Norma Legal Oficial del día 23 de Marzo del año 2007 (23/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 23 de marzo de 2007

objetivos estrategicos utilizando una estructura moderna, dinamica y eficiente en todo el Pliego Regional. Articulo Tercero.- OTORGAR un plazo de cuarenta y cinco (45) dias calendario, contado a partir de la promulgacion de la presente disposicion regional, para el cumplimiento por parte del Ejecutivo Regional de lo dispuesto en el Articulo MORDAZA de la presente ordenanza regional, a fin de permitir al Consejo Regional contar de manera oportuna y dentro de los plazos previstos en el Decreto Supremo Nº 043-2006, con la propuesta de documento de gestion correspondiente y el informe tecnico sustentatorio debidamente visado por la Gerencia General Regional. Articulo Cuarto.- CONFORMAR una Comision Especial a propuesta del Ejecutivo Regional para que planifique, formule, ejecute y evalue el MORDAZA de Reestructuracion Organica y Presupuestal del Gobierno Regional del departamento de Lambayeque. Registrese, comuniquese y cumplase MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado 39973-3

Institucionalizan Dia y Mes de la Mujer en el departamento de MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL N° 007-2007-GR.LAMB./CR Chiclayo, 2 de marzo de 2007 EL CONSEJERO DELEGADO DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA en su Sesion Extraordinaria de fecha 2 de marzo de 2007, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru garantiza en el inciso 2., de su Articulo 2° que toda persona tiene derecho a "la igualdad ante la ley. Nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religion, opinion, condicion economica o de cualquier otra indole". Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de derecho publico con autonomia politica, economica y administrativa, teniendo por mision organizar y conducir la gestion publica regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el MORDAZA de la politicas nacionales y sectoriales, para la contribucion del desarrollo integral y sostenible de la region, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplificacion administrativa. Que, el Articulo 4º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece como una de las finalidades esenciales de los Gobiernos Regionales el "...garantizar el ejercicio pleno de los derechos y de la igualdad oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo". Que, el Articulo 8º de la Ley en mencion, establece los principios rectores de la politica y gestion regional, los cuales se rigen, entre otros, por los principios de inclusion y equidad. Que, de conformidad con lo establecido en el Art. 29-A, Inc. 2. de la Ley N° 27867, modificado por la Ley Nº 27902, son funciones especificas de la Gerencia de Desarrollo Social de los Gobiernos Regionales "ejercer las funciones especificas regionales de educacion, cultura, ciencia y tecnologia, recreacion, deportes, salud, vivienda,

trabajo, promocion del empleo, pequena y microempresa, poblacion, saneamiento, desarrollo social e igualdad de oportunidades". Que, mediante Decreto Supremo Nº 009-2005MIMDES del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, se aprueba el Plan Nacional de Igualdades de Oportunidades entre Mujeres y Varones 2006 - 2010, cuyo objetivo es promover el desarrollo del MORDAZA mediante la participacion equitativa de varones y mujeres eliminando las brechas de genero mediante acciones afirmativas en salud, educacion, empleo, participacion politica, violencia familiar, en un MORDAZA de respeto por los derechos humanos. Que, mediante Decreto Supremo Nº 011-2004MIMDES, Articulo 12º inciso g), se senala que corresponde al MIMDES velar por el cumplimiento de la normatividad nacional e internacional que protege los derechos de la mujer. Que, en efecto, en los ultimos anos el Estado Peruano en cumplimiento de los acuerdos y compromisos internacionales, ha instaurado diversos mecanismos que tienen como objetivo contribuir en la formulacion y supervision de politicas publicas que garanticen el respeto a los derechos humanos de las mujeres. Que, el Acuerdo Nacional en su Politica Nº 11, se compromete a normar a favor de la igualdad de oportunidades aprobando el Plan Nacional de Igualdad de Oprtunidades Entre Mujeres y Varones 2006 ­ 2010, cuyo objetivo es promover el desarrollo del MORDAZA mediante la participacion equitativa de varones y mujeres, eliminando las brechas de genero mediante acciones afirmativas en la salud, educacion, empleo y participacion politica, en un MORDAZA de respeto por los derechos humanos. Que, en este MORDAZA se esta consolidando la rectoria del MIMDES, en los temas relativos al avance de las mujeres, la igualdad de oportunidades con equidad de genero y la superacion de la pobreza, como aspectos de medular importancia que contribuyen a redefinir la situacion de la mujer en el Peru. Que, en la realidad de nuestro MORDAZA los patrones culturales convertidos en creencias, mitos y perjuicios, continuan influyendo en la construccion de la identidad masculina y femenina, estableciendo roles diferenciados y status desiguales entre ambos sexos, constituyendose en obstaculos para la relacion democratica al interior de las familias, limitando el adelanto de las mujeres en todas las etapas de su ciclo de vida. Que, una de las influencias mas negativas de los patrones socioculturales de genero que limitan el desarrollo de las mujeres, es la violencia que se ejerce contra ellas. Son muchas las modalidades de violencia y diferentes los ambitos de desenvolvimiento donde esta se ejerce: Hogar, comunidad, instituciones publicas, centro laboral, medios de comunicacion, etc. Que, en MORDAZA la poblacion total asciende a 1'090,535 habitantes, de los cuales el 50.75% son mujeres. La pobreza afecta al 48% de la poblacion y, de este porcentaje, el 16.4 % son mujeres. Del total de pobres el 22.4% son pobres extremos, y se concentran en el area rural costera y MORDAZA alto MORDAZA del departamento. Que, la tasa de analfabetismo de las mujeres a nivel regional es del 10%, cinco puntos porcentuales mas que en el caso de los varones; sin embargo, en el area rural es de 22,6% ; tasa elevada que da cuenta de la situacion de la mujer en estas zonas del departamento de Lambayeque. Que, en MORDAZA, en cuanto a Casos de violencia familiar segun informe del MINDES ­ Centro de Emergencia Mujer, se reportaron en la provincia de Chiclayo, 168 casos; en la provincia de Ferrenafe 158 casos y en las provincia de MORDAZA 257 casos, todos en el ano 2006; las mujeres del tramo de edad de 26 a 45 anos son las que presentan mayor casos reportados sobre violencia familiar; sin embargo los casos sobre violencia intrafamiliar denunciados que salen a la luz son solo la punta del iceberg del problema, que se mantiene estable o con un ligero descenso que no resulta significativo, hay un porcentaje muy elevado de mujeres que no denuncian por considerar las agresiones como algo dentro de la normalidad y otras que no son conscientes de que estan siendo agredidas.

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