Norma Legal Oficial del día 14 de Julio del año 2007 (14/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano MORDAZA, sabado 14 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

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las Administraciones Tributarias y Aduaneras, financiado con los recursos del Contrato de Prestamo Nº 1482/OCPE, por el periodo del 25.May.2005 al 23.Set.2008; CONSIDERANDO: Que, el 23.Mar.2004 la Republica del Peru y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, celebraron el Contrato de Prestamo Nº 1482/OC-PE para financiar el "Proyecto de Integracion y Modernizacion de lasAdministraciones Tributarias y Aduaneras", siendo objetivo del Proyecto otorgar un apoyo inicial a la SUNAT del Peru, para conducir el complejo MORDAZA de fusion de las administraciones de impuestos internos y aduanas iniciado el ano 2002 y, mediante el fortalecimiento de su gestion administrativa y la modernizacion de sus procesos de operativos, procurar sentar las bases para el desarrollo de una administracion tributaria integrada con el fin de contribuir a incrementar de manera sostenida la recaudacion tributaria y facilitar las operaciones de comercio exterior; en el numeral 3 de la Introduccion de las Estipulaciones Especiales del Contrato, se establece que la ejecucion del Proyecto y la utilizacion de los recursos del financiamiento del Banco seran llevados a cabo por la SUNAT; Que, la SUNAT solicito autorizacion para la conduccion directa del MORDAZA de seleccion para designar una sociedad auditora que realice la auditoria a los estados financieros del Proyecto de Integracion y Modernizacion de lasAdministraciones Tributarias y Aduaneras, financiado con los recursos del Contrato de Prestamo Nº 1482/OC-PE, por el periodo del 25.May.2005 al 23.Set.2008, remitiendo para ello las Bases, la No Objecion del BID a las Bases y a la Lista Corta; Que, asimismo, remitio la Declaracion Jurada de Compromiso de Proporcionar Informacion, la MORDAZA y los Compromisos de Disponibilidad Presupuestal y los documentos que contemplan el procedimiento especifico para designar a los auditores independientes de acuerdo al Banco; Que, el articulo 6º literal d) del Reglamento de las Sociedades de Auditoria conformantes del Sistema Nacional de Control, aprobado con R.C. Nº 063-2007CG senala que tratandose de prestamos y/o donaciones efectuados por organismos internacionales, la solicitud de designacion puede extenderse hasta por todo el periodo del financiamiento, siempre que ello sea exigible por el convenio internacional respectivo y/o en las normas del organismo internacional que corresponda; Que, de acuerdo con la clausula 5.02 de las Estipulaciones Especiales del Contrato de Prestamo Nº 1482/OC-PE en concordancia con el articulo 7.03 de las Normas Generales del mismo, se establece la obligacion de presentar los estados financieros del Proyecto debidamente dictaminados por una firma de contadores publicos independiente aceptable al Banco y que la firma auditora sera contratada por el Organismo Ejecutor por un periodo minimo de tres anos, con lo que se establece la exigencia de extender la auditoria por el periodo de financiamiento, siendo aplicable el articulo 6º literal d) del citado Reglamento; Que, el articulo 51º del actual Reglamento senala que cuando las disposiciones de un Convenio y/o las normas del organismo internacional establecen un procedimiento especifico para la designacion de una sociedad, la Contraloria General de la Republica autoriza a la Entidad el MORDAZA de seleccion correspondiente; sin perjuicio de la aplicacion del presente Reglamento en lo que resulte pertinente; Que, el Banco ha confirmado que el procedimiento especifico para la designacion de una sociedad de auditoria se encuentra contemplado en el AF ­ 200 "Documento de Licitacion de Auditorias Externas financiadas por el BID", estableciendose que cumple con las condiciones para su aplicacion, ajustandose la solicitud de la SUNAT a lo dispuesto en el articulo 51º del actual Reglamento; Que, el Contrato de Prestamo en su clausula 3.04 de las Estipulaciones Especiales del citado Contrato establece que el monto total de los recursos del financiamiento no podra desembolsarse en un plazo menor de tres (3) anos contado a partir de la vigencia del Contrato y que el plazo para finalizar los desembolsos de los recursos del financiamiento sera de cuarenta y dos (42) meses, contado a partir de la vigencia del contrato; Que, al respecto, cabe indicar de acuerdo con lo informado por SUNAT y el Banco, que el primer desembolso de los recursos del financiamiento se efectuo el 25.May.2005; asimismo, el BID con Hoja de Transmision de Fax Nº 1338/2007 de 28.Mar.2007, autorizo la ampliacion del plazo para finalizar los desembolsos de

