Norma Legal Oficial del día 15 de Marzo del año 2007 (15/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano MORDAZA, jueves 15 de marzo de 2007

NORMAS LEGALES
MUNICIPALIDAD DEL MORDAZA

341517

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO Res. Nº 016-2007-SUNASS-CD.- Aprueban formula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestion de la EPS SEDACUSCO S.A. 341550

Ordenanza N° 146.- Establecen beneficio e incentivo por pago del Impuesto Predial y Arbitrios del ano 2007 341558 MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA Fe de Erratas Ordenanza N° 389-MSB MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA D.A. N° 008-2007-ALC/MSI.- Precisan plazos de vencimiento de pago del Impuesto Predial y de Arbitrios 341559 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA Fe de Erratas Acuerdo N° 013-004/2007 Fe de Erratas Acuerdo N° 014-004/2007 Fe de Erratas Acuerdo N° 015-004/2007 Fe de Erratas Acuerdo N° 016-004/2007 341560 341560 341561 341561 341559

GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO Decreto Nº 002-2007-PR.- Declaran prioritario en la gestion del Gobierno Regional incorporar el enfoque de derechos e igualdad de oportunidades en sus politicas y estrategias 341556

GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE ANCON Ordenanza N° 104-2007/MDA.Establecen monto minimo del Impuesto Predial 2007, asi como derechos de emision, determinacion y distribucion y fechas de pago del impuesto predial y arbitrios 341557 MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS R.A. N° 0202-2007-MDCH.- Inician MORDAZA administrativo a ex funcionaria de la Oficina de Rentas de la Municipalidad 341558

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YANACANCHA Acuerdo Nº 18-2007-MDY-PASCO.- Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche 341562

PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Declaran el Estado de Emergencia en las provincias de San MORDAZA, Bellavista, Picota, Tocache, MORDAZA, Moyobamba, El MORDAZA y Lamas del departamento de San MORDAZA
DECRETO SUPREMO N° 021-2007-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la ocurrencia de inundaciones en la parte baja de las provincias de San MORDAZA, Bellavista, Picota, Tocache, MORDAZA y Moyobamba del departamento de San Martin; y de sequia en la parte alta de las provincias de El MORDAZA, Lamas, Picota, Bellavista y San MORDAZA del departamento de San Martin; ha causado la afectacion de cultivos, aproximadamente 16,865.50 Hectareas de cultivos afectados y 17,129.00 Hectareas de cultivos perdidos; Que, la magnitud del desastre de origen natural demanda la adopcion de medidas inmediatas que permitan al Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, a los sectores comprometidos, al Gobierno Regional de San MORDAZA y a los Gobiernos Locales involucrados, ejecutar las acciones inmediatas destinadas a la atencion de la poblacion damnificada y afectada, a la reduccion y minimizacion de los riesgos existentes y a la rehabilitacion de las zonas afectadas;

Que, el Ministerio de Agricultura mediante Oficio N° 978-2007-AG-SEGMA ha solicitado al Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, la declaratoria del Estado de Emergencia en diversas provincias del departamento de San Martin; sustentada en el Informe remitido por la Direccion Regional Agraria afectada, y que ha sido consolidado en el Informe N° 011-2007-AG-OGPA-DG/UDN, elaborado por la Unidad de Defensa Nacional de la Oficina General de Planificacion Agraria del mencionado Ministerio; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 560 - Ley del Poder Ejecutivo, el Decreto Supremo N° 005-88-SGMD, el Decreto Supremo N° 0582001-PCM y el Decreto Supremo N° 069-2005-PCM; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo de dar cuenta al Congreso; DECRETA: Articulo 1°.- Declaracion del Estado de Emergencia por desastres naturales en diversas provincias del departamento de San Martin. Declarese el Estado de Emergencia por desastres naturales, por fenomenos de inundacion y sequia en las provincias de San MORDAZA, Bellavista, Picota, Tocache, MORDAZA, Moyobamba, El MORDAZA y Lamas del departamento de San MORDAZA, por el plazo de 60 dias naturales, para la ejecucion de obras y actividades de rehabilitacion en el Sector Agricultura, conforme a las razones expuestas en la parte considerativa del presente Decreto Supremo. Articulo 2°.- Acciones a ejecutar El Ministerio de Agricultura, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; el Gobierno Regional de San MORDAZA y los Gobiernos Locales de las provincias declaradas en Estado de Emergencia, ejecutaran las acciones inmediatas destinadas a la atencion de la poblacion afectada, a la reduccion y minimizacion de los riesgos existentes y a la rehabilitacion de las zonas afectadas. Articulo 3°.- Aprobacion de proyectos La Comision Multisectorial de Prevencion y Atencion de Desastres, creada por el Decreto Supremo N° 081-

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