Norma Legal Oficial del día 09 de Julio del año 2007 (09/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 9 de MORDAZA de 2007

Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene como finalidad incentivar el aprovechamiento economico de los bienes del Estado en MORDAZA con el interes social, promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidad y estableciendo mecanismos para su registro, inscripcion y fiscalizacion; Que, revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta la Superintendencia de Bienes Nacionales, se identifico un terreno ribereno al mar de 129 656,09 m², ubicado en el balneario de Chocalla, distrito de MORDAZA, provincia de Canete, departamento de MORDAZA, que estaria libre de inscripcion; Que, con fecha 3 de MORDAZA de 2006 se realizo una inspeccion tecnica al citado terreno, verificandose que corresponde a un terreno ribereno al mar, compuesto de MORDAZA arenosas y cerros rocosos, el cual se encuentra desocupado; Que, mediante el Certificado de Busqueda Catastral de fecha 7 de agosto de 2006, complementado con su similar de fecha 11 de MORDAZA de 2007, emitido por la MORDAZA Registral IX - Sede MORDAZA - Oficina Registral de Canete, sobre la base del Informe Tecnico Nº 2587-2007-SUNARP-Z.R. Nº IXOC de fecha 19 de MORDAZA de 2007, se informo que el terreno de 129 656,09 m² se encuentra en ambito donde no se observa informacion grafica de propiedades inscritas; Que, el inciso iv) del Articulo 3º del "Estatuto de la Superintendencia de Bienes Nacionales", aprobado con Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, senala que los terrenos eriazos o riberenos se consideran bienes de propiedad estatal; Que, por ello corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio del terreno MORDAZA descrito, de conformidad con el Articulo 3º del Decreto de Urgencia Nº 071-2001, articulo 33º del "Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal", aprobado por Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 042-2006-EF y la Directiva Nº 001-2002/SBN, aprobada por Resolucion Nº 011-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 0032004/SBN, aprobada por Resolucion Nº 014-2004/SBN, que regulan el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos h) y s) del Articulo 39º del "Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales" aprobado por Resolucion de Superintendencia de Bienes Nacionales Nº 315-2001/SBN, de fecha 3 de setiembre de 2001, facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones a identificar los terrenos eriazos y/o en abandono con la finalidad de incorporarlos al dominio del Estado, asi como a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por la Cuarta Disposicion Transitoria y Final del Decreto Ley Nº 25556, modificado por el Decreto Ley Nº 25738, Decreto Supremo Nº 004-2007-VIVIENDA, Decreto de Urgencia Nº 071-2001, Decreto Supremo Nº 131-2001-EF y Decreto Supremo Nº 154-2001-EF y sus modificatorias; y Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal Nº 025-2007/SBN-GO-JAR, de fecha 5 de febrero de 2007; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo ribereno al MORDAZA MORDAZA de 129 656,09 m², ubicado en el balneario de Chocalla, distrito de MORDAZA, provincia de Canete, departamento de MORDAZA, segun la documentacion tecnica que sustenta la presente Resolucion. Articulo 2º.- La MORDAZA Registral Nº IX - Sede MORDAZA - Oficina Registral de Canete de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del area descrita en el parrafo precedente, en el Registro de Predios de Canete. Registrese, comuniquese y publiquese. MILAGRITOS MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS
Precisan disposiciones de la Res. Nº 063-2007-SUNARP/SN referente a la contratacion de servicio de limpieza para la MORDAZA Registral Nº IX - Sede MORDAZA
RESOLUCION DE LA SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS N° 202-2007-SUNARP/SN
MORDAZA, 6 de MORDAZA de 2007 VISTOS, el Oficio N° E-346-2007/GNP/APS emitido por la Subgerencia de Administracion de la Plataforma del SEACE; y, el Informe N° 271-2007-SUNARP/GL, emitido por la Gerencia Legal de la Sede Central de la SUNARP; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion N° 063-2007-SUNARP/ SN, del 23 de febrero de 2007, se declaro en situacion de desabastecimiento inminente la contratacion de servicios de limpieza para la MORDAZA Registral N° IX ­ Sede MORDAZA, exonerandose del MORDAZA de seleccion correspondiente, con la finalidad de que dicho organo desconcentrado contrate el referido servicio mediante acciones directas e inmediatas; Que, en dicha Resolucion se omitio consignar la Fuente de Financiamiento y no se preciso la dependencia encargada de la contratacion, habiendose autorizado genericamente a la MORDAZA Registral; Que, estando a lo indicado por el CONSUCODE mediante el Oficio de Vistos, resulta necesario precisar los aspectos referidos en el considerando precedente; Estando a lo dispuesto por en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento; y los literales v) y w) del articulo 7º del Estatuto de la SUNARP, aprobado mediante Resolucion Suprema N° 135-2002-JUS; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Precisar el Articulo MORDAZA de la Resolucion N° 063-2007-SUNARP/SN del 23 de febrero de 2007, en el sentido que la Fuente de Financiamiento para la contratacion correspondiente es con Recursos Propios Directamente Recaudados. Articulo Segundo.- Precisar el Articulo Tercero de la Resolucion N° 063-2007-SUNARP/SN del 23 de febrero de 2007, en el sentido que la dependencia encargada de la contratacion, via exoneracion, es la Gerencia de Administracion y Finanzas de la MORDAZA Registral N° IX ­ Sede Lima. Articulo Tercero.- Disponer que la Secretaria General de la Sede Central de la SUNARP, notifique la presente Resolucion al CONSUCODE y a la Jefatura de la MORDAZA Registral N° IX ­ Sede MORDAZA para que proceda a su publicacion en el SEACE. Registrese, comuniquese y publiquese en el Diario Oficial El Peruano y en el SEACE. MORDAZA D. CAMBURSANO GARAGORRI Superintendente Nacional de los Registros Publicos

81169-3

81582-1

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