Norma Legal Oficial del día 15 de Marzo del año 2007 (15/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano MORDAZA, jueves 15 de marzo de 2007

NORMAS LEGALES

341549

General de la Oficina General de Seguridad del Instituto Nacional Penitenciario, dandole las MORDAZA por los servicios prestados.

Unico Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, en reemplazo de la senora C.P.C. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de la Oficina General de Administracion del IPD. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA WOODMAN POLLITT Presidente

36072-1

INSTITUTO PERUANO DEL DEPORTE
Designan funcionaria responsable de proporcionar informacion institucional de acceso publico
RESOLUCION Nº 120-2007-P/IPD
MORDAZA, 13 de marzo de 2007 Vista la comunicacion de fecha 27 de febrero de 2007, presentada por la senora C.P.C. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de la Oficina General de Administracion sobre designacion de MORDAZA funcionario responsable de proporcionar la informacion institucional de acceso publico; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 474-2003-P/IPD de fecha 3 de octubre de 2003, se designo como funcionaria responsable de proporcionar la informacion institucional de acceso publico a que se refiere la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, a la senora C.P.C. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefa de la Oficina General de Administracion del Instituto Peruano del Deporte; Que, la senora C.P.C. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de la Oficina General de Administracion, presenta la comunicacion del exordio solicitando se designe a un MORDAZA funcionario como responsable de proporcionar la informacion, debido al incremento de las diversas funciones relacionadas a la supervision y control de los sistemas administrativos a su cargo; Que, de conformidad con el articulo 8º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, dispone que las entidades obligadas a informar identificaran, bajo responsabilidad de su MORDAZA representante, al funcionario responsable de brindar informacion solicitada en virtud de la presente Ley; Que, el Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, en su articulo 4º dispone que la designacion del funcionario de entregar la informacion se efectuara mediante Resolucion de la MORDAZA autoridad de la Entidad, y sera publicada en el Diario Oficial El Peruano. Adicionalmente, la Entidad colocara MORDAZA de la Resolucion de designacion en lugar visible en cada una de sus sedes administrativas; Que, atendiendo los motivos expuestos por la funcionaria responsable de proporcionar la informacion institucional y a fin de garantizar la atencion de informacion que demanden las personas en aplicacion del MORDAZA de publicidad, resulta necesario designar al funcionario responsable de brindar informacion a que se refiere el articulo 3º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica; Estando a lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM y el Decreto Supremo Nº 072-2003PCM, Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 28036, Ley de Promocion y Desarrollo del Deporte; Con los visados de la Oficina de Asesoria Juridica y la Secretaria General del Instituto Peruano del Deporte; SE RESUELVE: Articulo Unico- Designar a la senora doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de la Unidad de Personal, como funcionaria responsable de proporcionar la informacion institucional de acceso publico a que se refiere el Texto

36718-1

INSTITUTO TECNOLOGICO PESQUERO DEL PERU
Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de bienes y accesorios para funcionamiento de equipos en planta de embutidos del ITP
INSTITUTO TECNOLOGICO PESQUERO DEL PERU SECTOR PRODUCCION RESOLUCION EJECUTIVA Nº 015-2007-ITP/DE
Callao,28 de febrero del 2007. Visto el Memorandum Nº 100-2007-ITP/OA, de fecha 19 de febrero del 2007, de la Oficina de Administracion, mediante el cual remite el Informe Tecnico Nº 01-2007ITP/OA-Abast.,asi como los Memorandums N°s. 093-2006/ PLANTA II y 007-2007/PLANTA II, en virtud de los cuales se efectua el requerimiento y sustento tecnico respectivos, para la adquisicion del Film Kurehalon o Krehalon, y repuestos para el funcionamiento de los equipos de la linea de Salchichas de la Planta de Embutidos de la Institucion; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, establece en su inciso e), que estan exonerados de los procesos de seleccion las contrataciones cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos y exista proveedor unico, para lo cual se requiere cumplir con los requisitos establecidos en el articulo 20º del mismo cuerpo normativo, concordante con lo establecido en al articulo 144º de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; Que, de acuerdo a lo expuesto en el Informe Tecnico Nº 01-2007-ITP/OA-Abast., de la Unidad de Abastecimiento de la Oficina de Administracion, el Film Kurehalon o Krehalon, y repuestos requeridos para el funcionamiento de los equipos de la linea de Salchichas de la Planta de Embutidos de la Institucion , solo se expende en el extranjero, dado que en el MORDAZA no se fabrican dichos productos con similares caracteristicas, ni mucho menos existe un representante comercial del fabricante, asimismo indica que la adquisicion de dichos bienes se encuentra prevista en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del ITP para el Ano Fiscal 2007, siendo necesario adquirirlo por importacion directa del Japon al MORDAZA de lo dispuesto en el articulo 144º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, toda vez que la empresa fabricante, es ademas propietaria de la patente del Film Kurehalon o Krehalon; Que; igualmente, el Informe Legal Nº 005-2007ITP/OAJ de fecha 27 de febrero del 2007, concluye que resulta procedente adquirir los bienes y accesorios MORDAZA mencionados, exonerandolos del respectivo MORDAZA de seleccion, en virtud a que segun lo indicado por la Unidad de Abastecimiento, los mismos no son fabricados en el MORDAZA, ni existen productos similares que puedan sustituirlos ,siendo ademas su fabricante el unico proveedor, por lo que la presente accion se encuentra enmarcada dentro de lo dispuesto por los articulos 19º y 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-

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