Norma Legal Oficial del día 28 de Junio del año 2007 (28/06/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano MORDAZA, jueves 28 de junio de 2007

NORMAS LEGALES

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Universitaria los libros y demas materiales de ensenanza a precios de costo, acredita de manera fehaciente que la Fundacion del Libro Universitario-LIBUN es el unico distribuidor dentro del territorio nacional de su material bibliografico, solicitados por las Bibliotecas Especializadas de la Institucion, al contar con un amplio catalogo que cubre todas las areas que corresponden al sistema universitario peruano; Que, dentro de dicho contexto nos conlleva a senalar que la exoneracion del MORDAZA de Seleccion para la Adquisicion de Libros para la UNSSSAC se encuentra dentro de los parametros legales establecidos en el inciso e) del Art. 19º y con el inciso a) del Art. 20º del texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el D.S. Nº 083-2004-PCM que estable cuando los bienes y/o servicios no admiten sustitutos, las exoneraciones se aprobaran mediante Resolucion del Titular de la Entidad Que, siendo asi, nada obsta a que la Autoridad Universitaria exonere el MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion Licitacion Publica Nº 003-2007-UNSAAC: ADQUISICION DE LIBROS PARA LA UNSAAC, por el importe de S/.593,146.00, Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, de los cuales con Actividad: 1000376 S/.299,595.00 y Actividad: 1000199 S/.293,551.00, Naturaleza del Gasto: 6.7.11.51, incluido en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la UNSAAC para el ano 2007, a traves de la Resolucion R- 1114-2007UNSAAC de fecha 25 de junio del 2007, debiendo observar el procedimiento senalado por el Art. 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Resolucion del Titular de la Entidad, la cual obligatoriamente sera publicada en el Diario Oficial El Peruano, ademas una MORDAZA de dicha Resolucion sera remitida a la Contraloria General de la Republica y al CONSUCODE, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad dentro de los diez dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Que, en consecuencia el Asesor Legal del Area de Abastecimiento y Servicios Auxiliares de la UNSAAC a traves del Dictamen Legal Nº 26-AL-AASA-UNSAAC, opina por la procedencia de la exoneracion del citado MORDAZA de Seleccion por la causal de que los bienes o servicios no admiten sustitutos y exista proveedor unico, cumpliendo la exigencia referida precedentemente, ademas, el Area de Abastecimiento y Servicios Auxiliares de la UNSAAC, debera cumplir estrictamente lo establecido en el Art. 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y Arts. 144º, 146º,147º y 148º del Reglamento de dicha Ley; Estando a lo solicitado, al inc. e) del Art.19º y 20º del DS Nº 083-2004-PCM Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Art. 144º, 146º,147º y 148º del Reglamento de la Ley, Dictamen Legal Nº 26-AL-AASA-UNSAAC y a las atribuciones conferidas a este Rectorado por la Ley y el Estatuto Universitarios. RESUELVE: Primero.- AUTORIZAR la exoneracion del MORDAZA de Seleccion de Licitacion Publica Nro.003-2007-UNSAAC: ADQUISICION DE LIBROS PARA LA UNSAAC, por el importe de S/.593,146.00, Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, en merito a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Segundo.- DISPONER que la CPC. MORDAZA MORDAZA OLARTE MORDAZA, Jefe del Area de Abastecimiento y Servicios Auxiliares de la Institucion proceda con la ADQUISICION DE LIBROS PARA LA UNSAAC, por el importe de S/.593,146.00, de conformidad al Art. 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Tercero.- DEJAR ESTABLECIDA la obligacion de la CPC. MORDAZA MORDAZA OLARTE MORDAZA, Jefe del Area de Abastecimiento de la Institucion de publicar la presente Resolucion en el Diario Oficial "El Peruano", asi como remitir la informacion correspondiente a la Contraloria General de la Republica y Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE), dentro de los diez (10) dias calendarios siguientes a la fecha de su aprobacion. Cuarto.- DISPONER que la CPC. MORDAZA MORDAZA OLARTE MORDAZA, Jefe del Area de Abastecimiento y Servicios Auxiliares de la Institucion proceda con la publicacion de la presente Resolucion en el Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado-

SEACE dentro de los diez (10) dias calendarios siguientes a la fecha de su aprobacion. El Vicerrectorado Administrativo, la Direccion General de Administracion y el Area de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, adoptaran las acciones complementarias para el cumplimiento de la presente Resolucion Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector

78201-1

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL
Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion del servicio de soporte tecnico y mantenimiento del appliance de seguridad MORDAZA SONICWALL modelo PRO 2040
RESOLUCION JEFATURAL Nº 229-2007-INDECI
19 de junio de 2007 VISTOS: El Memorando Nº 358-2007-INDECI/8.0, del 16.ABR.07, el Informe de Disponibilidad Presupuestal Nº 00227-2007, del 08.JUN.07, el Informe Nº 0202007(8.1.3), del 30.MAY.2007, el Memorando Nº 4912007-INDECI/OET(8.0), del 30.MAY.2007, el Informe Tecnico Nº 036-2007-INDECI/12.0, del 31.MAY.07, y el Informe Legal Nº 077-2007-INDECI/5.0, del 12.JUN.07, sus antecedentes, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Memorandum Nº 358-2007-INDECI/8.0 de fecha 16.ABR.07 la Oficina de Estadistica y Telematica del INDECI solicita el servicio de mantenimiento y soporte del appliance de seguridad SONICWALL PRO 2040 por ser un componente importante que viene protegiendo eficientemente la red informatica de la Entidad de cualquier ataque de hackers u otro MORDAZA de intrusos interno y externo, considerando ademas el vencimiento y garantia. La indicada Oficina de Estadistica y Telematica remite la Certificacion s/n de fecha 13.FEB.2007 de la empresa SONICWALL INC. a traves del senor MORDAZA M. MORDAZA, consultor de ventas Region MORDAZA, mediante el cual hace conocer que a la fecha la empresa VILSOL S.A.C es distribuidor exclusivo de los productos SONICWALL para el Peru, ademas se indica que la citada empresa es distribuidor calificado para la comercializacion de los productos SONICWALL y recibe capacitacion, soporte tecnico y soporte de ventas directamente de SONICWALL; Que, mediante Informe de Disponibilidad Presupuestal Nº 00227-2007, de fecha 08.JUN.2007, la Oficina de Planificacion y Presupuesto del INDECI, otorga opinion favorable de disponibilidad presupuestal por el monto total de S/. 18,475.00 para la contratacion del servicio de soporte tecnico y mantenimiento del appliance de seguridad MORDAZA SONICWALL modelo PRO 2040; Que, mediante el Informe Nº 020-2007/8.1.3 y el Memorando Nº 491-2007-INDECI/OET (8.0) de fecha 30.MAY.2007 de la Oficina de Estadistica y Telematica del INDECI, se sustenta la necesidad de contar con el servicio de soporte tecnico y mantenimiento del appliance firewall SONICWALL, indicando que este equipo es un componente fundamental de la solucion de seguridad que protege a la Red Informatica. Ademas se senala que el unico postor que puede brindar el servicio de soporte tecnico y mantenimiento al appliance firewall MORDAZA SONICWALL modelo PRO 2040 es la empresa VILSOL S.A.C; Que, mediante Informe Tecnico Nº 036-2007INDECI/12.0, de fecha 31.MAY.07, la Direccion Nacional de

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