Norma Legal Oficial del día 23 de Marzo del año 2007 (23/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

El Peruano MORDAZA, viernes 23 de marzo de 2007

NORMAS LEGALES
ANEXO 02 CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES

342101

CODIGO

DESCRIPCION DE LA INFRACCION I II 3 3 3 2 12 6 GENERALIDADES Negarse u obstaculizar el control municipal o la inspeccion ocular. Agredir fisicamente o verbalmente a la autoridad municipal. Por negarse a proporcionar datos del establecimiento profesional, comercial, industrial o predio urbano. Por negarse a recepcionar y/o destruir una notificacion municipal. Por alterar pruebas documentales o declaraciones del interesado en el MORDAZA administrativo. Por realizar denuncias maliciosas carentes de fundamentos. Por brindar falsa informacion en un procedimiento administrativo. Por contravenir la disposicion municipal de clausura definitiva. GERENCIA GENERAL DE DESARROLLO MORDAZA OBRAS PRIVADAS Y FISCALIZACION MORDAZA Por provocar danos a otros predios y/o a la via publica debido a la inexistencia o deterioro en las instalaciones sanitarias o electricas. Por desacato a la notificacion municipal para realizar obras, demoliciones o reparaciones. Por alterar los proyectos de habilitacion MORDAZA aprobada. Por ejecutar construcciones sin contar con la licencia de obra. Por incumplir con el tarrajeo de los lotes colindantes. Por no exhibir la licencia de construccion en lugar visible. Por cambiar el uso de los predios sin la licencia de construccion de cambio de uso. Por realizar construcciones antirreglamentarias y/or no respetar las normas urbanisticas y/o de zonificacion vigente. Por no cercar terrenos sin construir o cercarlos con materiales precarios o no estipulados en el reglamento nacional de construcciones. Por construir rompemuelles, jibas u otros obstaculos similares en pistas o veredas. Por no contar con la autorizacion para la instalacion y/o conexion domiciliaria de agua y desague. Por no contar con la autorizacion municipal respectiva para la colocacion, traslado y/o retiro definitivo en la via publica de postes de servicio electrico o de telecomunicaciones. Por no contar con la autorizacion para la construccion y/o reconstruccion en la via publica de camaras subterraneas de registro de empresas de telefonia o de sub-estaciones subterraneas o aereas de empresa de energia electrica. Por no contar con la autorizacion para la construccion en la via publica de buzones de desague, buzones de inspeccion o la derivacion de pozos a tierra. Por hacerzanja en el pavimento (pistas o veredas) o sobre tierra para la instalacion de tuberias de agua, desague o canalizacion de ductos. Por no contar con la autorizacion para instalacion ,mantenimiento y/o reemplazo de redes aereas de energia electrica, telecomunicaciones, fibra optica, cable y otros. Por no contar con la autorizacion para la instalacion de cabinas telefonicas en la via publica. Por no contar con el certificado de conformidad de obra. Por no cumplir la empresa concesionaria de servicio publico con retirar el cableado subterraneo que ya no cumple con utilidad alguna. Por asignar al predio una numeracion distinta al oficial o sin autorizacion municipal. Por construir y/o cercar jardines y areas publicas. Por efectuar trabajos que destruyan las pistas, veredas y/o sardineles sin autorizacion municipal. Por efectuar construcciones sin autorizacion de la Junta de Propietarios en zonas de dominio comun o en areas de excepcion exclusiva que afecta a la MORDAZA de dominio comun o las fachadas del predio. Por ejecutar reparaciones deficiente de pistas, veredas y/o predios urbanos. No permitir el MORDAZA peatonal o vehicular, no mantener los espacios libres y/o exponer a los transeuntes a peligros derivados de acciones propias de la obra. Por dejar desmontes o materiales excedentes en la via publica. Por cercar o edificar en area resultante de alineamiento municipal. Por apertura de puertas sin autorizacion municipal. Por instalar y/o usar puertas de entradas en los terrenos sin construir. Por no tapiar o cercar construcciones en estado de abandono. Por efectuar obras civiles en general en zonas que no cuenten con habilitacion urbana. Por instalar antenas aereas de comunicacion y/o estacion remota de abonados y/o estacion base celular sin autorizacion municipal. Por no reponer las senales de MORDAZA existentes en la pista despues de la ejecucion de trabajos temporales en la via publica, debiendo senalizar nuevamente. Por hacer uso de la via publica para realizar mezcla de concreto o de otros materiales. Por modificar las bermas y veredas sin autorizacion municipal. Por no comunicar el inicio de las obras en area de uso publico. Por ejecutar obras en la via publica sin contar con la autorizacion municipal respectiva. Por omitir la colocacion de senales o dispositivos de seguridad, o por encontrarse deficiencias en los mismos. Por adulterar planos, especificaciones y demas documentos de una obra, que hayan sido previamente aprobados por la municipalidad provincial del callao. Por incumplimiento del propietario o de cualquier profesional responsable de cumplir con disposiciones o resoluciones emitidas por la municipalidad con relacion a habilitacion urbana. Por negar el acceso a la obra al inspector tecnico municipal. Por no contar con la presencia del profesional responsable de la obra en el momento de su ejecucion. Por no contar con el cuaderno de obra. Por Incumplimiento injustificado de las instrucciones indicadas en el cuaderno de obra por el inspector municipal. Por empleo de materiales defectuosos. Por ejecutar edificaciones en areas de terreno que no cuenten con habilitacion MORDAZA aprobada por la municipalidad. Por no adecuar urbanistica y arquitectonicamente las edificaciones sobre accesibilidad debidamente senalada para personas con discapacidad. Por realizar la subdivision de lotes y/o terrenos sin autorizacion municipal.

