Norma Legal Oficial del día 12 de Mayo del año 2007 (12/05/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, sabado 12 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

345049

por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE, publicado por Resolucion Ministerial Nº 341-2005-PRODUCE; En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por los senores MORDAZA DE LA MORDAZA PAIVA URCIA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solo en el extremo referido a los derechos administrativos de la embarcacion MORDAZA SAN MORDAZA II de matricula PL-2736-CM, en la extraccion de los recursos jurel y caballa para el destino de consumo humano directo, otorgado por Resolucion Directoral Nº 174-2003PRODUCE/DNEPP del 30 de junio del 2003. Articulo 2º.- Otorgar a los senores MORDAZA DE LA MORDAZA PAIVA URCIA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, autorizacion de incremento de flota para construir una nueva embarcacion de 66.94 m3 de capacidad de bodega, para la extraccion de los recursos anchoveta para consumo humano directo e indirecto, y el recurso sardina para el consumo humano directo, utilizando redes de cerco con tamano minimo de malla de ½" pulgada (13 mm) y 1 ½" pulgadas (38 mm), respectivamente, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas de la costa, via sustitucion y aplicacion de los derechos administrativos y de las capacidades de bodega de las embarcaciones operativas, SOLO MORDAZA CON SU PODER 2 de matricula PL-13091-CM con 33.20 m3 de capacidad de bodega y MORDAZA SAN MORDAZA II de matricula PL-2736-CM, con 33.74 m3 de capacidad de bodega, cuyos permisos de pesca fueron otorgados mediante Resolucion Directoral Nº 020-2000-PRE/P y la Resolucion Directoral Nº 174-2003-PRODUCE/DNEPP, respectivamente. Articulo 3º.- La autorizacion otorgada por el articulo precedente tendra un plazo de vigencia de dieciocho (18) meses. Vencido dicho plazo, la citada autorizacion de incremento de flota caducara de pleno derecho, sin que sea necesaria para ello la notificacion por parte del Ministerio de la Produccion. Articulo 4º.- Ejecutada la construccion de la nueva embarcacion pesquera, dentro de los plazos previstos y senalados en el articulo precedente, los senores MORDAZA DE LA MORDAZA PAIVA URCIA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, deberan solicitar dentro del plazo MORDAZA de tres (3) meses, el permiso de pesca respectivo; bajo sancion de caducidad de pleno derecho de los permisos de pesca de las embarcaciones pesqueras a ser sustituidas, sin que sea necesario para ello la notificacion alguna por parte del Ministerio de la Produccion. Articulo 5º.- Las embarcaciones pesqueras SOLO MORDAZA CON SU PODER 2 de matricula PL-13091-CM con 33.20 m3 de capacidad de bodega y MORDAZA SAN MORDAZA II de matricula PL-2736-CM, con 33.74 m3 de capacidad de bodega, con derechos administrativos otorgados mediante la Resolucion Directoral Nº 0202000-PRE/P y la Resolucion Directoral Nº 174-2003PRODUCE/DNEPP, respectivamente, consignadas en el Anexo I, de la Resolucion Ministerial Nº 285-2003PRODUCE, podran operar hasta que la embarcacion objeto de la presente autorizacion de incremento de flota se encuentre en condiciones de efectuar faenas de pesca; para lo cual, previo al otorgamiento del permiso de pesca de la nueva embarcacion, debera procederse a los desguaces de las embarcaciones sustituidas, conforme a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 004-2007-PRODUCE. Articulo 6º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es: www.produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero

