ellos en el SISEV. Articulo 4º.- INFORMACION NECESARIA DE LA ESCRITURA PUBLICA Para efectos de la inscripcion de las empresas a traves del SISEV, y como parte de sus funciones notariales del acto de constitucion, el notario debera verificar la identidad del representante designado por la sociedad en atencion a las normas de la materia y a lo establecido en el Reglamento de la Ley del RUC. Los notarios deberan observar lo prescrito en el Decreto Legislativo Nº 703, Ley de Extranjeria respecto de la inscripcion de los representantes legales cuando asi corresponda. El notario debera utilizar las siguientes herramientas informaticas, a fin de cumplir lo senalado en los parrafos anteriores: a) Los servicios informaticos del RENIEC para validar la correspondencia del Documento Nacional de Identidad con los datos de nombre y apellido; y, b) Los servicios informaticos de la DIGEMIN respecto del Carne de Extranjeria y Pasaporte de ciudadanos extranjeros. El notario dejara MORDAZA del resultado de la verificacion del documento de identidad en la conclusion de la Escritura Publica. Articulo 5º.- INSCRIPCION A traves del SISEV, los notarios se encargaran obligatoriamente de tramitar la inscripcion de los titulos correspondientes ante la SUNARP, entidad que, a su vez, aprobada la solicitud de inscripcion remitira a la SUNAT dicha informacion para su registro en el RUC. El resultado de cada tramite sera remitido por la SUNARP en forma electronica al notario correspondiente, quien imprimira y entregara al usuario del servicio de constitucion de empresas, la MORDAZA de Inscripcion cuyo contenido sera determinado por la SUNARP y la SUNAT conforme a las disposiciones que establezcan. El notario entregara, en los casos que corresponda, el formato de solicitud de acceso y la Clave SOL al representante de la empresa o a la persona designada por esta, teniendo en cuenta el procedimiento que establezca la SUNAT. Articulo 6º.- VIGENCIA La presente MORDAZA entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Articulo 7º.- REFRENDO El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Justicia. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los siete dias del mes de MORDAZA del ano dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Justicia
81773-1

Exoneran a la Municipalidad Distrital de Miraflores de prohibicion establecida en la Ley N° 28927 para la adquisicion de vehiculos destinados al Sistema de Seguridad y Patrullaje
RESOLUCION SUPREMA N° 121-2007-PCM

MORDAZA, 7 de MORDAZA de 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio N° 065-2007-AL/MM el MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Miraflores solicita tramite de exoneracion de la prohibicion para la adquisicion de vehiculos, establecida en el literal c) del numeral 3 del articulo 4° de la Ley N° 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007, con la finalidad que le permita adquirir Quince (15) Camionetas PICK UP 4x4 Doble Cabina y Cinco (5) Automoviles MORDAZA, los cuales se incorporaran a la flota existente, a efecto de reforzar el Sistema de Seguridad y Patrullaje del Distrito; Que, de acuerdo al Memorandum N° 224-2007GP-MM de fecha 15.05.2007, que forma parte del Oficio MORDAZA citado, la Gerencia de Planificacion de la Municipalidad Distrital de Miraflores senala que mediante Resolucion de Alcaldia N° 0183-2007-MM-RA se aprobo en el Presupuesto 2007 el saldo de balance 2006, el cual incluye los recursos que financiaran la adquisicion de Quince (15) Camionetas PICK UP 4x4 Doble Cabina y Cinco (5) Automoviles MORDAZA, por un valor de S/. 1 248 645,00, senalando que la referida adquisicion forma parte de los componentes del proyecto de inversion publica: "Ampliacion de la Calidad de MORDAZA y Seguridad de los Habitantes del Distrito de Miraflores", el cual se encuentra en MORDAZA de viabilidad; asimismo precisa que una vez obtenida la referida viabilidad se efectuara las modificaciones presupuestarias a la cadena de gasto 6.5.11.51 "Equipamiento y bienes duraderos" a traves de la cual se ejecutara la adquisicion MORDAZA indicada; Que, segun Oficio N° 073-2007-AL/MM, el MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Miraflores, remite informacion complementaria, sobre el Proyecto de Inversion Publica - "Ampliacion de la Seguridad Ciudadana de los Habitantes en Miraflores, Distrito de Miraflores - MORDAZA, con la finalidad de reforzar la peticion MORDAZA senalada; Que, el literal c) del numeral 3, del articulo 4° de la Ley N° 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2007 senala: "Queda prohibida la adquisicion de automoviles, camionetas y station wagons salvo para la reposicion en caso de perdida total. Mediante resolucion suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que canalizara las solicitudes de exoneracion, se podran agregar nuevas exoneraciones, para lo cual se debe acompanar la certificacion de que se cuenta con el credito presupuestario suficiente para atender el gasto". De conformidad con el Decreto Legislativo N° 560 - Ley del Poder Ejecutivo y la Ley N° 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para al Ano Fiscal 2007. SE RESUELVE: Articulo 1°.- Exonerar de los alcances senalados en el literal c) del numeral 3, del articulo 4° de la Ley N° 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007, a la Municipalidad Distrital de Miraflores; con la finalidad que le permita adquirir Quince (15) Camionetas PICK UP 4x2 Doble Cabina y Cinco (5) Automoviles MORDAZA, destinadas a reforzar el Sistema de Seguridad y Patrullaje de la Municipalidad Distrital de Miraflores.

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