CATEGORIAS (%) UIT III IV 6 6 6 3 24 12 50 50 10 10 10 5 40 20

SANCION COMPLEMENTARIA V 20 20 20 10 80 40 Ejecucion de obra (tapiado)

00-001 00-002 00-003 00-004 00-005 00-006 00-007 00-008 01 01-001 01-002 01-003 01-004 01-005 01-006 01-007 01-008 01-009 01-010 01-011 01-012 01-013 01-014 01-015 01-016 01-017 01-018 01-019 01-020 01-021 01-022 01-023 01-024 01-025 01-026 01-027 01-028 01-029 01-030 01-031 01-032 01-033 01-034 01-035 01-036 01-037 01-038 01-039 01-040 01-041 01-042 01-043 01-044 01-045 01-046 01-047 01-048

2 2 2 1 8 4

15

25

30

65

100 100 Paralizacion de obra / demolicion Paralizacion de obra / demolicion 80 60 100 100 100 100 30 100 Demolicion / paralizacion Cancelacion de la autorizacion municipal Demolicion

20 30 40 60 10% del valor de las obra modificada sin autorizacion municipal 10% del valor de la obra ejecutada 15 25 35 50 12 20 25 35 15 25 35 60 20 30 40 60 15 20 30 25 20 30 30 30 80 40 30 40 70 65 30 65

100% por cada una 100% por cada una 70% por cada 100 m²y/o fraccion 70% x cada 100 m² y/o fraccion 20 50 % c/u 70% x cada 100 m² y/o fraccion 50 100 50 10 % de la valor de la obra ejecutada 10 10 15 15 30 30 50 50 100 100 80 100 80 80 80 Ejecucion de obra

Remocion Retiro de numeracion Demolicion/ paralizacion Ejecucion de obra Paralizacion de obra / demolicion

Remocion Remocion Demolicion

8 12 24 40 0 0 50 60 15 25 35 50 15 25 35 50 15 25 35 50 10 % de la valor de la obra ejecutada 100 100 50 100 100 200 100 100 200 100 200 200 200 300 10 % de la valor de la obra ejecutada

Paralizacion de Obra / remocion y/o demolicion Remocion/ paralizacion

Paralizacion Paralizacion/ demolicion Paralizacion/demolicion

Cancelacion de la autorizacion y/o licencia

Paralizacion Cancelacion de licencia Paralizacion de obra y demolicion

10 % de la Valor de la Obra liquidada por la GGDU De acuerdo al area del lote matriz subdividido segun la Demolicion de obra sgte. Tabla: de 201 m2 a 1000 m2=20%UIT de 1001m2 a 2500 m2=30% UIT de 2501m2 a 5000 m2=40% UIT de 5001m2 a 7500 m2=50% UIT de 7501m2 a 10000 m2=1UIT de 1Has a 5Has= 2 UIT de 5 Has a mas= 4 UIT Entre el 1 y 20% del valor estimado de la habilitacion Demolicion determinado por la GGDU 50% del valor del terreno en MORDAZA de habilit.segun Paralizacion de obra y demolicion arancel de area MORDAZA correspondiente, considerando el terreno como 1º categoria. 50% del valor del terreno en MORDAZA de habilit.segun arancel de area MORDAZA correspondiente, considerando el terreno como 1º categoria. 200

01-049 01-050 01-051 01-052

Por habilitar areas destinada a uso publico (vias, aportes). Por realizar habilitacion MORDAZA en terreno afectado a terceros (SERPAR). Por realizar habilitacion MORDAZA en zonas agricolas y/o denuncios mineros sin cambio de uso o autorizacion municipal. Por la venta de lotes de terreno, total o parcialmente y/o realizar construcciones sin la correspondiente autorizacion.

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