Norma Legal Oficial del día 22 de Junio del año 2007 (22/06/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 22 de junio de 2007

Junta de Decanos a que me he referido precedentemente, pues de ellos extraemos que es la Junta de Decanos representada por su Presidente la que tiene representacion frente a organismos nacionales o internacionales, vale decir entonces, que la facultad de demandar ante el Tribunal Constitucional la inconstitucionalidad de alguna ley, que como tal tiene alcance nacional, recae precisamente sobre el que Preside la corporacion nacional en cada profesion pudiendose asi extraer la especialidad de cada Colegio Profesional a que se refiere el MORDAZA veces citado inciso 7º del articulo 203 de la Constitucion Politica del Peru. En conclusion considero que el Tribunal Constitucional en el caso presente, aun cuando MORDAZA admitido a tramite la demanda imperfectamente presentada por el Colegio de Abogados del Callao no puede en la sentencia hacer un pronunciamiento de merito puesto que lo actuado esta afectado de un vicio de nulidad insalvable que lo lleva, por excepcion, a una determinacion inhibitoria, esto es al rechazo de la demanda, como debio hacerlo en su oportunidad, por cuanto al no tener el demandante la legitimidad activa extraordinaria exigida por el propio texto constitucional no podria este Colegiado evacuar una sentencia que pudiera ser ejecutable. Por todo ello mi MORDAZA es porque se declare nulo lo actuado e improcedente la demanda. S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA GOTELLI 75746-1

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS COMISION NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES
Disponen inscripcion de valores correspondientes a la primera emision del "Primer Programa de Instrumentos de Corto Plazo ZINSA" en el Registro Publico del MORDAZA de Valores
RESOLUCION DIRECTORAL DE EMISORES Nº 012-2007-EF/94.06.3 MORDAZA, 13 de junio de 2007 VISTOS: El expediente Nº 2007012396 y el Informe Interno Nº 318-2007-EF/94.06.3, del 13 de junio de 2007, de la Direccion de Emisores. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 304 de la Ley General de Sociedades, Ley Nº 26887, las sociedades pueden emitir obligaciones que reconozcan o creen una deuda a favor de sus titulares, asi como una misma emision de obligaciones puede realizarse en una o mas etapas o en una o mas series, si asi lo acuerda la junta de accionistas; Que, mediante junta general de accionistas del 5 de diciembre de 2006, Zinc Industrias Nacionales S.A. acordo la emision de papeles comerciales hasta por un monto MORDAZA en circulacion de US$ 10 000 000,00 (diez millones y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de America) o su equivalente en Nuevos Soles, a ser emitidos de manera individual o en el MORDAZA de programas de emision. Asimismo, se acordo delegar en

el directorio de la sociedad la facultad de determinar los terminos, caracteristicas y condiciones de las emisiones que se efectuen, incluyendo la posibilidad de delegar tales facultades en el gerente general y/o gerente de administracion y finanzas; Que, mediante sesion de directorio del 6 de diciembre de 2006, se acordo llevar a cabo el "Primer Programa de Instrumentos de Corto Plazo ZINSA", del mismo modo se establecieron los terminos y condiciones del programa MORDAZA referido, delegandose en los senores MORDAZA MORDAZA Rivero MORDAZA, gerente general, y MORDAZA MORDAZA Rivero MORDAZA, gerente de administracion y finanzas, las facultades suficientes para que cualesquiera de ellos, individualmente, determinen todos los terminos, caracteristicas y condiciones del programa, y suscriban cada uno de los actos, contratos y demas documentos publicos y privados que resulten necesarios para llevar a cabo la emision, facultandolos expresamente para realizar las modificaciones y/o precisiones que estimen pertinentes; Que, con fecha 13 de junio de 2007, Zinc Industrias Nacionales S.A. completo su solicitud de aprobacion del tramite anticipado, de inscripcion del "Primer Programa de Instrumentos de Corto Plazo ZINSA", hasta por un monto MORDAZA en circulacion de US$ 10 000 000,00 (diez millones y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de America) o su equivalente en Nuevos Soles, y de registro del prospecto MORDAZA correspondiente en el Registro Publico del MORDAZA de Valores; Que, de la evaluacion de la documentacion presentada se ha determinado que Zinc Industrias Nacionales S.A. ha cumplido con presentar la informacion requerida por la Ley del MORDAZA de Valores, el Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios y sus normas complementarias; Que, el articulo 2, numerales 2) y 3), de las Normas Relativas a la Publicacion y Difusion de las Resoluciones Emitidas por los Organos Decisorios de CONASEV establece que las resoluciones administrativas referidas a la inscripcion de valores mobiliarios que puedan ser objeto de oferta publica, asi como las relativas a la aprobacion de tramites anticipados, deben ser difundidas a traves del Boletin de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano y de la pagina de CONASEV en internet; y, Estando a lo dispuesto por los articulos 53 y siguientes de la Ley del MORDAZA de Valores, la Resolucion Gerencia General Nº 061-2007-EF/94.11, y la Resolucion CONASEV Nº 034-2007-EF/94.10, asi como a lo dispuesto por el articulo 36, literal a), del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores - CONASEV, segun el cual la Direccion de Emisores se encuentra facultada para resolver solicitudes vinculadas a las ofertas publicas primarias y a efectuar todo tramite vinculado a estas; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el tramite anticipado, inscribir el "Primer Programa de Instrumentos de Corto Plazo ZINSA", hasta por un monto MORDAZA en circulacion de US$ 10 000 000,00 (diez millones y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de America), o su equivalente en Nuevos Soles, y disponer el registro del prospecto MORDAZA correspondiente en el Registro Publico del MORDAZA de Valores. Articulo 2º.- Inscribir los valores correspondientes a la primera emision del "Primer Programa de Instrumentos de Corto Plazo ZINSA" hasta por un monto MORDAZA en circulacion de US$ 5 000 000,00 (cinco millones y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de America), y registrar el complemento del prospecto MORDAZA correspondiente en el Registro Publico del MORDAZA de Valores. Articulo 3º.- La inscripcion de los valores y el registro de los prospectos complementarios a utilizar en el MORDAZA del programa a que se refiere el articulo 1, se sujetaran a lo dispuesto por el articulo 14, literal b, numeral 2, del Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios. Articulo 4º.- La oferta publica de los valores a los que refieren los articulos 1, 2 y 3 de la presente resolucion debera efectuarse con sujecion a lo dispuesto en el articulo 25 y, de ser el caso, en el articulo 29 del Reglamento de

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