Norma Legal Oficial del día 14 de Julio del año 2007 (14/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, sabado 14 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

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45.2 Formular propuestas normativas, coordinar, asesorar, supervisar y evaluar el tratamiento de todas las acciones de demarcacion territorial, a efecto de que se sustenten en criterios tecnicos y geograficos; 45.3 Orientar, conducir y supervisar el MORDAZA de demarcacion territorial asi como el saneamiento de limites; 45.4 Coordinar y asesorar a las autoridades regionales y locales en materia de organizacion y demarcacion territorial; 45.5 Evaluar expedientes tecnicos y emitir informes tecnico legales sobre las acciones de demarcacion territorial; 45.6 Promover y coordinar politicas territoriales relacionadas con la integracion y desarrollo de las circunscripciones politico administrativas; 45.7 Elaborar estudios especializados en temas de demarcacion territorial; 45.8 Diagnosticar, elaborar y actualizar estudios tecnicos normativos y metodologicos, relacionados con el ambito de su competencia; 45.9 Administrar la base de datos de caracter tecnicocartografico y tematico para la organizacion territorial; y 45.10 Otras funciones que le encomiende el Presidente del Consejo de Ministros. Articulo 46º.- De las Unidades Organicas Para el cumplimiento de sus funciones, la Direccion Nacional Tecnica de Demarcacion Territorial esta conformada por las siguientes unidades organicas: 46.1 Oficina de Asuntos Tecnicos, Geograficos y Territoriales. 46.2 Oficina de Base de Datos y Sistemas de Informacion Geografica. Articulo 47º.- De la Oficina de Asuntos Tecnicos, Geograficos y Territoriales La Oficina de Asuntos Tecnicos, Geograficos y Territoriales es la unidad organica que depende jerarquicamente de la Direccion Nacional Tecnica de Demarcacion Territorial, encargada de realizar los estudios tecnicos de diagnostico y zonificacion para la demarcacion territorial. Son funciones de la Oficina de Asuntos Tecnicos, Geograficos y Territoriales: 47.1 Organizar y evaluar expedientes en materia de demarcacion territorial que se generen en relacion a lo establecido en la Ley Nº 27795, asi como emitir los respectivos informes tecnicos; 47.2 Orientar y verificar la adecuada aplicacion de los instrumentos tecnicos y normativos; 47.3 Realizar la verificacion y supervision in situ sobre acciones de demarcacion en el territorio nacional, a traves de comisiones con personal capacitado para cumplir con dicha labor; 47.4 Elaborar estudios especializados sobre asuntos vinculados a problematicas en materia de demarcacion territorial; 47.5 Formular y remitir a la Direccion Nacional Tecnica de Demarcacion Territorial, los correspondientes informes tecnicos relacionados con los expedientes de demarcacion territorial; 47.6 Emitir opinion tecnica en asuntos de su competencia a solicitud de la Direccion Nacional Tecnica de Demarcacion Territorial; 47.7 Coordinar e informar permanentemente a la Direccion Nacional Tecnica de Demarcacion Territorial sobre el avance de las actividades programadas; 47.8 Asesorar, supervisar y verificar in situ, los procesos de conciliacion de limites territoriales en zonas de conflicto, por encargo de la Direccion Nacional Tecnica de Demarcacion Territorial; 47.9 Orientar e informar a los interesados sobre el tratamiento de las acciones de demarcacion y la situacion de los expedientes tecnicos que se generen; 47.10 Organizar y programar las capacitaciones tecnicas, el asesoramiento tecnico-juridico y los eventos sobre demarcacion territorial; 47.11 Participar a solicitud de la Direccion Nacional Tecnica de Demarcacion Territorial en las consultas

vecinales y/o populares que se realicen en materia de demarcacion territorial, atendiendo a la normatividad vigente al respecto; y, 47.12 Cumplir otras funciones que le asigne la Direccion Nacional Tecnica de Demarcacion Territorial. Articulo 48º.- De la Oficina de Base de Datos y Sistemas de Informacion Geografica La Oficina de Base de Datos y Sistemas de Informacion Geografica es la unidad organica que depende jerarquicamente de la Direccion Nacional Tecnica de Demarcacion Territorial, encargada de la administracion de base de datos de caracter tecnico cartograficos para las acciones de demarcacion territorial. Son funciones de la Oficina de Base de Datos y Sistemas de Informacion Geografica: 48.1 Administrar y actualizar la base de datos estadisticos y cartograficos, asi como de las principales variables fisicas y/o geograficas, referentes al contexto nacional; 48.2 Apoyar en el desarrollo e implementacion de modelos, metodos y tecnicas geograficas que sirvan de apoyo en la evaluacion y diseno de los mapas de zonificacion; 48.3 Mantenimiento y supervision del uso de los equipos y software asignados a la Direccion Nacional Tecnica de Demarcacion Territorial; 48.4 Proponer lineamientos tecnicos sobre el tratamiento de informacion tematica y cartografica; 48.5 Emitir opinion respecto a los asuntos de su competencia a pedido de la Direccion Nacional Tecnica, asi como sobre los expedientes que se generen en relacion a lo establecido en la Ley Nº 27795; 48.6 Mantener actualizado el Archivo Nacional de Demarcacion Territorial; y, 48.7 Cumplir otras funciones que le asigne la Direccion Nacional Tecnica de Demarcacion Territorial. CAPITULO II: DE LA OFICINA NACIONAL DE GOBIERNO ELECTRONICO E INFORMATICA Articulo 49º.- De la Oficina Nacional de Gobierno Electronico e Informatica La Oficina Nacional de Gobierno Electronico e Informatica es el organo especializado que depende jerarquicamente del Presidente del Consejo de Ministros, encargada de dirigir como ente rector, el Sistema Nacional de Informatica, y de implementar la Politica Nacional de Gobierno Electronico e Informatica. La Oficina Nacional de Gobierno Electronico e Informatica coordina con la Secretaria de Gestion Publica y brinda asistencia tecnica en la implementacion de los procesos de innovacion tecnologica para la modernizacion de la Administracion Publica. Articulo 50º.- De las Funciones de la Oficina Nacional de Gobierno Electronico e Informatica Son funciones de la Oficina Nacional de Gobierno Electronico e Informatica: 50.1 Actuar como ente rector del Sistema Nacional de Informatica para lo cual emite las directivas o lineamientos que permitan la aplicacion de dicho Sistema; 50.2 Proponer la Estrategia Nacional de Gobierno Electronico, asi como coordinar y supervisar su implementacion; 50.3 Desarrollar acciones orientadas a la consolidacion y desarrollo del Sistema Nacional de informatica y supervisar el cumplimiento de la normativa correspondiente; 50.4 Coordinar y supervisar la integracion funcional de los sistemas informaticos del Estado y promover el desarrollo de sistemas y aplicaciones de uso comun en las entidades de la Administracion Publica; 50.5 Coordinar y supervisar el desarrollo de los portales de las entidades de la Administracion Publica para facilitar la interrelacion de las entidades entre si y de estas con el ciudadano, con el fin de establecer la ventanilla unica de atencion; 50.6 Administrar el MORDAZA del Estado Peruano; 50.7 Proponer los lineamientos de la politica de contrataciones electronicas del Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado - SEACE;

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