Norma Legal Oficial del día 23 de Marzo del año 2007 (23/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano MORDAZA, viernes 23 de marzo de 2007

NORMAS LEGALES

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del 2006, los organos jurisdiccionales expidieron un total de 1,172 mandatos de detencion ilegales. Todos estos mandatos fueron devueltos por la Policia Nacional al Poder Judicial para su aclaracion. La reduccion en el numero de mandatos de detencion ilegales refleja el impacto positivo de la Ley Nº 27411, modificada por la Ley Nº 28121 y del Decreto Supremo Nº 008-2004-IN, los cuales fueron difundidos en los eventos de capacitacion realizados por la Defensoria del Pueblo. En este ambito, tambien se debe resaltar la labor del "Grupo de Trabajo encargado de elaborar e implementar mecanismos para brindar garantias a ciudadanos en los procedimientos para la expedicion de mandatos de detencion, anotacion, ejecucion y levantamiento de requisitorias", que consiguio la publicacion de diversas normas por parte de la Policia Nacional, el Ministerio Publico y el Poder Judicial, destinadas a la adecuada identificacion e individualizacion del imputado en el MORDAZA penal y en el mandato de detencion. Quinto.- La detencion de personas homonimas o con nombres similares al requisitoriado y la actuacion de la Defensoria del Pueblo. En el periodo 2003 - 2006, la Defensoria del Pueblo constato, durante las visitas realizadas a la Division de Requisitorias de la Policia Nacional y a los Departamentos de la Policia Judicial, la detencion de 1,078 personas, de las cuales 137 (12,7%) alegaron homonimia. En el mismo periodo, se atendio 92 casos de ciudadanas y ciudadanos que solicitaron la intervencion de esta institucion al tener conocimiento de la existencia de una orden de captura dictada contra una persona con nombres identicos o similares a los suyos, asi como 1,504 consultas de personas que deseaban conocer si eran homonimos e informarse sobre el procedimiento de homonimia para las personas en libertad. Ante la detencion arbitraria de ciudadanos y ciudadanas, la Defensoria del Pueblo priorizo el desarrollo de acciones inmediatas recomendando a la Policia Nacional resolver la situacion juridica de los afectados en el acto de la visita, o poner a estos a disposicion de la autoridad judicial competente, cuando el detenido alegaba ser homonimo del requisitoriado. En este ultimo caso, la Defensoria del Pueblo tambien realizo el seguimiento a las solicitudes de homonimia para que estas MORDAZA resueltas dentro del plazo de 24 horas, o que la autoridad judicial otorgue MORDAZA al detenido, en caso de que dicha situacion no MORDAZA podido ser determinada en el plazo MORDAZA senalado. La investigacion realizada permitio constatar que una de las razones por las que se producen los casos de homonimia es la expedicion de mandatos de detencion contra reos ausentes. En efecto, de los 229 casos de presunta homonimia investigados, en 94 de ellos se constato que los procesados tenian dicha condicion. Otra de las situaciones advertidas fue la expedicion, por parte de los jueces, de mandatos de detencion con informacion recabada del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil (RENIEC), sin verificar previamente si los datos de identidad consignados en dicho mandato correspondian al de la persona procesada. De total de casos conocidos, 41 personas fueron privadas de su MORDAZA en base a la informacion obtenida del RENIEC a pesar de ser personas distintas a las buscadas por la justicia. Sexto.- La existencia de distintos criterios de los magistrados para resolver los casos de homonimia. En los casos atendidos por la Defensoria del Pueblo se ha podido observar diversos criterios de los magistrados para resolver las solicitudes de homonimia presentadas por los detenidos. Asi, en algunos casos, dichos pedidos fueron declarados improcedentes al no contarse con los datos de identidad de los procesados en el expediente judicial, vulnerandose de esta manera el derecho a la presuncion de inocencia. En virtud de este derecho, la carga de la prueba en los procesos de homonimia debe corresponder

al juez y no a la persona que alega ser homonima del requisitoriado. En otros casos, los magistrados del Poder Judicial aplicaron acertadamente el control de la legalidad a los mandatos de detencion ilegales, declarando la nulidad del mandato y la MORDAZA del detenido. Finalmente, tambien se pudo advertir casos de personas homonimas o con nombres similares al requisitoriado detenidas en base a mandatos de detencion con informacion del RENIEC, en los cuales los jueces optaron ­en algunas oportunidades­ por la exclusion del MORDAZA de las ciudadanas y ciudadanos detenidos, pero en otros casos resolvieron por no excluirlos sino por mantenerlos en el MORDAZA hasta su absolucion. Septimo.- Actuacion de la Defensoria del Pueblo ante la Oficina de Control de la Magistratura (OCMA) frente a la expedicion de mandatos de detencion ilegales. La Defensoria del Pueblo al advertir el incumplimiento por parte de los jueces de la Ley Nº 27411, modificada por la Ley Nº 28121, viene remitiendo a la OCMA desde el 2004, la relacion de mandatos de detencion sin datos de identidad con la finalidad de que dicho organo disponga el inicio de las investigaciones disciplinarias correspondientes contra quienes los expidieron. Durante el periodo 2004 - 2006, las Oficinas Distritales de Control de la Magistratura (ODICMA), han informado a la Defensoria del Pueblo, del inicio de 52 investigaciones de caracter disciplinario contra 17 Presidentes de MORDAZA Penales o Mixtas, 66 Jueces Penales o Mixtos, un secretario de sala y un auxiliar jurisdiccional. De estas investigaciones, 26 (50%) se encuentran en investigacion, pendientes de mayor informacion o de la recepcion de los descargos de los magistrados. En 18 casos (34.6%) se ha declarado no haber merito a investigacion disciplinaria; seis casos (11.5%) concluyeron con la absolucion de los magistrados investigados, y unicamente, en dos casos (3.9%) se ha aplicado una sancion disciplinaria a los magistrados investigados. Octavo.- Actividades de capacitacion realizadas por la Defensoria del Pueblo con operadores de la administracion de justicia. La Defensoria del Pueblo ha realizado diversos eventos de capacitacion dirigidos a funcionarios del Poder Judicial, Ministerio Publico, Policia Nacional y RENIEC, en temas vinculados con la "Problematica de la deficiente identificacion e individualizacion del presunto autor o participe del delito" y con el "Derecho a la identidad: alcances e implicancias en el MORDAZA penal". Estos eventos han permitido compartir el tema de la deficiente identificacion del imputado en el MORDAZA penal y han servido para que los participantes reflexionen y propongan mecanismos para superar la problematica. Entre las propuestas formuladas por los participantes cabe mencionar la obligacion para el personal policial de anexar a los atestados y partes policiales la hoja de datos de identificacion de la persona investigada, asi como la necesidad de recordar a los efectivos de la PNP que esta prohibido el decomiso del Documento Nacional de Identidad de las personas sujetas a investigacion. Las actividades de capacitacion tambien contribuyeron en parte a la disminucion del numero de mandatos de detencion ilegales. Noveno.- El problema normativo respecto a la entidad encargada de registrar los mandatos de detencion. Con la implementacion del Registro Nacional de Requisitorias del Poder Judicial, en la actualidad, la administracion de justicia penal cuenta con dos sistemas de informacion que registran las ordenes de captura, mandatos de detencion e impedimentos de salida del MORDAZA expedidos por los jueces: el Sistema de Identificacion de Personas de la Policia Nacional y el Registro Nacional de Requisitorias del Poder Judicial, los cuales ademas aun no se encuentran interconectados, hecho que viene

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