Norma Legal Oficial del día 22 de Julio del año 2007 (22/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 22 de MORDAZA de 2007

competente debera pronunciarse y emitir el documento, en un plazo MORDAZA de 5 dias habiles de recibido el requerimiento. DE LAS SANCIONES Articulo 7º.- Las Sanciones a aplicarse a los infractores de la presente ordenanza seran las que estan previstas en los articulos 46º al 49º de la Ley Nº 27972 y las establecidas por el municipio. COMPETENCIA Articulo 8º.- Corresponde a la Gerencia de Rentas el otorgamiento de las Licencias de Funcionamiento. Articulo 9º.- Las Agencias Municipales dependientes de la Gerencia de Rentas tendran como funcion recepcionar las solicitudes Declaracion Jurada, con el cumplimiento de los requisitos previstos por el Articulo 3º para los giros de Aprobacion Automatica, remitiendo en el termino de 48 horas a la Gerencia de Rentas para su aprobacion. Las Licencias cuya aprobacion no es automatica, se tramitaran en la Gerencia de Rentas y se otorgara en un plazo no mayor de 15 dias. DE LOS DERECHOS Articulo 10º.- Los derechos para el otorgamiento de Licencias de Funcionamiento, son los previstos para cada caso en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) vigente. MEDIOS IMPUGNATORIOS Articulo 11º.- La Gerencia de Rentas sera competente para resolver los recursos de reconsideracion que se interpongan contra los actos administrativos que se dicten en los procedimientos administrativos regulados por la presente ordenanza, y los recursos de Apelacion seran resueltos por la Gerencia Municipal. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Las solicitudes y expedientes que se encuentran en tramite, deberan adecuarse a la presente Ordenanza en el estado en el que se encuentren. Segunda.- La presente ordenanza no exceptua liberar del cumplimiento de las demas normas superiores. Tercera.- Facultese a la Alcaldia para que mediante Decreto dicte las normas complementarias correspondientes. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Que, es funcion especifica de los Gobiernos Locales en materia de poblacion y participacion vecinal fomentar su bienestar, siendo de su competencia organizar y administrar la prestacion de los servicios publicos esenciales, como es el caso del Registro Civil. Que, las Municipalidades dentro de su politica de tratamiento social con su comunidad es de brindar facilidades a sus vecinos para que regularicen su estado civil mediante la celebracion del matrimonio comunitario y con ello coadyugar con el fortalecimiento de la Unidad Familiar como celula basica de la sociedad. Que, dentro de ese contexto, la Subgerencia de Registro Civil mediante Informe Nº 031-SGRCC-GSC/ML a traves de la Gerencia de Servicios Comunales mediante Informe Nº 019-2007-GSC/ML, propone la realizacion del Matrimonio Civil Comunitario 2007. Estando de conformidad con las facultades conferidas por el inciso 8) del Art. 9º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; el Concejo Municipal ha aprobado por unanimidad y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, la siguiente: ORDENANZA MORDAZA MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2007 Articulo Primero.- AUTORIZAR la celebracion del "SEGUNDO MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2007", el mismo que se realizara el dia 18 de agosto del 2007 en la Plaza de MORDAZA de Lurin. Articulo Segundo.- ESTABLECER que los contrayentes que se presenten al MORDAZA Matrimonio Civil Comunitario no abonen pago por Apertura de Expediente Matrimonial, el pago por el derecho a Matrimonio Comunitario se encuentra establecido en el MORDAZA por el monto de S/. 50.00 (Cincuenta 00/100 Nuevos Soles). Articulo Tercero.- Los contrayentes, que participen en el matrimonio civil deberan presentar los siguientes documentos: - Partida de Nacimiento certificada (de ambos). - MORDAZA autenticada por el Fedatario de la Municipalidad, del Documento Nacional de Identidad (DNI) vigente, con la MORDAZA del ultimo sufragio, o en su caso del CIP, Pasaporte o Carne de Extranjeria, debiendo mostrar los originales. - Una fotografia tamano carne o pasaporte de cada contrayente. - Certificado Medico Prenupcial extendido por el Area de Salud. - Declaracion Jurada de residir en el distrito, adjuntando MORDAZA de recibos de agua, telefono, luz o arbitrios. - Dos testigos mayores de edad que conozcan a los contrayentes por lo menos tres (3) anos, los cuales deberan portar sus documentos de identidad original, adjuntando copias autenticadas por el Fedatario de la Municipalidad. Los viudos, divorciados, menores de edad, militares y extranjeros que deseen participar de este MORDAZA MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2007, deberan cumplir con presentar la documentacion adicional, segun sea el caso. El plazo limite para presentar el expediente matrimonial sera hasta el 10 de agosto del 2007. Articulo Cuarto.- DISPENSAR a los contrayentes participantes en el presente Matrimonio Civil Comunitario de la publicacion de sus Edictos Matrimoniales, sin perjuicio que la Municipalidad proceda a efectuar la difusion y publicacion que corresponda. Articulo Quinto.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal a la Gerencia de Servicios Comunales, Subgerencia de Registros Civiles y Servicios de Cementerio y Secretaria General de esta Municipalidad, quienes deberan realizar las acciones necesarias para cumplir con los fines encargados. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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MUNICIPALIDAD DE LURIN
Autorizan celebracion del MORDAZA Matrimonio Civil Comunitario 2007
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 160-2007/ML
Lurin, 11 de MORDAZA del 2007 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIN POR CUANTO: El Concejo Municipal del distrito de Lurin, visto en Sesion Ordinaria de fecha 9 de MORDAZA del 2007, la Carta Nº 04-07-CPASDH/ML de la Sra. Regidora MORDAZA Lau Bartra e Informe Nº 019-2007-GSC/ML de la Gerencia de Servicios Comunales.

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