Norma Legal Oficial del día 11 de Julio del año 2007 (11/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 11 de MORDAZA de 2007

ENERGIA Y MINAS
Autorizan al Director General de Hidrocarburos suscribir modificacion del Contrato de Servicio de Auditoria Integral de los Sistemas de Transporte de Gas Natural y Liquidos de Gas Natural del Proyecto Camisea a intervenir en la suscripcion de la modificacion del Contrato de Fideicomiso
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 327-2007-MEM/DM
MORDAZA, 10 de MORDAZA de 2007 VISTO los informes Nº 031-2007-EM/DGH/AL y Nº 302007-DGH/AT ambos de fecha 06 de MORDAZA de 2007, emitidos por la Direccion General de Hidrocarburos; y; CONSIDERANDO: Que, con fecha 16 de octubre de 2006, el Ministerio de Energia y Minas y las empresas Germanischer MORDAZA Peru S.A.C. y MORDAZA MORDAZA de Mexico, S. de R.L. de C.V. suscribieron el Contrato de Servicio de Auditoria Integral de los Sistemas de Transporte de Gas Natural y Liquidos de Gas Natural del Proyecto Camisea; Que, con fecha 14 de MORDAZA de 2007, se modifico el Contrato de Servicio de Auditoria Integral, con la finalidad de incluir en el Informe Final un analisis del incidente ocurrido el 02 de MORDAZA del 2007, en la PK 125 + 500 del tramo del ducto de liquidos de gas natural del proyecto Camisea; asi como, el analisis de la informacion enviada por la empresa Transportadora de Gas del Peru S.A. con posterioridad al 28 de febrero de 2007, fecha limite dispuesta por las empresas auditoras para presentar la informacion requerida; Que, con fecha 29 de MORDAZA de 2007, las Empresas Auditoras presentaron al Ministerio de Energia y Minas el Informe Preliminar Final del Servicio de Auditoria Integral, el mismo que fue remitido por la Direccion General de Hidrocarburos a la Comision Supervisora y a la empresa auditada, para que emitan sus observaciones y aclaraciones, segun corresponda; Que, mediante Oficio Nº 887-2007-EM/DGH, de fecha 20 de junio de 2007, la Direccion General de Hidrocarburos remitio a las Empresas Auditoras las observaciones y recomendaciones al Informe Preliminar Final, enviadas por la Comision Supervisora, y la informacion remitida por la empresa Transportadora de Gas del Peru S.A. como parte de sus aclaraciones a dicho documento; Que, mediante Carta Nº GLO-C-250-07-LOB, de fecha 04 de MORDAZA de 2007, las Empresas Auditoras comunicaron al Ministerio de Energia y Minas que la informacion remitida por la empresa Transportadora de Gas del Peru S.A., con sus aclaraciones, incluye informacion que no ha sido presentada en su momento, siendo imposible incluir el analisis de dicha informacion en el Informe Final dentro del plazo estipulado en el contrato. Asimismo, las Empresas Auditoras manifiestan que con ello se estaria dejando de alcanzar el objetivo que dio origen a la contratacion de la Auditoria; Que, por su parte, la empresa Transportadora de Gas del Peru S.A. en su escrito de fecha 19 de junio de 2007, precisa que las empresas auditoras, en el Informe Preliminar Final recien estarian requiriendo el total de informacion. En consecuencia, senala que con la MORDAZA de las aclaraciones se estaria entregando la informacion completa requerida por las empresa auditoras para la emision del Informe Final; Que, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 010-2006-PCM y en los Terminos de Referencia para la contratacion de las Empresas Auditoras, la Auditoria Integral tiene como objetivo general realizar la evaluacion del diseno, construccion, operacion, mantenimiento, seguridad y analisis de las fallas ocurridas en los ductos de los Sistemas de Transporte del proyecto Camisea, a fin de establecer medidas para que dichos sistemas de transporte cuenten con los mejores niveles de seguridad, confiabilidad y continuidad, que permita que la operacion y prestacion del referido servicio, brinde seguridad y la mayor confianza de la ciudadania y del Estado Peruano; Que, asimismo el Informe Final de la Auditoria Integral debera incluir las recomendaciones tecnicas necesarias para poder superar los hallazgos, deficiencias encontradas y no conformidades;

Que, mediante los informes de visto, la Direccion General de Hidrocarburos y la Comision de Supervision del Contrato de Auditoria recomienda la modificacion del Contrato, a fin de cumplir cabalmente con el objetivo de la Auditoria Integral, siendo necesario para ello que las Empresas Auditoras evaluen y analicen toda la informacion remitida por la empresa Transportadora de Gas del Peru S.A. como parte de sus aclaraciones al Informe Preliminar Final; Que, por lo expuesto, a fin de lograr una Auditoria Integral que satisfaga el objetivo de la misma, resulta necesaria la ampliacion del plazo del Contrato de Servicio, asi como del monto total, el mismo que sera asumido por la empresa Transportadora de Gas del Peru S.A. En este sentido, corresponde modificar el Contrato de Servicio de Auditoria Integral de los Sistemas de Transporte de Gas Natural y Liquidos de Gas Natural del Proyecto Camisea, debiendose autorizar al Director General de Hidrocarburos, para que suscriba dicha modificacion; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25962, Ley Organica del Sector Energia y Minas, y, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director General de Hidrocarburos, para que en representacion del Ministerio de Energia y Minas realice las siguientes acciones: i) suscribir con las Empresas Auditoras Germanischer MORDAZA Peru S.A.C. y MORDAZA MORDAZA de Mexico, S. de R.L. de C.V., la modificacion correspondiente al Contrato de Servicio de Auditoria Integral de los Sistemas de Transporte de Gas Natural y Liquidos de Gas Natural del Proyecto Camisea, que se adjunta, e ii) intervenir en la suscripcion de la modificacion correspondiente del Contrato de Fideicomiso constituido por la empresa Transportadora de Gas del Peru S.A. para el pago correspondiente por los conceptos senalados en los considerandos de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas

82918-1

INTERIOR
Autorizan viaje de personal de la Policia Nacional del Peru a Brasil para dar cumplimiento a extradicion activa de procesado solicitado por juzgado penal de MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 045-2007-IN/PNP
MORDAZA, 10 de MORDAZA de 2007 VISTO, la Hoja de Estudio y Opinion Nº 06-2007DGPNP/OCN/INTERPOL-EM, del 31 de MORDAZA de 2007, formulada por la Oficina Central Nacional INTERPOL MORDAZA, recomendando la autorizacion de viaje al extranjero en comision de servicio del Mayor Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MUGURUZA MORDAZA y del Suboficial de Tercera Policia Nacional del Peru Joe MORDAZA RIEGA WONG a la MORDAZA de Sao MORDAZA - Republica Federativa del Brasil. CONSIDERANDO: Que, con Resolucion Suprema Nº 211-2006-JUS del 23 de noviembre de 2006, se resuelve acceder al pedido de extradicion activa del procesado MORDAZA MORDAZA MORDAZA, formulado por el MORDAZA Noveno Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima; y declarado procedente por la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, por el delito Contra la MORDAZA el Cuerpo y la Salud - Homicidio Simple, en agravio de MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA DELGADO; y disponer su MORDAZA por via diplomatica al Gobierno de la Republica Federativa del Brasil, de conformidad con los Tratados de Extradicion vigentes, y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso; Que, con Mensajes Nº IP/U2/TB/DOC.252061 del 24 de MORDAZA de 2007 y Nº IP/U2/LS/DOC 110815 del 30 de

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