Norma Legal Oficial del día 09 de Julio del año 2007 (09/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 9 de MORDAZA de 2007

El Consejo Regional del Gobierno Regional MORDAZA, en su Sesion Ordinaria de fecha 08 de junio del ano 2007; VISTO Y DEBATIDO el Oficio Nº 0862007-GR.CAJ-CR/SCR remitido por el Secretario de Consejo Regional Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, cuyo pedido de no ratificacion del Acuerdo de Consejo Regional Nº 045-2007-GR.CAJ-CR, fue hecho MORDAZA por el senor Consejero Delegado Dr. Luzman MORDAZA MORDAZA, referente a la seleccion de procesos de seleccion, con el MORDAZA mayoritario del Pleno, dispensa del dictamen correspondiente, y; CONSIDERANDO: Que, para que proceda dicha exoneracion, esta debe resultar mas favorable y ventajosa en comparacion con los precios del MORDAZA como se ve en el cuadro Nº 01, que contiene informacion de los Procesos de Seleccion llevados a cabo por la Gerencia Sub Regional para la adquisicion de combustible en el ano 2006; ano en el cual se realizaron tres procesos de seleccion por un monto de total de 45 644.00 galones de petroleo D2, adquisicion que represento un gasto de S/. 509 616.80 Nuevos Soles, el mismo que de haberse adquirido directamente por exoneracion de procesos de seleccion, se hubiera ahorrado en este ano la cantidad S/. 57 426.97 Nuevos Soles; Que, el cuadro Nº 2 contiene informacion referida a la adquisicion de 33 622.00 galones de combustible para el ano 2007 y de realizarse dicha adquisicion mediante MORDAZA de Seleccion, representaria un desembolso de S/. 403 464.00 Nuevos Soles para la Gerencia Sub Regional de Cutervo; y de aprobarse el mencionado MORDAZA de seleccion por la cantidad de combustible adquirido, se tendra un ahorro de S/. 70 372.53 Nuevos Soles para el ano 2007; Que, para la Gerencia Sub Regional de Cutervo es necesario la adquisicion de 33 622.00 galones de D2, por lo expuesto anteriormente y al MORDAZA del Art. 19º literal a) del Texto Unico de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado que permite la contratacion entre entidades del sector Publico, mediante Exoneracion de Procesos de Seleccion y que para que opere la misma se requiere como formalidad del procedimiento que el mismo se MORDAZA aprobado mediante Acuerdo de Consejo Regional (Art. 20 del Texto Unico de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado), y el Art. 139º numeral 1 del mismo dispositivo legal referente a "que la adquisicion o contratacion resulta mas favorable y ventajosa en comparacion con los precios del MORDAZA, siempre y cuando ello no sea el resultado del uso o aprovechamiento, por parte de la Entidad proveedora, de ventajas o prerrogativas derivadas de su condicion de Entidad del Estado que supongan colocar en situacion de desventaja a los otros proveedores de los mismos bienes, servicios y obras" ; Estando a las atribuciones conferidas por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680; Ley de Bases de la Descentralizacion Nº 27783; Ley Organica de los Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por las Leyes Nºs 27902 y 28968; Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, aprobado mediante Ordenanza Nº 001-2003-CR/RC; ACORDO: Articulo Unico.- RATIFICAR la exoneracion de los Procesos de Seleccion de la Gerencia Sub Regional de Cutervo para la adquisicion de 36 622.00 Galones de D2. POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA BALCAZAR MORDAZA Presidente (e)

El Consejo Regional del Gobierno Regional MORDAZA, en su Sesion Ordinaria de fecha 8 de junio del ano 2007; VISTO Y DEBATIDO el Oficio Nº 542-2007-GR.CAJ/GGR remitido por el Gerente General Regional referente a que se reconsidere el Acuerdo Nº 039-2007-GR.CAJ-CR, con el MORDAZA unanime del Pleno, dispensa del dictamen correspondiente, y; CONSIDERANDO: - Que, la Resolucion Ejecutiva Regional Nº 0642005-GR.CAJ/P emitida por la Presidencia del Gobierno Regional anterior (2003-2006); en abierta trasgresion de una serie de normas laborales aprobadas y promulgadas por el Gobierno Central, estableciendo costos de mano de obra para el ambito regional por debajo de los valores de MORDAZA, y manteniendolos "congelados" desde el 21 de marzo de 2005. Asimismo, esta resolucion fue impuesta desconociendo Pactos Colectivos aprobados entre las partes, que tenian fuerza de Ley y plena vigencia a nivel nacional por haber sido suscrito por la Federacion de Trabajadores en Construccion Civil, Organizacion sindical de 2do grado representativa de todos los trabajadores de dicho sector a nivel nacional; - Que, la aplicacion compulsiva a nivel de la Region MORDAZA, el cuadro de costos de mano de obra aprobado por la Resolucion Ejecutiva Regional Nº 0642005-GR.CAJ/P, y que viene dandose desde el 21 de marzo de 2005; viene lesionando derechos legitimamente ganados por los trabajadores de Construccion Civil, afectando en forma injusta sus niveles de ingresos reales y negandoseles asi toda posibilidad de elevar la calidad de MORDAZA de ellos y de sus familias. De igual manera, esta ilegal disposicion viene generando una serie de conflictos entre las unidades operativas del Gobierno Regional MORDAZA y los trabajadores de Construccion Civil, quienes creen percibir en estos actos de Gobierno, un MORDAZA proposito de negarles mejores condiciones de vida; - Que, el Gobierno Central, a traves de la Resolucion Ministerial Nº 315-2006-TR. Publicada en el Diario Oficial El Peruano (07-09-2006); aprobo la publicacion del Convenio Colectivo celebrado entre la Camara Peruana de la Construccion ­ CAPECO, y la Federacion de Trabajadores en Construccion Civil-FTCCP; disponiendo la aplicacion de la Tabla Salarial Basica para los trabajadores de Construccion Civil con vigencia a partir del 1 de junio de 2006; - Que, el actual Gobierno Regional de MORDAZA, en forma acertada, ha determinado las Politicas y Estrategias para el Periodo 2007-2010, las mismas que establecen como vision: "Que la poblacion de la Region viva mejor, que tenga trabajo MORDAZA, que desarrolle su MORDAZA en condiciones favorables, y que tenga asegurado un futuro promisorio". Asimismo, en la Politica 13: Promover el empleo MORDAZA y la generacion de activos productivos, sub numeral 13.3, el citado documento de gestion establece como estrategia: "Exigir el cumplimiento de la Legislacion Laboral a todas las empresas que operen en la Region"; Estando a las atribuciones conferidas por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680; Ley de Bases de la Descentralizacion Nº 27783; Ley Organica de los Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por las Leyes Nºs 27902 y 28968; Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, aprobado mediante Ordenanza Nº 001-2003-CR/RC; ACORDO: Articulo Unico.- RATIFICAR el acuerdo Regional Nº 039-2007-GR.CAJ-CR, referente a la vigencia de implementacion. POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA BALCAZAR MORDAZA Presidente (e)

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Ratifican el Acuerdo Regional Nº 0392007-GR.CAJ-CR
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 058 -2007-GR.CAJ-CR
MORDAZA, 25 de junio de 2007

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