Norma Legal Oficial del día 22 de Julio del año 2007 (22/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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Impresora HP LASERJET 1018 U. Fotocopiadora MINOLTA DIALTA 450 Escritorio Gerencial 0x0.80+1.00x0.80 (forma L). Silla Gerencial Estante Oficina 2.00x1.80x0.45 m Archivador Auxiliar 0.45x0.60x0.70 m Silla de Regidores Escritorio 1.20x0.60m +Estante+ Cajones (forma de L). Silla giratoria mediana Estante de 1.50x1.80x0.45m Con puertas laterales de vidrio. Archivador de 1.50x0.60x0.50 m Escritorio de 0x0.60+1.00x0.60 Sillas tapizadas 01 01 01 01

NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, MORDAZA 22 de MORDAZA de 2007

segun el perfil elaborado por el Ing. MORDAZA E. MORDAZA Angeles; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, senala que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia y de conformidad con la Constitucion Politica del Peru, establece que las municipalidades tienen la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion con sujecion al ordenamiento juridico. Que, el Inc. "C" del Art. 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, establece que se encuentran exonerados del respectivo MORDAZA de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen por desabastecimiento inminente y urgencia, declaradas de conformidad con dicha Ley. Que, de acuerdo a lo establecido por el Art. 21º del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, establece que el desabastecimiento inminente es "aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo de manera esencial, lo que faculta a la entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda". Que, el Informe Legal Nº 084-2007-MDPL/AJ, se pronuncia por la procedencia de la exoneracion del MORDAZA de Seleccion por la causal de desabastecimiento inminente y urgencia, para la adquisicion de computadoras debidamente equipadas, para el mejoramiento e implementacion de las Instituciones Educativas del distrito de Pueblo Libre, segun el perfil elaborado por el Ing. MORDAZA MORDAZA Angeles. De conformidad con lo expuesto y de acuerdo a lo establecido por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y en el D. S. Nº 083-2004-PCM y D.S. Nº 084-2004PCM; y sometido a consideracion de los senores Regidores previa las deliberaciones del caso y votacion de estilo, por unanimidad del pleno de Regidores: SE ACUERDA: Articulo Primero.- Aprobar el Informe Legal Nº 0842007-MDPL/AJ, en todo su contenido para los fines de Ley; asi como el Perfil que motiva el presente Acuerdo, que formara parte de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Exonerar del MORDAZA de Seleccion por desabastecimiento inminente y urgencia, para la adquisicion de computadoras debidamente equipadas, para el mejoramiento e implementacion de las Instituciones Educativas del Distrito de Pueblo Libre, segun el perfil elaborado por el Ing. Richard. E. MORDAZA Angeles; por un valor referencial de S/. 68,419.92 nuevos soles (sesenta y ocho mil cuatrocientos diecinueve y 92/100 nuevos soles), que sera financiado con recursos del CANON. Articulo Tercero.- Encargar al Comite de Contrataciones y Adquisiciones de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo Municipal, en la forma que senala el Art. 148º Texto Unico Ordenado del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, cuya adquisicion tendra el caracter de definitivo, para la firma del contrato respectivo por el titular del pliego. Articulo Cuarto.- Remitir MORDAZA del Acuerdo y del Informe que lo sustenta a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE), dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Articulo Quinto.- Ordenar la publicacion del contenido del Acuerdo de Concejo Municipal en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA VASQUEZ. MORDAZA

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Articulo Tercero.- Encargar al Comite de Contrataciones y Adquisiciones de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo Municipal, en la forma que senala el Art. 148° Texto Unico Ordenado del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 084-2004PCM, cuya adquisicion tendra el caracter de definitivo, para la firma del contrato respectivo por el titular del pliego. Articulo Cuarto.- Remitir MORDAZA del Acuerdo y del Informe que lo sustenta a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE), dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Articulo Quinto.- Ordenar la publicacion del contenido del Acuerdo de Concejo Municipal en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA VASQUEZ. MORDAZA

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Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de computadoras
ACUERDO DE CONCEJO MUNICIPAL Nº 378-2007-MDPL.
Pueblo Libre, 11 de MORDAZA del 2007. EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE. VISTO: En Sesion de Concejo Municipal del 11 de MORDAZA del 2007, el Informe Legal Nº 084-2007-MDPL/AJ, con relacion a la adquisicion de computadoras debidamente equipadas, para el mejoramiento e implementacion de las Instituciones Educativas del distrito de Pueblo Libre,

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