Norma Legal Oficial del día 26 de Junio del año 2007 (26/06/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, martes 26 de junio de 2007

NORMAS LEGALES

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Articulo 94º.- La Direccion Normativa de Asuntos Ambientales Energeticos tiene las funciones y atribuciones siguientes: a. Formular y proponer las normas tecnicas y legales relacionadas con la conservacion y proteccion del medio ambiente; b. Proponer las normas para la evaluacion de impactos ambientales derivados de las actividades del Sector Energia; c. Analizar y emitir opinion sobre las denuncias por trasgresion de la normatividad ambiental proponiendo los dispositivos legales que permitan el establecimiento de las medidas preventivas y correctivas necesarias para el control de dichos impactos; d. Asesorar e informar a la Direccion General en temas relacionados al cumplimiento de los objetivos; e. Participar en comisiones multisectoriales para elaborar informes legales especializados sobre temas puestos a su consideracion; f. Elaborar proyectos de dispositivos legales y otros documentos relacionados con el ambito de su competencia; g. Participar en el MORDAZA de difusion y capacitacion de la normatividad acerca de los temas ambientales en el MORDAZA o en el extranjero tanto en el Sector Publico como en el Privado; h. Emitir opinion sobre los proyectos y solicitudes de cooperacion tecnica internacional vinculada con los asuntos ambientales energeticos; i. Evaluar legalmente a las entidades autorizadas a realizar estudios de impacto ambiental; j. Proponer resoluciones y directivas en el ambito de su competencia; k. Realizar las demas funciones que se le asigne. Articulo 95º.- La Direccion de Gestion Ambiental Energetica es el organo encargado de proponer y evaluar las politicas y los planes de conservacion y proteccion ambiental para el desarrollo sostenible de las actividades de hidrocarburos y electricidad asi como de evaluar los estudios ambientales y sociales presentados al Ministerio de Energia Minas. Articulo 96º.- La Direccion de Gestion Ambiental Energetica tiene las funciones y atribuciones siguientes: a. Formular la politica y los planes de conservacion y proteccion del medio ambiente para el desarrollo sostenible de las actividades de hidrocarburos y de electricidad; b. Participar en la formulacion de normas tecnicas y legales relacionadas con la conservacion y proteccion del medio ambiente asi como en las referidas al fortalecimiento de las relaciones de las empresas del sector con la sociedad civil en el Sector Energia; c. Analizar, evaluar y emitir opinion sobre las denuncias por trasgresion de la normatividad ambiental y social asi como proponer las medidas correctivas y preventivas necesarias para el control de dichos impactos; d. Emitir opinion sobre la calificacion y registro de instituciones publicas y privadas que elaboren estudios ambientales en el sector energia; e. Analizar y emitir opinion sobre los estudios ambientales y sociales que se presenten al Ministerio de Energia Minas; f. Participar en la elaboracion y promocion de programas de proteccion ambiental para el desarrollo sostenible en el Sector Energia en coordinacion con las Direcciones Generales de Electricidad e Hidrocarburos, Gobiernos Regionales y Locales, empresas del Sector y otras instituciones publicas y privadas; g. Participar en las audiencias publicas y talleres de difusion; h. Analizar y emitir opinion sobre los proyectos y las solicitudes de cooperacion internacional vinculada con los asuntos ambientales energeticos; i. Proponer e impulsar programas de difusion, entrenamiento y capacitacion sobre temas ambientales en el MORDAZA o el extranjero, tanto en el Sector Publico como en el Privado; j. Procesar y analizar la informacion estadistica sobre las acciones de conservacion y proteccion del medio ambiente en el ambito sectorial; k. Evaluar tecnicamente y emitir opinion sobre la calificacion de las entidades autorizadas a realizar estudios de impacto ambiental en el sector energetico; l. Participar en el seguimiento de los compromisos ambientales que asumen las empresas energeticas con las poblaciones involucradas en su accionar, considerados en sus estudios ambientales. m. Asesorar al Director General y emitir opinion en los asuntos ambientales energeticos. n. Absolver consultas en temas relacionados a su area funcional; o. Proponer resoluciones y directivas en el ambito de su competencia;

p. Informar y opinar sobre asuntos de su competencia; q. Realizar las demas funciones que se le asigne.

