Norma Legal Oficial del día 14 de Julio del año 2007 (14/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 14 de MORDAZA de 2007

50.8 Brindar asistencia tecnica a las entidades de la Administracion Publica para la implementacion de proyectos tecnologicos en materia de su competencia; 50.9 Formular propuestas para impulsar el MORDAZA de desarrollo e innovacion tecnologica para la mejora de la gestion publica y modernizacion del Estado promoviendo la integracion tecnologica; 50.10 Aprobar los estandares tecnologicos para asegurar las medidas de seguridad de la informacion en las entidades de la Administracion Publica; 50.11 Fomentar una instancia de encuentro con representantes de la Administracion Publica y del Sector Privado, con el fin de coordinar y potenciar los distintos esfuerzos tendientes a optimizar un mejor aprovechamiento de las nuevas tecnologias aplicadas a la modernizacion de la gestion publica; 50.12 Emitir opinion tecnica respecto de las autografas, proyectos de Ley y proyectos normativos que la Alta Direccion someta a su consideracion. Dicha opinion versara respecto de las competencias que le han sido asignadas; 50.13 Emitir opinion tecnica en materia de su competencia; 50.14 Otras funciones que le MORDAZA encomendadas por el Presidente del Consejo de Ministros. TITULO VIII: DEL REGIMEN ECONOMICO Articulo 51º.- Del Pliego Presupuestal La Presidencia del Consejo de Ministros constituye un Pliego Presupuestal. Articulo 52º.- De los recursos economicos Son recursos economicos de la Presidencia del Consejo de Ministros los siguientes: - Recursos Ordinarios. - Recursos Directamente Recaudados. - Recursos por Operaciones de Credito Externo; y, - Donaciones y transferencias. TITULO IX: DEL REGIMEN LABORAL Articulo 53º.- Los funcionarios y Servidores publicos de la Presidencia del Consejo de Ministros estan sujetos al regimen laboral de la actividad publica, Decreto Legislativo Nº 276 Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico y su Reglamento. TITULO X: ORGANISMOS PUBLICOS DESCENTRALIZADOS Y ORGANOS COLEGIADOS ADSCRITOS A LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS CAPITULO I: ORGANISMOS PUBLICOS DESCENTRALIZADOS Articulo 54º.- Adscripcion. Se encuentran adscritos a la Presidencia del Consejo de Ministros los siguientes organismos publicos descentralizados: 54.1 Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI; 54.2 Despacho Presidencial; 54.3 Comision Nacional para el Desarrollo y MORDAZA sin Drogas - DEVIDA; 54.4 Instituto Nacional de Radio y Television del Peru - IRTP; 54.5 Escuela Superior de Administracion Publica ESAP; 54.6 Consejo Superior del Empleo Publico - COSEP; 54.7 Centro Nacional de Planeamiento Estrategico CEPLAN; 54.8 Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual INDECOPI; 54.9 Consejo Nacional del Ambiente - CONAM;

54.10 Instituto Nacional de Estadistica e Informatica - INEI; 54.11 Programa MORDAZA Exportadora; 54.12 Direccion Nacional de Inteligencia - DINI; 54.13 Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru - CGBVP; 54.14 Organismo Supervisor de la Inversion Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL; 54.15 Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria - OSINERGMIN; 54.16 Organismo Supervisor de la Inversion en Infraestructura de Transporte de Uso Publico - OSITRAN; 54.17 Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento - SUNASS; 54.18 Cualquier otro organismo publico descentralizado que sea adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros. CAPITULO II: DE LOS ORGANOS COLEGIADOS Articulo 55º.- De las Comisiones Permanentes de Coordinacion El funcionamiento de las Comisiones Permanentes de Coordinacion se encuentra regulado por su Reglamento Interno, aprobado por cada Comision. Las Comisiones Permanentes de Coordinacion son las siguientes: 55.1. Comision Interministerial de Asuntos Economicos y Financieros (CIAEF). 55.2 Comision Interministerial de Asuntos Sociales (CIAS). 55.3 Comision de Coordinacion Viceministerial (CCV). 55.4 Consejo Nacional de la Competitividad. 55.5 Cualquier otra comision que pudiera constituirse mediante Decreto Supremo, por acuerdo del Consejo de Ministros, a la cual se otorgue calidad de comision permanente de coordinacion. Articulo 56º.- De las Comisiones Multisectoriales, Organos Colegiados, Comites y Fondos Se encuentran adscritas a la Presidencia del Consejo de Ministros las siguientes: 56.1 Mesa de Concertacion para la Lucha contra la Pobreza; 56.2 Comision Nacional para la Proteccion al Acceso a la Diversidad Biologica Peruana y a los Conocimientos Colectivos de los Pueblos Indigenas Relacionados con ella; 56.3 Comision Multisectorial de Alto Nivel encargada del seguimiento de las acciones y politicas de Estado en los Ambitos MORDAZA, la Reparacion Colectiva y la Reconciliacion Nacional; 56.4 Consejo de Reparaciones; 56.5 Fondo para la Igualdad; 56.6 Fondo para las Fuerzas Armadas y la Policia Nacional, y; 56.7 Cualquier otra que sea adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros. DISPOSICION TRANSITORIA Unica.- La Secretaria de Gestion Publica continuara ejerciendo las funciones del Consejo Superior del Empleo Publico hasta que inicie sus funciones, conforme lo dispuesto por la Tercera Disposicion Transitoria, Complementaria y Final de la Ley Nº 28175 - Ley MORDAZA del Empleo Publico. DISPOSICION FINAL Unica.- El Registro Nacional de Sanciones de Destitucion y Despido - RNSDD al que hace referencia el articulo 242º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, es administrado por la Presidencia del Consejo de Ministros a traves de la Secretaria de Gestion Publica, con el apoyo tecnico de la Oficina Nacional de Gobierno Electronico e Informatica, conforme a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 089-2006PCM.

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