Norma Legal Oficial del día 13 de Mayo del año 2007 (13/05/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 13 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

345171

Jefatura Nacional la creacion y autorizacion de las que fuere necesarias; Que, el articulo 20° del Decreto Ley N° 22175 ­ Ley de Comunidades Nativas y de Desarrollo Agrario de la MORDAZA y de Ceja de MORDAZA, establece que en cada una de las Comunidades Nativas debe haber una Oficina de Registro de Estado Civil; Que, en cuanto al matrimonio civil en las Comunidades Nativas, el articulo 262° del Codigo Civil, senala que este se tramita y celebra ante un Comite Especial, el que debe estar constituido por la autoridad educativa e integrado por los dos directivos de mayor jerarquia de la respectiva comunidad, el cual sera presidido por uno de los directivos de mayor jerarquia de la comunidad; Que, la Subgerencia de Registros del Estado Civil, a traves del Informe N° 000655-2007/SGREC/ GOR/RENIEC, senala que la Comunidad MORDAZA PORVENIR no ha presentado Acta de Conformacion de Comite Especial, a que se refiere el considerando precedente; Que, la Oficina Registral que funciona en la Comunidad MORDAZA a que se refiere el informe del visto, ha formalizado el expediente de regularizacion de Oficina Registral en su respectiva localidad y cuenta con el visto MORDAZA de la Subgerencia de Registros del Estado Civil, por lo que corresponde la aprobacion de la delegacion de funciones, que establezca normativamente la vinculacion funcional, las mismas que requieren de publicidad, esencial para su vigencia; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica y en concordancia con el articulo 11º de la Ley Nº 26497, y el articulo 11º inciso h) del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Institucion, aprobado por Resolucion Jefatural Nº 050-2007-JEF/RENIEC; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar, en via de regularizacion, la delegacion de las funciones registrales establecidas en los literales a, b, c, i, l, m, n, o y q del articulo 44° de la Ley N° 26497, asi como las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante la delegacion a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolucion, a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Comunidad MORDAZA Porvenir, Distrito de Barranca, Provincia de Alto Amazonas, Departamento de Loreto. Articulo 2°.- El Jefe de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Comunidad MORDAZA mencionada en el articulo precedente, queda encargado de las funciones registrales cuya delegacion se autoriza; asi como de las acciones administrativas que correspondan, cenidamente a la normatividad sustantiva y registral vigente, bajo la supervision y control del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 3°.- El RENIEC, a traves de la Subgerencia de Registros del Estado Civil, proporcionara los libros de nacimiento y defuncion, a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Comunidad MORDAZA PORVENIR, cuya delegacion de facultades registrales se aprueba con la presente Resolucion; asi como tambien correspondera a dicha Subgerencia, orientar e impartir instrucciones a esta, a fin que el procedimiento registral se realice en concordancia con las normas legales, reglamentarias y administrativas, que regulan las inscripciones en los Registros de Estado Civil. Articulo 4°.- Asimismo, la Subgerencia de Registros del Estado Civil proveera del respectivo libro de matrimonio, a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Comunidad MORDAZA PORVENIR, cuando esta cumpla con remitir MORDAZA del Acta de Asamblea Comunal, mediante el cual se ha conformado el Comite Especial, a que hace referencia el articulo 262° del Codigo Civil, segun corresponda. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 59024-3

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan a la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito de Sullana S.A. la apertura de oficina especial en el distrito y provincia de Chepen, departamento de La MORDAZA
RESOLUCION SBS Nº 512-2007 MORDAZA, 2 de MORDAZA del 2007 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito de Sullana S.A. para que se le autorice la apertura de una Oficina Especial ubicada en el distrito y provincia de Chepen, departamento de La Libertad; y, CONSIDERANDO: Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentacion correspondiente para la apertura de la citada oficina; y, Estando a lo informado por el Departamento de Evaluacion Microfinanciera "B", mediante Informe Nº 1272007-DEM "B"; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, en la Circular Nº CM-0334-2005 y sus modificatorias y en uso de las facultades delegadas mediante Resolucion SBS Nº 1096-2005 del 25 de MORDAZA de 2005; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito de Sullana S.A. la apertura de una Oficina Especial ubicada en MORDAZA MORDAZA Nº 471, distrito y provincia de Chepen, departamento de La Libertad. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas 59063-1

Autorizan viaje de funcionario a MORDAZA para participar en el MORDAZA sobre Riesgo Operativo en Basilea II
RESOLUCION SBS N° 564-2007 MORDAZA, 10 de MORDAZA de 2007 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La convocatoria cursada a esta Superintendencia por la Asociacion de Supervisores Bancarios de las Americas (ASBA), con el fin de participar en el MORDAZA sobre Riesgo Operativo en Basilea II, organizado por la citada entidad y el Financial Stability Institute (FSI), el mismo que se llevara a cabo del 15 al 17 de MORDAZA de 2007 en la MORDAZA de MORDAZA de MORDAZA, Republica de Chile;

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