Norma Legal Oficial del día 29 de Marzo del año 2007 (29/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, jueves 29 de marzo de 2007

NORMAS LEGALES

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2. OBJETIVO : Establecer la oportunidad en que se debe ingresar la informacion contendida en las Actas de Incautacion e Inmovilizacion al Modulo del SIGEDA, a fin que pueda ser publicada en el MORDAZA de la SUNAT conforme a lo establecido en el articulo 184º del Reglamento de la Ley General de Aduanas. 3. BASE LEGAL: Ley de los Delitos Aduaneros, Ley Nº 28008, publicada el 19.06.2003, y normas modificatorias. Reglamento de la Ley de los Delitos Aduaneros, aprobado por Decreto Supremo Nº 121-2003-EF, publicado el 27.08.2003, y normas modificatorias. Texto Unico Ordenado de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Supremo Nº 129-2004-EF, publicado el 12.09.2004, y normas modificatorias. Reglamento de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2005-EF, publicado el 26.01.2005, y normas modificatorias. Procedimiento de Inmovilizacion-Incautacion y Sanciones Aduaneras IPCF-PE.00.01 aprobado por Resolucion de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 315-2006/SUNAT, publicado el 15.06.2006. 4.INSTRUCCIONES: El articulo 184° del Reglamento de la Ley General de Aduanas establece que la Autoridad Aduanera puede disponer medidas preventivas y transitorias de inmovilizacion o incautacion de mercancias, a fin de verificar el cumplimiento de las formalidades u obligaciones aduaneras o la comision de infracciones, y establece plazos para publicar en el MORDAZA de la SUNAT la informacion relativa a dichas acciones; tres (3) dias siguientes a la fecha de incautacion y/o inmovilizacion cuando dichas acciones son realizadas en las circunscripciones de las Intendencias de MORDAZA y seis (6) dias siguientes a la fecha de incautacion y/o inmovilizacion cuando son realizadas fuera de las mencionadas circunscripciones. En ese sentido, es necesario disponer acciones para que la informacion contenida en las actas de inmovilizacion e incautacion se encuentren oportunamente registradas en el Modulo SIGEDA, con el fin que pueda ser publicada en el MORDAZA de la SUNAT dentro de los plazos previstos por el articulo 184º del Reglamento de la Ley General de Aduanas. En uso de las facultades conferidas en la Resolucion de Superintendencia Nº 122-2003/SUNAT y en el inciso g) del articulo 23º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM, se dispone lo siguiente: a)El intendente designara al servidor aduanero responsable del registro en el Modulo SIGEDA de la informacion contenida en las actas de inmovilizacion o incautacion de mercancias, medios de transporte, bienes y efectos, dicha informacion debera ser registrada dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes de producida la diligencia, accion de control u operativo, cuando es ejecutada en la circunscripcion de las Intendencias de Lima; asimismo de tratarse de circunscripciones distintas a las mencionadas el plazo para el registro sera de setenta y dos (72) horas siguientes de producida la diligencia, accion de control u operativo. b)Tratandose de mercancias incautadas por la Policia Nacional del Peru u otras instituciones, el ingreso de la informacion al SIGEDA se realizara dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la recepcion de las mercancias por el personal designado por la Gerencia de Almacenes o almacen de la intendencia de aduana desconcentrada. El Intendente sera responsable de la ejecucion de la presente disposicion; asimismo debera disponer en la fecha, la actualizacion del Modulo SIGEDA de ser el caso. 5. ALCANCE: Las disposiciones previstas en la presente Circular seran aplicadas por las intendencias de aduana de la Republica, Intendencia de Prevencion del Contrabando y Control Fronterizo, Intendencia de Fiscalizacion y

Gestion de Recaudacion Aduanera y la Gerencia de Almacenes. 6. VIGENCIA: A partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano y mantendra su vigencia en tanto se modifique el procedimiento de Inmovilizacion-Incautacion y Sanciones Aduaneras en lo que corresponda. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA QUINE Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria 43099-1

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion de servicios para llevar a cabo prueba de conocimientos y aptitudes dentro del MORDAZA de contrataciones de docentes del Sector Educacion - 2007
ACUERDO REGIONAL N° 016-2007-CR/GRC-CUSCO El Consejo Regional en Sesion Extraordinaria de fecha quince de marzo del dos mil siete reunido por convocatoria del senor Consejero Delegado MORDAZA MORDAZA Tamayo y con la presencia del senor Vicepresidente encargado de la Presidencia Regional Lic. MORDAZA MORDAZA y los Consejeros Regionales senores MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Pulla, Berly MORDAZA, Wilver MORDAZA, MORDAZA Dumas, MORDAZA Montalvo; sometio a debate y acordo lo siguiente: CONSIDERANDO Que, el Director Regional de Educacion MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicito a la Gerencia de Desarrollo Social mediante Oficio Nº 971-2007-DREC/SEC que en Sesion de Consejo Regional se debata y acuerde la exoneracion del MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva para la contratacion de Servicios, con la finalidad de aplicarse la prueba de conocimientos y aptitudes a los docentes dentro del MORDAZA de contrataciones 2007 en el sector educacion. Peticion que es tramitada por la Gerencia de Desarrollo Social mediante Oficio 109-2007GRCUSCO/GRDS cursada por el Magister MORDAZA Alosilla al despacho del Consejero Delegado adjuntando el Informe Nº 058-2007GRCUSCO/ORAJ presentado por el Director Regional de Asesoria Juridica doctor MORDAZA MORDAZA Ochoa. Que, la documentacion en referencia ha sido puesta a consideracion de los senores Consejeros de acuerdo al reglamento habiendose presentado la Mocion de Orden del Dia por el senor Consejero Regional MORDAZA MORDAZA MORDAZA la misma que sometida a debate y votacion se aprueba a efecto de que se emita el presente Acuerdo Regional con arreglo a norma. Que, en Sesion de Consejo se ha recibido el informe oral presentado por el Director de la Oficina de Asesoria Juridica de la Direccion Regional de Educacion doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA quien ha expuesto los fundamentos y antecedentes administrativos asi como el detalle de las normas legales pertinentes. Que, el articulo 20 la Ley de Contratacion y Adquisiciones del Estado dispone que el Consejo

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