los recursos del financiamiento, siendo la nueva fecha del vencimiento el 23.Set.2008; Que, el BID a traves de la Hoja de Transmision de Fax Nº 247/2007 de 19.Ene.2007 otorgo su No Objecion a las Bases y a la Lista Corta de firmas para la designacion de la sociedad de auditoria que realice la auditoria a los estados financieros del Proyecto de Integracion y Modernizacion de las Administraciones Tributarias y Aduaneras financiado con el Contrato de Prestamo Nº 1482/OC-PE; habiendose confirmado que el alcance de la auditoria es por el periodo del 25.May.2005 al 23.Set.2008; Que, mediante el documento del Visto, se ha determinado que, el presente caso se encuentra dentro de los alcances de los articulos 6º literal d), 51º y 52º del Reglamento de las Sociedades de Auditoria conformantes del Sistema Nacional de Control, aprobado con R.C. Nº 063-2007-CG, por lo que se recomienda autorizar a la Entidad la conduccion del MORDAZA de seleccion para que designe una sociedad de auditoria que efectue la auditoria a los estados financieros del Proyecto de Integracion y Modernizacion de las Administraciones Tributarias y Aduaneras financiado con los recursos del Contrato de Prestamo Nº 1482/ OC-PE, por el periodo del 25.May.2005 al 23.Set.2008; En uso de las atribuciones conferidas por los articulos 22º y 32º l) de la Ley Nº 27785 ­ Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, y los articulos 6º literal d), 51º y 52º del Reglamento de las Sociedades de Auditoria conformantes del Sistema Nacional de Control, aprobado con R.C. Nº 063-2007-CG; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria ­ SUNAT, la conduccion del MORDAZA de seleccion de acuerdo a las normas emitidas por el Banco Interamericano de Desarrollo, en el MORDAZA del Contrato de Prestamo Nº 1482/OC-PE, para que designe una sociedad de auditoria que efectue la auditoria a los estados financieros del Proyecto de Integracion y Modernizacion de las Administraciones Tributarias y Aduaneras financiado con los recursos del Contrato de Prestamo Nº 1482/OC-PE, por periodo del 25.May.2005 al 23.Set.2008. Articulo Segundo.- La sociedad de auditoria designada debera encontrarse inscrita en el Registro de Sociedades Calificadas para la Designacion y Contratacion de Auditorias en las Entidades sujetas a Control de la Contraloria General y ser contratada dentro de las formalidades establecidas por el Banco Interamericano de Desarrollo, el Contrato de Prestamo Nº 1482/OC-PE, el Reglamento de las Sociedades de Auditoria conformantes del Sistema Nacional de Control, aprobado por R.C. Nº 063-2007-CG en lo que resulte aplicable, disposiciones del Sistema Nacional de Control y demas normas que MORDAZA pertinentes. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Sociedades de Auditoria y al Departamento de Auditoria Financiera, unidad organica dependiente de la Gerencia del Sector Economico, la supervision de lo autorizado en la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 83516-1

Autorizan ampliacion de periodo de auditoria al Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Salud a fin de realizar auditoria a los estados financieros del Programa de Desarrollo del Sector Salud - Seguro MORDAZA Infantil (Primera Fase)
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 231-2007-CG MORDAZA, 9 de MORDAZA de 2007 Vistos; la Hoja de Recomendacion Nº 036-2007-CG/ SOA de la Gerencia de Sociedades de Auditoria, sobre la ampliacion del periodo de la auditoria a la sociedad de

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