Disponen acatar mandato judicial mediante el cual se concede medida cautelar que declara provisionalmente la vigencia de resolucion que amplia permiso de pesca a persona juridica
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 191-2007-PRODUCE/DGEPP
MORDAZA, 4 de MORDAZA del 2007 Visto la Resolucion Nº DOS de fecha 16 de marzo del 2007, expedida por el MORDAZA Juzgado Especializado en lo Civil de la Corte Superior de Justicia del MORDAZA, en los seguidos por CORPORACION PALMAR S.A.C. sobre Medida Cautelar y MORDAZA de Accion de MORDAZA contra el Ministerio de la Produccion; CONSIDERANDO: Que a traves de la Resolucion Directoral Nº 263-97PE/DNE de fecha 24 de diciembre de 1997, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado a la EMPRESA SERVICIOS Y MANTENIMIENTOS NAVALES S.A., para operar la embarcacion pesquera denominada MORDAZA 2 con matricula CO-15711-CM, con 150.94 m3 de capacidad de bodega, para la extraccion de los recursos hidrobiologicos jurel y caballa para consumo humano directo, equipada con redes de cerco de 1 ½ pulgada (38 mm.) de longitud minima de abertura de malla, utilizando hielo como sistema de preservacion a bordo en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas de la costa; Que mediante Resolucion Directoral Nº 058-2001-PE/ DNE, se modifica en virtud a la solicitud de modificacion de la resolucion autoritativa por cambio de denominacion de puerto y MORDAZA servicio en la matricula y nombre de la embarcacion pesquera aprobada el 14 de diciembre del 2000, el permiso de pesca para operar la embarcacion MORDAZA 2 con matricula CO-15711-CM, otorgado por Resolucion Directoral Nº 263-97-PE/DNE; entendiendose la denominacion de la embarcacion como PALBER 2 con matricula CE-15711-PM; asimismo, se aprobo el cambio de titular del permiso de pesca otorgado por Resolucion Directoral Nº 263-97-PE/DNE y modificada en los terminos expuestos en el articulo anterior para operar la embarcacion pesquera PALBER 2 (ex MORDAZA 2), en los mismos terminos y condiciones a favor de los armadores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y su conyuge MORDAZA MORDAZA URCIA; Que a traves de la Resolucion Viceministerial Nº 0112002-PRODUCE/DVM-PE del 26 de septiembre del 2002, se declaro fundado el recurso de apelacion interpuesto por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra la Resolucion Directoral Nº 045-95-PE/DNE. Asimismo, amplio el permiso de pesca a plazo determinado otorgado por Resolucion Directoral Nº 263-97-PE/DNE modificado por Resolucion Directoral Nº 058-2001-PE/DNE al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA y a su conyugue MORDAZA MORDAZA URCIA para operar la embarcacion pesquera denominada PALBER 2 con matricula CE-15711-PM de 150.94 m3 de volumen de capacidad de bodega oficial, con MORDAZA con hielo como medio de preservacion a bordo, equipada con redes de cerco de ½ pulgada (13 mm.) y 1 ½ pulgadas (38 mm.) de longitud minima de abertura de malla, segun corresponda, para la extraccion de los recursos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto, adicionalmente a los recursos autorizados por la Resolucion citada, en aguas jurisdiccionales peruanas fuera de las cinco millas de la costa; Que asimismo, por Resolucion Ministerial Nº 1382003-PRODUCE, se declaro la nulidad de la Resolucion Viceministerial Nº 011-2002-PRODUCE/DVM-PE, que declaro fundado el recurso de apelacion interpuesto por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra la Resolucion Directoral Nº 045-95-PE/DNE; y amplio el permiso de pesca a plazo determinado otorgado por Resolucion Directoral Nº 263-97-PE/DNE modificado por Resolucion Directoral Nº 058-2001-PE/DNE al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA y a su conyuge MORDAZA MORDAZA URCIA para operar la embarcacion pesquera denominada PALBER 2 con matricula CE-15711-PM de 150.94 m3 de volumen de capacidad de bodega oficial, con MORDAZA con hielo como medio de preservacion a bordo, equipada con redes de cerco de ½ pulgada (13 mm.) y 1 ½ pulgadas (38 mm.) de longitud minima de abertura de malla, segun corresponda, para la extraccion de los recursos anchoveta y sardina con destino al consumo

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