Norma Legal Oficial del día 14 de Julio del año 2007 (14/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 99

El Peruano MORDAZA, sabado 14 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

349105

MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES
Autorizan celebracion del Matrimonio Civil Comunitario 2007 denominado "Boda Comunitaria en Miraflores"
ORDENANZA N° 257-MM Miraflores, 14 de junio de 2007 EL MORDAZA DE MIRAFLORES POR CUANTO: El Concejo Municipal de Miraflores, en Sesion Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales como entidades basicas de la organizacion del Estado, tienen el deber de proteger a la familia y promover el matrimonio como institucion natural y fundamental de la sociedad de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 4° de la Constitucion Politica del Peru; Que, de conformidad con lo establecido en el articulo 233º del Codigo Civil, la regulacion juridica de la familia tiene por finalidad contribuir a su consolidacion y fortalecimiento, en MORDAZA con los principios y normas proclamados en nuestra Constitucion Politica; Que, en cumplimiento de las funciones de caracter social y comunal que ejercen las Municipalidades como organizaciones integrantes del Estado, es politica de la Municipalidad de Miraflores brindar las mayores facilidades posibles a los vecinos del distrito que deseen unirse mediante el matrimonio en una comunidad de MORDAZA y, promueve la formalizacion o regularizacion de las uniones de hecho de las parejas, contribuyendo de esta manera a fortalecer la unidad familiar como celula basica de la sociedad y escuela de valores y formacion civica; Que, con ese proposito es necesario realizar un Matrimonio Civil Comunal de amplia convocatoria e inclusion, que permita la participacion de los familiares y amigos de los contrayentes de manera presencial o virtual para lo que se ha considerado oportuno la teletransmision en vivo del desarrollo de dicha ceremonia matrimonial a traves de la pagina web de la municipalidad: www. miraflores.gob.pe; Que, el tramite, el procedimiento, los requisitos y tasas por concepto de matrimonio civil en la Municipalidad de Miraflores se encuentra previsto en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA, aprobado por Ordenanza Municipal N° 229-MM, estando la Municipalidad en la facultad prevista en el Articulo 40° de la Ley Organica de Municipalidades, Ley N° 27972, concordante con la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Codigo Tributario; Que, de conformidad con lo dispuesto en los articulos 233°, 234º y 248° del Libro de Familia del Codigo Civil; En uso de la facultades conferidas por el Numeral 8) del Articulo 9° y Articulo 40° de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo por mayoria y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE AUTORIZA LA CELEBRACION DEL MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2007 Articulo Primero.- Autorizar la celebracion del Matrimonio Civil Comunitario 2007 denominado "Boda Comunitaria en Miraflores", que se realizara en la fecha y lugar que por Decreto de Alcaldia se establezca. Articulo Segundo.- Disponer que el Matrimonio Civil Comunitario 2007 autorizado en el articulo anterior se transmita en vivo, a traves de la pagina web de la Municipalidad: www.miraflores.gob.pe. Articulo Tercero.- Disponer la exoneracion de los plazos legales para la celebracion del Matrimonio Civil Comunitario, a que se refiere el articulo primero de la presente Ordenanza.

Articulo Cuarto.- Autorizar a la Secretaria General, la aprobacion del cronograma y desarrollar el programa del Matrimonio Civil Comunitario 2007. Articulo Quinto.- Disponer como unico pago de derecho la cantidad de S/. 50.00 (cincuenta y 00/100 nuevos soles) el mismo que incluira el pliego matrimonial, examen medico y la realizacion de la ceremonia en local distinto al de la Oficina de Registros Civiles. Articulo Sexto.- La Oficina de Registros Civiles, velara por el estricto cumplimiento de los requisitos y de la documentacion presentada por los contrayentes, de conformidad con el Texto Unico de Procedimientos Administrativos vigente. Articulo Setimo.- Encargar a la Secretaria General, a traves de la Oficina de Registros Civiles, y a la Gerencia de Sistemas el cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA OYANGUREN MORDAZA 83825-3

Modifican el Regimen Normativo del Uso y Construcciones sobre Azoteas en el distrito, reglamentado por Ordenanza Nº 131-MM
ORDENANZA Nº 260-MM Miraflores, 27 de junio de 2007 EL MORDAZA DE MIRAFLORES POR CUANTO: El Concejo Municipal de Miraflores, en Sesion Ordinaria de la fecha, y; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, establece que las Municipalidades tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Concejo Municipal cumple su funcion normativa fundamentalmente a traves de las Ordenanzas Municipales, las mismas que, de conformidad con lo previsto por el Articulo 200º numeral 4) de la Constitucion, en concordancia con el Articulo 194º arriba glosado, ostentan rango normativo de ley en su calidad de normas de caracter general de mayor jerarquia dentro de la estructura normativa municipal, calidad reconocida por el Articulo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; Que, en este orden de ideas con fecha 21 de octubre de 2003, se emitio la Ordenanza Nº 131-MM, que establece el Regimen Normativo del Uso y Construcciones sobre Azoteas en el distrito de Miraflores; Que, con el fin de mejorar el entorno urbanistico del distrito se requiere dar un tratamiento integral a todas las construcciones ejecutadas en las azoteas; en tal sentido, se requiere modificar los Articulos 1º, 2º, 3º y 4º de la precitada Ordenanza; Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en el numeral 8) del Articulo 9º y articulo 40° de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo aprobo por mayoria y con dispensa del tramite de aprobacion del acta, la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL REGIMEN NORMATIVO DEL USO Y CONSTRUCCIONES SOBRE AZOTEAS EN EL DISTRITO DE MIRAFLORES, REGLAMENTADO POR LA ORDENANZA Nº 131-MM Articulo Primero.- Modifica los Articulos 1º, 2º y 3º de la Ordenanza Nº 131-MM. Modificar los Articulos 1º, 2º y 3º de la Ordenanza Nº 131-MM, de acuerdo a los textos siguientes:

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