Norma Legal Oficial del día 14 de Julio del año 2007 (14/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano MORDAZA, sabado 14 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

349063

3. Con Carta Nº 040/2006 de fecha 14 de diciembre de 2006, JPQ solicito a la APN le autorice la construccion, mejora y/o ampliacion de la infraestructura que no fue expresamente senalada en la habilitacion portuaria MORDAZA mencionada, con la finalidad de construir un MORDAZA soporte para grua MORDAZA pedestal Link-Belt, en el distrito de Sechura, provincia de Piura; 4. DIRTEC emitio el Informe Nº 001-2007-APN-DT/ ING. E.A.LL/MUELLE JPQ de fecha 5 de febrero de 2007, en el cual realizo algunas observaciones de indole tecnico a la documentacion presentada por JPQ mediante la carta precitada; 5. Con fecha 23 de febrero del presente ano DIRTEC emitio el Informe Nº 002-2007-APN-DT/ING. E.A.LL/ MUELLE JPQ, en el cual se indica que JPQ ha subsanado las observaciones senaladas en el informe mencionado en el numeral precedente; 6. UAJ emitio el informe legal de fecha 12 de marzo de 2007, en el cual manifesto que la solicitud presentada por JPQ a traves de la carta indicada en el numeral 3 cumplia con los requisitos de indole legal establecidos en el procedimiento signado bajo el item Nº 25 del MORDAZA de la APN, y sugiere que se publique un extracto de la misma por una (1) vez en el Diario Oficial El Peruano. Asimismo, recomienda que luego de efectuada la citada publicacion se apruebe dicha solicitud; 7. El 14 de marzo del presente ano, DIRTEC emitio el Informe Nº 003-2007-APN-DT/ING. E.A.LL/MUELLE JPQ, en el cual recomendo que se publique un extracto de la solicitud MORDAZA mencionada por una (1) vez en el Diario Oficial El Peruano y que luego el Directorio apruebe la misma; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 27943, Ley del Sistema Portuario Nacional (en adelante, "LSPN"), publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 1 de marzo de 2003, se creo la APN como un organismo publico descentralizado encargado del Sistema Portuario Nacional, adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, dependiente del Ministro, con personeria juridica de derecho publico interno, patrimonio propio, y con autonomia administrativa, funcional, tecnica, economica, financiera y facultad normativa por delegacion del Ministro de Transportes y Comunicaciones; Que, el subcapitulo V del capitulo III del Reglamento de la LSPN, aprobado por el Decreto Supremo Nº 003-2004MTC (en adelante, "RLSPN") regula los procedimientos destinados a desarrollar proyectos de inversion en puertos de titularidad privada, senalando que para tal fin debera obtenerse una autorizacion temporal y una definitiva de uso de area acuatica y franja costera, asi como una habitacion y una licencia portuarias; Que, el procedimiento signado bajo el item Nº 25 del MORDAZA de la APN contiene los requisitos que deben presentarse para solicitar la autorizacion de una construccion, mejora y/o ampliacion de la infraestructura que no fue expresamente senalada en una habilitacion portuaria previamente otorgada; Que, segun el articulo 44º del RLSPN establece que el otorgamiento de una habilitacion o autorizacion portuaria no exime de responsabilidad al peticionario respecto a los calculos, detalles, dimensiones, especificaciones u otros, que hayan sido necesarios para construir, fabricar, ejecutar o instalar las obras; Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 3 del articulo 7º del Reglamento de Organizacion y Funciones (en adelante, "ROF") de la APN, aprobado por el Decreto Supremo Nº 034-2004-MTC, el Directorio ejerce las atribuciones y funciones de la APN; Que, con fecha 14 de diciembre de 2006, JPQ presento a la APN la Carta Nº 040/2006 solicitando se le autorice la construccion, mejora y/o ampliacion de la infraestructura que no fue expresamente senalada en la habilitacion portuaria que le fue otorgada por la Resolucion Directoral Nº 0237-2001/DCG, con la finalidad de construir un MORDAZA - soporte para grua MORDAZA pedestal Link-Belt, en el distrito de Sechura, provincia de Piura; Que, atendiendo a los informes mencionados en los numerales 6 y 7 de los antecedentes, en los que se senala que JPQ ha cumplido con todos los requisitos de indole tecnico y legal establecidos en el procedimiento signado bajo el item Nº 25 del MORDAZA de la APN, corresponde otorgar a la referida empresa la autorizacion solicitada;

Que, el MORDAZA de la APN establece que el organo resolutivo del procedimiento administrativo indicado lineas arriba es el Directorio de la APN; Que, el Directorio de la APN, mediante el Acuerdo Nº 373-81-17/04/2007/D de fecha 17 de marzo de 2007, decidio autorizar a JPQ la construccion, mejora y/o ampliacion de la infraestructura que no fue expresamente senalada en la habilitacion portuaria MORDAZA mencionada, con la finalidad de construir un MORDAZA - soporte para grua MORDAZA pedestal Link-Belt, en el distrito de Sechura, provincia de Piura; Que, de conformidad con lo prescrito en el articulo 8º del ROF de la APN, el Presidente del Directorio podra ejercer las facultades especiales que el Directorio le delegue; Que, en el acuerdo precitado el Directorio de la APN encargo al Presidente del Directorio realizar las gestiones pertinentes a fin de formalizar lo adoptado en dicho acuerdo; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27444, LSPN, RLSPN, MORDAZA y ROF de la APN; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la empresa MORDAZA MORDAZA Quay S.A.C. la construccion, mejora y/o ampliacion de la infraestructura que no fue expresamente senalada en la habilitacion portuaria MORDAZA mencionada, con la finalidad de construir un MORDAZA - soporte para grua MORDAZA pedestal Link-Belt, en el distrito de Sechura, provincia de Piura. Articulo 2º.- Autoricese el inicio de obras correspondientes para la construccion del MORDAZA - soporte para grua MORDAZA pedestal Link-Belt precitado. Articulo 3º.- Disponer que la presente resolucion sea publicada por unica vez en el Diario Oficial El Peruano y se mantenga publicada en la pagina web de la Autoridad Portuaria Nacional. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BOYLE MORDAZA Presidente del Directorio 84449-1

PODER JUDICIAL ACADEMIA DE LA MAGISTRATURA
Encargan funciones de Director General de la Academia de la Magistratura
RESOLUCION Nº 011-2007-AMAG-CD MORDAZA, 11 de MORDAZA de 2007 EL PLENO DEL CONSEJO DIRECTIVO DE LA ACADEMIA DE LA MAGISTRATURA VISTOS: El acuerdo adoptado en sesion del Pleno del Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura, de fecha 10 de MORDAZA de 2007; y, CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Nº 026-2006-AMAGCD, de fecha 13 de noviembre de 2006, se designo, con efectividad al 15 de noviembre del mismo ano, al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nunez, en el cargo de Director General de la Academia de la Magistratura, previo concurso de oposicion y meritos, conforme a lo establecido en la Ley Organica de la Academia de la Magistratura y su Estatuto; Que de conformidad con lo dispuesto en el articulo 4º del Decreto de Urgencia Nº 041-95, de fecha 20 de MORDAZA de 1995, el personal de la Academia de la Magistratura, se regula por el regimen laboral de la actividad privada;

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