Norma Legal Oficial del día 15 de Marzo del año 2007 (15/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano MORDAZA, jueves 15 de marzo de 2007

NORMAS LEGALES

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de aprobacion de la formula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestion para los proximos cinco anos de la Empresa Municipal Prestadora de Servicios de Saneamiento del MORDAZA Sociedad Anonima - EPS SEDACUSCO S.A., conforme a lo establecido en el articulo 9º de la Resolucion de Consejo Directivo Nº 033-2005-SUNAS-CD; El Memorandum Nº 019-2007-SUNASS-110, emitido por la Gerencia de Regulacion Tarifaria que presenta el Estudio Tarifario final, estructuras tarifarias y metas de gestion que seran de aplicacion por la EPS SEDACUSCO S.A. para el proximo quinquenio; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 010-2006-SUNASS-GRT, la Gerencia de Regulacion Tarifaria inicio el procedimiento de aprobacion de la formula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestion para el quinquenio 2007-2011, conforme a lo establecido en el articulo 9º de la Resolucion de Consejo Directivo Nº 033-2005-SUNAS-CD; Que, mediante Memorandum Nº 173-2006-SUNASS110, la Gerencia de Regulacion Tarifaria presento el Estudio Tarifario con la propuesta de formula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestion que seran de aplicacion por la EPS SEDACUSCO S.A. para el proximo quinquenio; Que, mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 056-2006-SUNASS-CD, se aprobo (i) la publicacion en el Diario Oficial El Peruano, en un diario de mayor circulacion en el ambito de la prestacion de servicios de la EPS y en la pagina web de la SUNASS, del Proyecto de Resolucion que aprueba la formula tarifaria, estructuras tarifarias, metas de gestion, asi como de su exposicion de motivos y la relacion de informes que constituyen el sustento de la referida Resolucion, y (ii) la convocatoria a audiencia publica para que la SUNASS exponga el Estudio Tarifario; Que, con fecha 21 de diciembre de 2006 se realizo la audiencia publica en la cual SUNASS sustento la propuesta de formula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestion de la EPS SEDACUSCO S.A.; Que, mediante Memorandum Nº 019-2007-SUNASS110, la Gerencia de Regulacion Tarifaria ha presentado el Estudio Tarifario Final, el cual contiene la evaluacion de los comentarios recibidos respecto al proyecto publicado y los expresados con ocasion de la audiencia publica; asi como la propuesta final de la formula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestion que seran de aplicacion por la EPS SEDACUSCO S.A. para el proximo quinquenio; Que, conforme al articulo 31º del Reglamento General de Tarifas, corresponde en esta etapa aprobar la formula tarifaria, estructuras tarifarias y las metas de gestion para la citada EPS; Estando a lo acordado en la Sesion de Consejo Directivo Nº 003-2007-SUNASS: SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la formula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestion que seran de aplicacion por la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento del MORDAZA Sociedad Anonima - EPS SEDACUSCO S.A. para el proximo quinquenio, las cuales se encuentran contenidas en el anexo Nº 1 de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Disponer, sujeto al cumplimiento de lo establecido en el articulo 31º del Reglamento de la Ley General de Servicios de Saneamiento, la creacion de un fondo exclusivo para financiar las inversiones con recursos propios que forman parte de la formula tarifaria y estructuras tarifarias aprobadas por la SUNASS, que solo podra ser utilizado para tales fines. Para constituir dicho fondo, la EPS SEDACUSCO S.A. debera destinar mensualmente en cada uno de los anos del periodo quinquenal, los porcentajes de los ingresos totales por los servicios de Agua Potable, Alcantarillado y servicios colaterales senalados en el Cuadro Nº 1. CUADRO Nº 1 FONDO EXCLUSIVO DE INVERSION
Periodo Ano 1 Ano 2 Ano 3 Ano 4 Ano 5 Porcentaje de los Ingresos (1) 35,8% 36,2% 36,3% 35,8% 36,2%

(1) Por los servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Servicios Colaterales.

Si se comprobara el uso de los recursos, que conforman el referido fondo, para fines distintos a los establecidos en la presente Resolucion, la Superintendencia comunicara el hecho al titular de las acciones representativas del capital social y a la Contraloria General de la Republica para la determinacion de las respectivas responsabilidades administrativas, civiles y penales. Articulo 3°.- Aprobar los mecanismos de evaluacion del cumplimiento de las metas de gestion e incrementos tarifarios de la EPS SEDACUSCO S.A., los cuales se encuentran contenidos en el Anexo Nº 2 de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. Con la intervencion de los senores consejeros MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Stock Capella, MORDAZA MORDAZA Seoane y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Yactayo. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente ANEXO Nº 1 FORMULAS TARIFARIAS QUE APLICARA EPS SEDACUSCO S.A. DURANTE EL SIGUIENTE QUINQUENIO A. Por el servicio de Agua Potable y Alcantarillado Incremento sobre las tarifas medias por volumen (S/. / m3) para los proximos cinco anos, como sigue: T1 = To (1 + 0,120) (1 + ) T2 = T1 (1 + 0,000) (1 + ) T3 = T2 (1 + 0,121) (1 + ) T4 = T3 (1 + 0,000) (1 + ) T5 = T4 (1 + 0,000) (1 + ) Donde: To T1 T2 T3 T4 T5 : : : : : : : Tarifa media de la estructura tarifaria vigente Tarifa media que corresponde al ano 1 Tarifa media que corresponde al ano 2 Tarifa media que corresponde al ano 3 Tarifa media que corresponde al ano 4 Tarifa media que corresponde al ano 5 Tasa de crecimiento del Indice de Precios al por Mayor

B. Incremento tarifario por Proyecto. B.1. Tratamiento de Aguas Servidas Se establecen incrementos tarifarios a aplicar de la siguiente manera: Para la localidad de MORDAZA
Proyecto Plantas de Tratamiento de Aguas Servidas Incremento Tarifario 1,2%(1) 13,9%(2)

(1) Requisitos: a. Firma del convenio de parte del accionista para aporte de capital para contrapartida para el financiamiento del proyecto. b. Realizacion del primer desembolso por la contrapartida correspondiente al prestamo del Japan Bank for International Cooperation (JBIC) a SEDACUSCO en el MORDAZA del Decreto Supremo 096-2000-EF Se considera su realizacion en el ano 3 del quinquenio regulatorio. (2) Requisito: a. Puesta en operacion de la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas San Jeronimo. Se considera su puesta en operacion en el ano 4 del quinquenio regulatorio.

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