Norma Legal Oficial del día 15 de Marzo del año 2007 (15/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

341562
DICE:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 15 de marzo de 2007

Articulo 1º.- Aprobar la Exoneracion del MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva para la contratacion del arrendamiento a plazo determinado del bien inmueble ubicado en MORDAZA MORDAZA Nº 361, La Punta, Callao, para el funcionamiento del Programa de Salud y Bienestar Social, que incluye el Programa de Asistencia y Desarrollo del Centro del Adulto Mayor y la rehabilitacion de la Biblioteca Municipal, por el periodo comprendido del 1 de marzo del 2,007 hasta el 1 de marzo del 2,010, por el valor referencial de S/. 40,945.32 (Cuarenta Mil Novecientos Cuarenta y Cinco y 32/100 Nuevos Soles), conforme a Ley. DEBE DECIR: Articulo 1º.- Aprobar la Exoneracion del MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva para la contratacion del arrendamiento a plazo determinado del bien inmueble ubicado en MORDAZA MORDAZA Nº 361, La Punta, Callao, para el funcionamiento del Programa de Salud y Bienestar Social, que incluye el Programa de Asistencia y Desarrollo del Centro del Adulto Mayor y la rehabilitacion de la Biblioteca Municipal, por el periodo de nueve (9) meses, comprendido del 01 de MORDAZA del 2,007 hasta el 31 de diciembre del 2,007, por el valor referencial de S/. 30,709.00 (Treinta Mil Setecientos Nueve y 00/100 Nuevos Soles), conforme a Ley. En el Articulo 2º DICE: Articulo 2º.- La contratacion aprobada mediante el presente Acuerdo sera financiada con la Fuente de Financiamiento "Recursos Directamente Recaudados", encontrandose dicho gasto debidamente presupuestado e incluido en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad Distrital de La Punta. DEBE DECIR: Articulo 2º.- La contratacion aprobada mediante el presente Acuerdo sera financiada por el rubro 09 (Recurso Directamente Recaudados) correspondiente a la Fuente de Financiamiento Nº 02 "Recursos Directamente Recaudados" y por el rubro 18 (Canon, Sobrecanon, Regalias, Rentas de Aduanas y Participaciones) correspondiente a la Fuente de Financiamiento Nº 05 "Recursos Determinados", encontrandose dicho gasto debidamente presupuestado para ser incluido en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad Distrital de La Punta.

Que el articulo 41° de la nueva Ley Organica de Municipalidades N° 27972, senala que: "Los acuerdos son decisiones, que toma el Concejo, referidas a asuntos especificos de interes publico, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del Organo de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional"; Que, mediante Ley N° 24059 se creo el Programa del Vaso de Leche destinado a la atencion de la Poblacion MORDAZA Infantil con derecho a la provision diaria por parte del Estado a traves de las Municipalidades, de Leche o alimentos equivalentes; Que, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 083-2004-PCM, prescribe en su Articulo 21º que, se considera situacion de desabastecimiento inminente aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de un determinado bien, compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones que la entidad tiene a su cargo de manera esencial; Que, la aprobacion de la exoneracion en virtud, no constituye dispensa o libracion de las responsabilidades de los funcionarios o servidores de la entidad, cuya conducta hubiese originado la presencia de dicha causal; Que, asimismo el articulo 19° del mencionado cuerpo legal, senala que estan exoneradas de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que realice en situaciones de emergencia o desabastecimiento inminente declarados de conformidad con la ley, la cual se debe aprobar mediante Concejo Municipal; Que, aun mas habiendo declarado a la Municipalidad Distrital en situacion de emergencia administrativa y financiera, por un espacio de 60 dias, cobra mayor relevancia de declarar en situacion de situacion de desabastecimiento inminente; hasta el otorgamiento de la Buena Pro y suscripcion de Contrato. Para la obtencion de insumos para el Programa del Vaso de Leche, a fin de que no se ponga en riesgo la atencion de los Beneficiarios. En aplicacion del penultimo parrafo del articulo 148º del D.S. Nº 084-2004-PCM; Que, el Programa del Vaso de Leche es un instrumento de Ayuda Social, que no puede dejar de atender por insuficiencia administrativa. MORDAZA si se tiene en cuenta que es un Programa obligatorio, sujeto a control. Siendo asi, el pedido, se ajusta al MORDAZA legal vigente; Estando a lo establecido en la Ley Organica de Municipalidades, Ley N° 27972, conforme a lo acordado en la Sesion Ordinaria de fecha 2 de febrero del 2007, en uso de autonomia politica y administrativa que la Constitucion le confiere y con el MORDAZA APROBATORIO del Pleno del Concejo; ACUERDA:

36103-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YANACANCHA
Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche
ACUERDO DE CONCEJO Nº 18-2007-MDY-PASCO
Yanacancha, 21 de febrero del ano 2007 VISTO: El Informe Nº 008-2007-A/PVL-MDY remitido por la oficina de Administracion del Programa del Vaso de Leche; CONSIDERANDO: Que, el articulo 191° de la Constitucion Politica del Estado, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales y las delegadas conforme a Ley, son los Organos de Gobierno Local. Tienen autonomia Politica, Economica y Administrativa en los asuntos de su competencia;

Articulo Primero.- Declarar en situacion de desabastecimiento inminente, la adquisicion de productos para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Yanacancha, por el periodo de 10 dias calendario para adquirir la cantidad de 29,604 tarros de leche evaporada, por el valor referencial de S/. 54,770.00 Nuevos soles, correspondiente a los meses de enero y febrero 2007, en concordancia al acta de Asamblea de Madres de requerimiento de insumos para el ejercicio fiscal 2007, materia del presente acuerdo. Articulo Segundo.- Autorizar la exoneracion del MORDAZA de seleccion contemplado en el inciso c) del articulo 19° de TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo Tercero.- Autorizar a la Oficina de Administracion del Programa Vaso de Leche, la adquisicion de los insumos correspondientes. Articulo Cuarto.- Encargar a la Oficina de Secretaria General la remision de MORDAZA certificada del presente Acuerdo, a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro del plazo de 10 dias naturales a partir de la fecha. Mando se publique y se cumpla. Dado en el Palacio Municipal del distrito de Yanacancha a los 21 dias del mes de febrero del ano dos mil siete. JHONI T. MORDAZA RIVADENEIRA MORDAZA

36385-1

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