Norma Legal Oficial del día 12 de Mayo del año 2007 (12/05/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 12 de MORDAZA de 2007

La presente Circular entra en vigencia a partir del dia de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, y deja sin efecto la Circular Nº 003-2007-BCRP. MORDAZA ROSSINI MINAN Gerente General

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vigente dispone, las mismas que requieren de publicidad, esencial para su vigencia; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica y en uso de las facultades conferidas por el articulo 11º de la Ley Nº 26497, Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil y el articulo 11º inciso h) del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Institucion, aprobado por Resolucion Jefatural Nº 050-2007-JEF/ RENIEC; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar, en via de regularizacion, la delegacion de las funciones registrales establecidas en los literales a, b, c, i, l, m, n, o y q del articulo 44° de la Ley N° 26497, Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, asi como las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante la delegacion a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolucion, a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Comunidad MORDAZA de TRES ISLAS, Distrito y Provincia de Tambopata del Departamento de MORDAZA de Dios. Articulo 2°.- El Jefe de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Comunidad MORDAZA mencionada en el articulo precedente, queda encargado de las funciones registrales cuya delegacion se autoriza; asi como de las acciones administrativas que correspondan para llevar adelante la delegacion funcional dispuesta, cenida a la normatividad sustantiva y registral vigente, bajo la supervision y control del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 3°.- El Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, a traves de la Subgerencia de Registros del Estado Civil, proporcionara los libros de nacimiento y defuncion, a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Comunidad MORDAZA de TRES ISLAS, cuya delegacion de facultades registrales se aprueba con la presente Resolucion; asi como tambien correspondera a dicha Subgerencia, orientar e impartir instrucciones a esta, a fin que el procedimiento registral se realice en concordancia con las normas legales, reglamentarias y administrativas, que regulan las inscripciones en los Registros de Estado Civil. Articulo 4°.- Asimismo, la Subgerencia de Registros del Estado Civil proveera del respectivo libro de matrimonio, a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Comunidad MORDAZA de TRES ISLAS, cuando esta cumpla con remitir MORDAZA del Acta de Asamblea Comunal, mediante el cual se ha conformado el Comite Especial, a que hace referencia el articulo 262° del Codigo Civil. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan delegacion de funciones registrales a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Comunidad MORDAZA de Tres Islas, distrito y provincia de Tambopata
RESOLUCION JEFATURAL N° 426-2007-JEF/RENIEC
MORDAZA, 9 de MORDAZA de 2007 VISTOS: el Informe N° 000738-2007/SGREC/GOR/ RENIEC, emitido por la Subgerencia de Registros del Estado Civil y el Informe N° 000574-2007-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, para el ejercicio de sus funciones, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil mantiene estrecha y permanente coordinacion con diversas entidades, como las Municipalidades Provinciales, Distritales, de Centros Poblados, Comunidades Campesinas y Nativas reconocidas, y cualquier otra dependencia, instancia o entidad, publica o privada, cuando ello fuese necesario, conforme lo establece el articulo 8° de la Ley N° 26497; Que, por Resolucion Jefatural N° 023-96-JEF de fecha 03 de MORDAZA de 1996, se delego las funciones registrales contenidas en el articulo 44° de la Ley N° 26497, a las Oficinas de Registro de Estado Civil de la Republica ubicadas, entre otras instituciones, en las Municipalidades Provinciales, Distritales y de las Comunidades Nativas, debidamente autorizadas; Que, a traves del Decreto Supremo N° 015-98-PCM de fecha 23 de MORDAZA de 1998, se aprobo el Reglamento de las Inscripciones del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, MORDAZA que regula la inscripcion de los hechos relativos al estado civil de las personas, disponiendo a su vez que el Sistema Registral esta integrado, entre otros organismos, por las Oficinas Registrales encargadas del procesamiento registral y demas funciones inherentes al Registro de Estado Civil, que la Alta Direccion del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil estime conveniente; Que, el articulo 20° del Decreto Ley N° 22175 ­ Ley de Comunidades Nativas y de Desarrollo Agrario de la MORDAZA y de Ceja de MORDAZA, establece que en cada una de las Comunidades Nativas debe haber una Oficina de Registro de Estado Civil; Que, en cuanto al matrimonio civil en las Comunidades Nativas, el articulo 262° del Codigo Civil senala que este se tramita y celebra ante un Comite Especial, el que debe estar constituido por la autoridad educativa e integrado por los dos directivos de mayor jerarquia de la respectiva comunidad, el cual sera presidido por el directivo de mayor jerarquia; Que, la Subgerencia de Registros del Estado Civil, a traves del Informe N° 000738-2007/SGREC/GOR/RENIEC, senala que la Comunidad MORDAZA de TRES ISLAS no ha presentado Acta de Conformacion de Comite Especial, a que se refiere el considerando precedente; Que, la Comunidad MORDAZA a que se refiere el informe del visto, ha formalizado expediente de regularizacion de Oficina Registral en su respectiva localidad, el mismo que se encuentra debidamente complementado, por lo que corresponde la aprobacion de la delegacion de funciones, que establezca la vinculacion funcional que la normatividad

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Aprueban MORDAZA de Tramitacion y Expedicion del DNI, en forma gratuita, que beneficiara a 100,000 menores de edad en situacion de vulnerabilidad
RESOLUCION JEFATURAL Nº 437-2007-JEF/RENIEC
MORDAZA, 11 de MORDAZA de 2007 VISTOS: El Informe Nº 038-2007-PRIAS-GOR/RENIEC, emitido por el Programa de Restitucion de la Identidad y Apoyo Social; el Oficio Nº 1063-2007/GPP/RENIEC, emitido por la Gerencia de Planificacion y Presupuesto y el Informe Nº 000650-2007/GAJ/RENIEC emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil es un organismo constitucionalmente MORDAZA, encargado de manera exclusiva y excluyente de las funciones de organizar y actualizar el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, asi como de inscribir los hechos y actos relativos a la capacidad y estado civil; Que, de conformidad con el Articulo IX del Titulo Preliminar del Codigo de los Ninos y Adolescentes, en toda

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