DIRECCION GENERAL DE MINERIA Articulo 97º.- La Direccion General de Mineria es el organo tecnico normativo encargado de proponer y evaluar la politica del Sector Mineria; proponer y/o expedir, segun sea el caso, la normatividad necesaria del Sector Mineria; promover el desarrollo sostenible de las actividades de exploracion y explotacion, labor general, beneficio, comercializacion y transporte minero; ejercer el rol concedente a nombre del Estado para el desarrollo de las actividades mineras, segun le corresponda. Depende jerarquicamente del Viceministro de Minas. Articulo 98º.- La Direccion General de Mineria tiene las funciones y atribuciones siguientes: a. Proponer la politica del Sector Mineria en concordancia con las politicas de desarrollo sectorial y nacional; b. Participar en la elaboracion y evaluacion del Plan Referencial de Mineria y el Plan Sectorial de Desarrollo Minero; c. Promocionar las inversiones en el Sector Mineria; d. Formular y proponer las normas tecnicas y legales relacionadas con el Sector Mineria, promoviendo el desarrollo sostenible y la tecnificacion; e. Evaluar la informacion tecnica, economica y financiera relacionada al Sector Mineria y administrar el Sistema de Informacion Minera; f. Coordinar con la Direccion General de Asuntos Ambientales Mineros, INGEMMET, OSINERGMIN, asi como con los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y otras entidades publicas y privadas los asuntos relacionados con el desarrollo de las actividades sostenibles del Sector Mineria; g. Otorgar los titulos de concesiones de beneficio, labor general y transporte minero, asi como aprobar sus modificaciones y autorizar la construccion de labores de acceso, ventilacion y desague en concesiones mineras vecinas; h. Administrar y distribuir el derecho de vigencia y penalidad; i. Autorizar el inicio o reinicio de actividades minero metalurgicas; j. Otorgar los Certificados de Operacion Minera y Autorizar el uso de ANFO y similares, bajo su competencia; k. Aprobar los planes de minado y sus modificaciones bajo su competencia; l. Autorizar las inscripciones en el Registro de Empresas Especializadas de Contratistas Mineros; m. Resolver los procedimientos de extraccion ilicita bajo su competencia; n. Emitir opinion en las solicitudes de servidumbre minera; o. Aprobar los Programas de Inversion y Estudios de Factibilidad para los Contratos de Garantias y Medidas de Promocion a la Inversion asi como sus modificaciones y ejecuciones; p. Aprobar Programas de Inversion en Exploracion, sus modificaciones y ejecuciones, asi como suscribir contratos de inversion en exploracion para la devolucion del IGV e IPM; q. Calificar los Programas de Reinversion con cargo a Utilidades No Distribuidas; r. Emitir opinion para la adquisicion de propiedades mineras e inversiones por extranjeros en MORDAZA de frontera; s. Aprobar la nomina de peritos mineros e imponer sanciones a los mismos en caso de incumplimiento a las normas que los rigen; t. Resolver sobre los aspectos economicos y financieros del plan de cierre de minas y plan de cierre de pasivos ambientales mineros; u. Otorgar los certificados de cumplimiento progresivo y final del plan de cierre de minas y de pasivos ambientales mineros; v. Elaborar, actualizar y priorizar el inventario de pasivos ambientales mineros e identificar los responsables de los pasivos; w. Aprobar la lista de impedidos de efectuar petitorios mineros, teniendo como referencia la aprobacion de la ejecucion del cierre de pasivos ambientales; x. Disponer visitas de verificacion en zonas donde se realicen actividades mineras; y. Conceder recursos impugnativos y declarar la nulidad; asi como resolver recursos administrativos bajo su competencia; z. Imponer sanciones en los temas de su competencia; aa. Expedir resoluciones directorales en el ambito del Sector Mineria; bb. Realizar las demas funciones que le asignen.

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