Norma Legal Oficial del día 14 de Julio del año 2007 (14/07/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 20

349026

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 14 de MORDAZA de 2007

del litoral peruano y fuera de las cinco millas de la costa, la cual se encuentra vigente al 9 de MORDAZA del 2007, segun el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es www.produce.gob.pe, a excepcion para el caso de la sardina, la cual esta suspendida; Que mediante los escritos del visto los senores MORDAZA MORDAZA UCHOFEN y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solicitan autorizacion de incremento de flota via sustitucion por obsolescencia de su embarcacion "MI AGUSTIN", de Matricula Nº PL-3654CM y de 34.92 m3 de capacidad de bodega; Que de la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente, se ha determinado que los recurrentes han cumplido con presentar los requisitos exigidos en el procedimiento Nº 12 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003PRODUCE; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 283-2007PRODUCE/DGEPP-Dchi del 9 de MORDAZA del 2007 y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 0352003-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a los senores MORDAZA MORDAZA UCHOFEN y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, autorizacion de incremento de flota via sustitucion por obsolescencia de su embarcacion pesquera denominada "MI AGUSTIN", de matricula Nº PL-3654CM, con la misma capacidad de bodega de 34.92 m3. Articulo 2º.- La autorizacion otorgada en el Articulo 1º, tendra una vigencia de dieciocho (18) meses, prorrogable por seis ( 6 ) meses adicionales por una y unica vez, siempre y cuando se MORDAZA realizado un avance de obra significativo de por lo menos el setenta por ciento (70 %), conforme a lo establecido en el articulo 37° del Reglamento de la Ley General de Pesca vigente. Articulo 3º.- Cumplido el plazo otorgado para ejecutar la autorizacion a la que se refiere el Articulo 1º, los senores MORDAZA MORDAZA UCHOFEN y MORDAZA MORDAZA MORDAZA deberan solicitar el permiso de pesca dentro de un plazo improrrogable de tres ( 3 ) meses, bajo sancion de caducidad de pleno derecho de la autorizacion de incremento de flota, sin que sea necesario pronunciamiento o notificacion por parte del Ministerio. Articulo 4º.- El acceso a los recursos sardina, jurel y caballa sera ejercido conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE, que establece que los recursos sardina jurel y caballa seran destinados al consumo humano directo, o las normas que lo modifiquen o sustituyan, y a las sanciones previstas por su incumplimiento establecidas en el Decreto Supremo Nº 023-2004-PRODUCE. En este supuesto la totalidad de la embarcacion debe mantener implementado y operativo el medio o sistema de preservacion a bordo RSW, CSW o en su defecto bodegas aisladas termicamente y MORDAZA con hielo, cuyo funcionamiento es obligatorio. Articulo 5º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, a las Direcciones Regionales Sectoriales del litoral, a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es: www.produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 83685-1

Autorizan cambio de titularidad de permiso de pesca de embarcacion pesquera a favor de Tecnologica de Alimentos S.A.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 280-2007-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 31 de MORDAZA de 2007 Visto los escritos de Registro N° 00023582 de fechas 4 de MORDAZA, 18 de MORDAZA, 27 de MORDAZA y 7 de MORDAZA del 2007, presentados por la empresa TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A. CONSIDERANDO: Que el articulo 44° de la Ley General de Pesca, Decreto Ley N° 25977, establece que las concesiones, autorizaciones y permisos, son derechos especificos que el Ministerio de Pesqueria (hoy Ministerio de la Produccion) otorga a plazo determinado para el desarrollo de las actividades pesqueras, conforme a lo dispuesto en la mencionada Ley y en las condiciones que determina su Reglamento; Que el articulo 34° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001PE, dispone que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion a la que corresponde y que la transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que se otorgaron; Que por Resolucion Ministerial N° 410-97-PE de fecha 12 de setiembre de 1997, modificada en su titularidad mediante la Resolucion Directoral N° 014-2006PRODUCE/DNEPP del 13 de enero del 2006, se otorgo entre otros, permiso de pesca a la empresa GRUPO SINDICATO PESQUERO DEL PERU S.A., para operar entre otras, a la embarcacion pesquera MORDAZA BEILA de matricula CO-12974-PM de 427.39 m3 de capacidad de bodega, con sistema de preservacion a bordo RSW, para la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas marinas de la linea de costa, utilizando redes de cerco con longitud minima de malla de ½ pulgada (13 mm); Que a traves de la Resolucion Directoral N° 159-2007PRODUCE/DGEPP del 20 de marzo del 2007, se otorgo a la empresa GRUPO SINDICATO PESQUERO DEL PERU S.A., autorizacion, entre otro, para la ampliacion de la capacidad de carga MORDAZA de bodega de la embarcacion pesquera MORDAZA BEILA de matricula CO-12974-PM, de 315.79 a 344.23 m3, para dedicarse a la extraccion de los recursos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto, via sustitucion parcial de la correspondiente capacidad de bodega de la embarcacion siniestrada YUTTA XIII de matricula cancelada CO-2463PM; Que mediante la Resolucion Directoral N° 1862007-PRODUCE/DGEPP del 30 de marzo del 2007, en su articulo 14°, se reserva a favor de la empresa TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A., el saldo de capacidad de bodega restante de 53.43 m3 provenientes de la embarcacion no siniestrada TALARA 6 de matricula HO-2477-PM, por el plazo de 90 dias calendario, contado a partir de la publicacion de dicha Resolucion; Que a traves de los escritos de visto, la empresa TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A. solicita la modificacion de la capacidad de carga MORDAZA de bodega de la embarcacion pesquera MORDAZA BEILA de matricula CO12974-PM, via la utilizacion del saldo de bodega reservado por Resolucion Directoral N° 186-2007-PRODUCE/ DGEPP, de 53.43 m3 provenientes de la embarcacion no siniestrada TALARA 6; asimismo solicitan el cambio de la titularidad del permiso de pesca de la mencionada embarcacion pesquera; Que lo solicitado por la empresa recurrente en el extremo a la modificacion de la capacidad de carga MORDAZA de bodega de la embarcacion pesquera MORDAZA BEILA, no se encuentra tipificado en los procedimientos del Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo N° 035-

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.