Norma Legal Oficial del día 12 de Mayo del año 2007 (12/05/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 12 de MORDAZA de 2007

PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY Nº 29014
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la Republica; ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

DISPOSICION TRANSITORIA UNICA.- Reglamentacion de la Ley Nº 26953 En un plazo no mayor de sesenta (60) dias calendario, computados a partir de la vigencia de la presente Ley, mediante decreto supremo refrendado por los Ministros de Economia y Finanzas y de Comercio Exterior y Turismo, se debera cumplir con emitir el reglamento de la Ley Nº 26953, Ley de Creacion del Centro de Exportacion, Transformacion, Industria, Comercializacion y Servicios - CETICOS Loreto. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los cuatro dias del mes de MORDAZA de dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los once dias del mes de MORDAZA del ano dos mil siete MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros

LEY QUE ADSCRIBE LOS CETICOS DE ILO, MATARANI Y PAITA A LOS GOBIERNOS REGIONALES DE MORDAZA, MORDAZA Y PIURA; LA ZOFRATACNA AL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA; Y ZEEDEPUNO AL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Articulo 1º.- Objeto de la Ley Adscribanse los Centros de Exportacion, Transformacion, Industria, Comercializacion y Servicios - CETICOS de Ilo, Matarani y Paita a los Gobiernos Regionales de MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA, respectivamente; el Comite de Administracion de la MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Comercial de Tacna ­ ZOFRATACNA al Gobierno Regional de Tacna; y el Comite de Administracion de la MORDAZA Economica Especial de MORDAZA ­ ZEEDEPUNO al Gobierno Regional de Puno. Estas entidades mantendran la personeria juridica de derecho publico, autonomia administrativa, tecnica, economica, financiera y operativa, otorgada por la Ley Nº 28569, Ley que otorga autonomia a los CETICOS; Ley Nº 27688, Ley de MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Comercial de Tacna; Ley Nº 28864, Ley de la MORDAZA Economica Especial de MORDAZA ­ ZEEDEPUNO, asi como por sus normas de creacion y las que regulan su organizacion y su funcionamiento. El Centro de Exportacion, Transformacion, Industria, Comercializacion y Servicios ­ CETICOS MORDAZA, creado por la Ley Nº 26953, sera adscrito al Gobierno Regional de MORDAZA, una vez que se emita el reglamento de la mencionada MORDAZA, manteniendo su personeria juridica y autonomia en los mismos terminos y condiciones establecidos en el MORDAZA parrafo para los CETICOS de Ilo, Matarani y Paita; para ZOFRATACNA y para ZEEDEPUNO. Articulo 2º.- Funciones de los Gobiernos Nacional y Regional El Gobierno Nacional propondra la politica de las Zonas Francas, de las de Tratamiento Especial Comercial, de las Zonas Especiales de Desarrollo, de las Zonas Economicas Especiales y de los Centros de Exportacion, Transformacion, Industria, Comercializacion y Servicios ­ CETICOS; asimismo supervisara y regulara el funcionamiento de estos organismos, respetando su autonomia. Los gobiernos regionales se encargaran, de conformidad con las normas aplicables a su gestion, de supervisar la administracion, la promocion y desarrollo de los organismos referidos en el primer parrafo, en sus respectivos ambitos territoriales. Articulo 3º.- Reglamentacion Mediante decreto supremo, refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, los Ministros de Economia y Finanzas y de Comercio Exterior y Turismo y con la opinion previa de los respectivos gobiernos regionales, se dictaran las normas reglamentarias y complementarias para la adecuada implementacion de lo dispuesto por la presente Ley. Articulo 4º.- Normas derogatorias Deroganse o dejanse sin efecto, segun corresponda, las disposiciones que se opongan a la presente Ley.

59774-1

LEY Nº 29015
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO El Congreso de la Republica; ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE DESACTIVA LA AUTORIDAD AUTONOMA DEL PROYECTO "PLAYA MORDAZA ­ TUMBES" Y TRANSFIERE INMUEBLES A LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TUMBES
Articulo 1°.- Desactivacion de la Autoridad Autonoma de Playa Hermosa-Tumbes Desactivase y en consecuencia extinguese la Autoridad Autonoma del Proyecto Playa MORDAZA ­ Tumbes, creada mediante Ley Nº 27782 como organismo publico adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ­ MINCETUR. Articulo 2°.- Transferencia de inmuebles Transfierense todos los inmuebles de propiedad del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ­ MINCETUR, que se encuentran ubicados en la MORDAZA de ejecucion del Proyecto Playa MORDAZA ­ Tumbes y que estan comprendidos en su Plan Maestro, a la Municipalidad Provincial de Tumbes. Asimismo, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR efectuara la transferencia del acervo documentario correspondiente. Articulo 3°.- Destino de los inmuebles La Municipalidad Provincial de Tumbes, en el MORDAZA de las normas que regulan su organizacion y funciones, definira el uso y destino de los inmuebles que se encuentran ubicados en la MORDAZA designada para la ejecucion del Proyecto Playa MORDAZA ­ Tumbes, los cuales comprenderan, necesariamente, la ejecucion de proyectos que promuevan el desarrollo local. La Municipalidad Provincial de Tumbes dispone del plazo de un (1) ano, contado desde la entrada en

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