Norma Legal Oficial del día 23 de Marzo del año 2007 (23/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano MORDAZA, viernes 23 de marzo de 2007

NORMAS LEGALES
NATURALEZA MORDAZA DE MORDAZA

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DESCRIPCION

El Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversion en Infraestructura de Transporte de Uso Publico ­ OSITRAN; VISTOS:

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ADQUISICION DE VESTUARIO - BIENES ITEM DE PROTECCION Y SEGURIDAD PARA LA ADQUISICION UNICO OBRA: "MANTENIMIENTO Y REPOSICION DEL E.P.R.C.O. LURIGANCHO" ADQUISICION DE COMBUSTIBLE ITEM Y LUBRICANTES PARA LA OBRA: ADQUISICION UNICO "MANTENIMIENTO Y REPOSICION DEL E.P.R.C.O. LURIGANCHO" CONTRATACION DE ASISTENTE ITEM DE PLANILLA PARA LA OBRA: UNICO "MANTENIMIENTO Y REPOSICION DEL E.P.R.C.O. LURIGANCHO" SERVICIO

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El Informe Nº 010-07-GRE-GS-GAL-OSITRAN, asi como la comunicacion presentada por MORDAZA Airport Partners S.R.L. (LAP) ante OSITRAN, con fecha 25 de enero de 2007; asi como el proyecto de Resolucion de Consejo Directivo presentado por la Gerencia General al Consejo Directivo en su Sesion del 7 de marzo de 2007; CONSIDERANDO: Que, el 18 de septiembre del ano 2006, mediante diversas cartas, MORDAZA Airport Partners S.R.L. (LAP) comunico a las lineas aereas que, a partir del 1 de octubre del mismo ano, "(...) todo pasajero de llegada de un vuelo internacional que, conforme a ley, hubiera ingresado al MORDAZA, asi como todo pasajero de llegada de un vuelo domestico que salga del recinto de entrega de equipajes hacia la MORDAZA publica, en forma previa a su paso por los respectivos controles de embarque (seguridad y/o migraciones) deberan cumplir con pagar la Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto ­TUUA(internacional o domestica, segun corresponda)". Que, el 4 de octubre del ano 2006, mediante el Oficio Nº 1263-06-GS-OSITRAN, la Gerencia de Supervision solicito a LAP precisar si la TUUA se aplicaria a todos los pasajeros en MORDAZA o conexion, o solo a aquellos que decidan salir hacia la MORDAZA publica del Terminal. Que, el 12 de octubre del ano 2006, mediante la Carta Nº LAP. JAIS.2006.077.C, el Concesionario menciona que la TUUA solo se aplicara a aquellos pasajeros en MORDAZA o conexion que decidan salir a la MORDAZA publica del Terminal. Que, el 16 de noviembre del ano 2006, mediante correo electronico, Aerolineas MORDAZA Peru comunico a la Gerencia de Supervision, que LAP cobro la TUUA a diversos pasajeros en conexion nacional. Que, el 23 de noviembre del ano 2006, la Gerencia de Supervision realizo una Inspeccion No Programada relativa a la aplicacion de tarifarios, en cuya Acta se dejo MORDAZA que "(...) dos pasajeros en conexion nacional fueron requeridos a salir a la MORDAZA publica y pagar la TUUA". Adicionalmente, se requirio que "en un plazo de 3 dias, el Concesionario explicara su conducta, considerando que mediante la Carta Nº LAP. JAIS.2006.077.C, informo que solo cobra TUUA a pasajeros nacionales que voluntariamente deseen salir a la MORDAZA publica". Que, el 27 de noviembre del ano 2006, mediante la Carta Nº LAP-GCCO-C-2006-00155, LAP menciono que el Contrato de Concesion no lo obliga a proveer una infraestructura de MORDAZA para pasajeros de llegada nacional, por lo que el flujo operativo disenado por el Concesionario determina que estos, luego de recoger sus equipajes, pasen a la MORDAZA publica del AIJCH. Que, el 10 de enero del ano 2007, mediante el Oficio Nº 045-07-GS-OSITRAN, la Gerencia de Supervision comunico a LAP que, de oficio, la administracion propondria al Consejo Directivo una interpretacion del Contrato de Concesion del AIJHC, para evaluar y determinar la procedencia del cobro de la TUUA a los pasajeros nacionales en MORDAZA y conexion. Adicionalmente, la mencionada comunicacion solicito al Concesionario que remitiera la informacion adicional que considerara pertinente para dicha evaluacion. Que, el 25 de enero del ano 2007, mediante la Carta S/N, el Concesionario remitio la informacion adicional solicitada por la Gerencia de Supervision, mediante el Oficio Nº 045-07-GS-OSITRAN, indicando las razones por las que inicio el cobro de la TUUA a los pasajeros de vuelos domesticos con conexion. Que, de acuerdo al ambito de aplicacion de la TUUA que contiene el contrato de concesion del AIJCh, solo estan obligados a pagar dicha tarifa a LAP, aquellos pasajeros que se embarca originalmente en el AIJCh y que tiene a su disposicion la integridad de los servicios a que se refiere el Apendice 1 del Anexo 5.

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CONTRATACION DE SERVICIOS NO ITEM PERSONALES - ALMACENERO PARA LA 18 UNICO OBRA: "MANTENIMIENTO Y REPOSICION DEL E.P.R.C.O. LURIGANCHO" CONTRATACION DE SERVICIOS NO PERSONALES - ESPECIALISTA ITEM EN PROCESOS PARA LA OBRA: 19 UNICO "MANTENIMIENTO Y REPOSICION DEL E.P.R.C.O. LURIGANCHO" CONTRATACION DE SERVICIOS NO PERSONALES ADMINISTRADOR ITEM PARA LA OBRA: "MANTENIMIENTO UNICO Y REPOSICION DEL E.P.R.C.O. LURIGANCHO" SERVICIO DE CARPINTERIA DE MORDAZA ITEM PARA LA OBRA: "MANTENIMIENTO UNICO Y REPOSICION DEL E.P.R.C.O. LURIGANCHO" SERVICIO DE LIMPIEZA Y DESINFECCION PARA LA OBRA: "MANTENIMIENTO Y REPOSICION DEL E.P.R.C.O. LURIGANCHO" ITEM - SERVICIO DE LIMPIEZA 01 ITEM -SERVICIO DE DESINFECCION 02 COMPRA DE COMPUTADORAS ITEM E IMPRESORAS PARA LA OBRA: UNICO "MANTENIMIENTO Y REPOSICION DEL E.P.R.C.O. LURIGANCHO" SERVICIO DE ALQUILER DE CAMION DE ITEM 3 TON PARA LA OBRA: "MANTENIMIENTO UNICO Y REPOSICION DEL E.P.R.C.O. LURIGANCHO" SERVICIO DE ALQUILER DE EQUIPOS DE ITEM TELEFONIA RADIO-CELULAR PARA LA UNICO OBRA: "MANTENIMIENTO Y REPOSICION DEL E.P.R.C.O. LURIGANCHO"

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40530-1

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DE USO PUBLICO
Precisan la aplicacion del cobro de la Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto TUUA a pasajeros en vuelo domestico en el Aeropuerto Internacional MORDAZA MORDAZA
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 016-2007-CD-OSITRAN MORDAZA, 7 de marzo de 2007

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