Norma Legal Oficial del día 12 de Mayo del año 2007 (12/05/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 12 de MORDAZA de 2007

prevalece la conservacion del acto, procediendose a su enmienda por la propia autoridad emisora"; Que, contando con el MORDAZA aprobatorio del Directorio de las Gerencias Regionales; Que, por lo expuesto y en uso de las atribuciones y facultades conferidas por la Ley N° 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias - Leyes N° 27902 y N° 28013 y con las visaciones de la Oficina Regional de Asesoria Legal, del Directorio de las Gerencias Regionales y Gerencia General Regional del Gobierno Regional San Martin; SE RESUELVE: Articulo Primero.INCORPORASE como parte integrante del Decreto Regional Nº 001-2007-GRSM/ PGR, del 4 de enero del 2007, la descripcion objeto de exoneracion senalado en el articulo 2º Decreto de Urgencia Nº 003-2007:
MORDAZA DE SELECCION BIENES ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA. ADQUISICION DE COMBUSTIBLE.

Articulo Primero.- DECLARAR que como resultado de la eleccion universal y democratica, ha sido elegida Consejera-Delegada del Consejo Regional de Tacna la Licenciada MORDAZA MORDAZA DE CHENGUAYEN, para el periodo 2007. Articulo Segundo.- REMITASE copias del presente a la Presidencia y Vicepresidencia del Gobierno Regional de Tacna, asi como a la Gerencia General Regional, para su conocimiento y fines pertinentes. Articulo Tercero.- PUBLICAR el presente, el Diario Oficial El Peruano y difundase su contenido en el MORDAZA Electronico de la institucion, conforme lo dispone el Art. 42º de la LOGR. POR TANTO: Mando se registre, publique, cumpla y archive. MORDAZA MORDAZA DE CHENGUAYEN Consejera Delegada del Consejo Regional de Tacna

· Para el uso de maquinarias destinadas a la rehabilitacion de las Zonas afectadas de la trocha carrozable entre los tramos de Puerto Los Angeles-Los Angeles-Quillohalpa. · Para el transporte de bienes que constituyen ayuda para la poblacion afectada por las inundaciones de las siguientes localidades: provincia de Mariscal MORDAZA y provincia de Tocache. · Para los trabajos de Emergencia Vial en la Carretera Pongo-Barranquita. · Para las jornadas realizadas por el Comite Provincial de Defensa Civil en la MORDAZA del Bajo Huallaga. VALOR REFERENCIAL FUENTE DE FINANCIAMIENTO DESCRIPCION BASICA S/. 69, 350.00 (Sesenta y nueve mil trescientos cincuenta y 00/100 nuevos soles). RECURSOS ORDINARIOS. PETROLEO 3, 800 galones. Gasolina de 84 oct. 1, 406 galones.

58973-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ATE
Establecen puesta en vigencia de Beneficio Extraordinario de caracter temporal consignado en la Primera Disposicion Transitoria de la Ordenanza N° 126-MDA, modificada por la Ordenanza N° 135MDA
ORDENANZA N° 148 - MDA Ate, 25 de MORDAZA de 2007

Articulo Segundo.- ENCARGUESE al Secretario General del Gobierno de San MORDAZA la publicacion en el MORDAZA electronico del Gobierno Regional, el Diario Oficial El Peruano el contenido del presente Decreto Regional. Articulo Tercero.- COMUNIQUESE al SEACECONSUCODE el presente Decreto Regional. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional

EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE El Concejo Distrital de Ate, en Sesion Ordinaria convocada para la fecha; visto el Dictamen N° 002-MDACDU-2007 de la Comision de Desarrollo MORDAZA, por el que recomienda al Honorable Concejo la aprobacion del Beneficio Extraordinario de Caracter Temporal establecido en la Primera Disposicion Transitoria de la Ordenanza N° 126-MDA modificada por la Ordenanza N° 135-MDA. CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Estado en su Art. 194º (modificado por la Ley N° 27680), establece que las Municipalidades son organos de Gobierno Local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, dispone en su Titulo Preliminar Art. IV, que los Gobiernos Locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico con los incisos 3.2 y 3.5 del numeral 3) y ultimo parrafo del Art. 79° del referido cuerpo legal. Que, mediante Ordenanza N° 126-MDA, de fecha 8 de octubre del 2006, se establecio el procedimiento de otorgamientos de MORDAZA de Posesion para los Beneficiarios de las Leyes N° 28687 y N° 28685, Ley de Desarrollo y Complementaria de Formalizacion de la Propiedad Informal, Acceso al suelo y dotacion de Servicios Basicos, y la Ley de Declaracion de Abandono legal de tierras de Comunidades Campesinas de la Costa ocupadas por Asentamientos Humanos y otras posesiones Informales, respectivamente, estableciendose en su Art. 3° como Derechos Municipales que tendran que abonar las personas para la expedicion de la MORDAZA de Posesion (inciso a), por derecho de tramite e inspeccion ocular la suma de S/. 50.00 Nuevos Soles ­ 1,47% UIT, como unico pago. Que, en la Primera Disposicion Transitoria de la acotada MORDAZA se dispuso el Beneficio Extraordinario del descuento del 50% de los derechos fijados en el Art. 3° de dicha MORDAZA legal, a los solicitantes que se acojan al tramite referido durante los primeros 30 dias calendario. Que, mediante Ordenanza N° 135-MDA, de fecha 18/12/06,

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GOBIERNO REGIONAL DE TACNA
Declaran resultado de eleccion de Consejera Delegada del Consejo Regional de Tacna
ACUERDO DEL CONSEJO REGIONAL Nº 002-2007-CR/GOB.REG.TACNA
Tacna, 9 de febrero del 2007 El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, en sesion de la fecha, tomo el siguiente Acuerdo: CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28968 que modifica la undecima disposicion transitoria, complementaria y final de la Ley Nº 27867 Ley Organica de los Gobiernos Regionales; dispone que, "Anualmente los Consejeros Regionales eligen entre ellos a un Consejero Delegado que convoca y preside las Sesiones del Consejo Regional; lo representa y tramita sus acuerdos, el cual es elegido por mayoria simple."; Por lo expuesto, estando a lo debatido y aprobado por el Pleno, en Sesion de fecha nueve de febrero del ano en dos mil siete; en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de los Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nºs. 27902 y 28968, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna; ACUERDA:

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