Norma Legal Oficial del día 13 de Mayo del año 2007 (13/05/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 13 de MORDAZA de 2007

Articulo Segundo.- Dejese sin efecto las demas disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza Regional. La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. En Caraveli, a los veintiseis dias del mes de MORDAZA del ano dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA LIZARRAGA MORDAZA Presidente del Consejo Regional MORDAZA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de MORDAZA, a los veintiseis dias del mes de MORDAZA del ano dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional MORDAZA REGLAMENTO INTERNO CONSEJO REGIONAL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA TITULO PRELIMINAR DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- Objeto El presente reglamento MORDAZA el funcionamiento interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa. Asimismo define las normas que regulan las relaciones con los organos ejecutivos del Gobierno Regional de Arequipa. Articulo 2º.- Definiciones Para los efectos del presente reglamento interno se define lo siguiente: a) Consejo Regional El Consejo Regional es el organo normativo y fiscalizador del Gobierno Regional de Arequipa. Sesiona ordinariamente dos veces al mes y las oportunidades que sea necesario de manera extraordinaria. b) Consejero Regional El Consejero Regional es el representante elegido por sufragio directo, por un periodo de cuatro anos, uno por cada provincia del departamento de Arequipa. c) Presidente del Consejo Regional El Presidente del Consejo Regional es el Consejero Regional elegido por sus pares por mayoria simple, por el periodo de un ano, para convocar y presidir las sesiones del Consejo Regional. Ejerce la representacion del Consejo y tramita sus acuerdos. d) Secretario del Consejo Regional El Secretario del Consejo Regional es quien tiene como responsabilidad el funcionamiento y la gestion administrativa del Consejo Regional. e) Comisiones Son los grupos de trabajo o de investigacion que el Consejo Regional acuerda establecer para el cumplimiento de sus fines. f) Asesores Los asesores son profesionales que apoyan el trabajo del Consejo Regional, de las Comisiones y de los Consejeros Regionales. Reportan al Presidente del Consejo, a la comision y/o consejeros respectivos. g) Ordenanzas Regionales Son las disposiciones regionales aprobadas por el

Consejo Regional que MORDAZA asuntos de caracter general, politica regional, de organizacion y de administracion del Gobierno Regional de Arequipa. h) Acuerdos Regionales Son las disposiciones regionales aprobadas por el Consejo Regional que expresa la posicion de este organo sobre asuntos internos del Gobierno Regional de MORDAZA o de interes publico. i) Dictamen Son documentos que contienen la exposicion documentada de los trabajos, proyectos de ordenanzas o acuerdos, informes y estudios e investigaciones que realizan las Comisiones del Consejo Regional. Pueden ser en mayoria, minoria o unanimes. Articulo 3º.- Ambito de Aplicacion El presente reglamento es de aplicacion en el Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA en concordancia con la normatividad nacional y regional. TITULO I DEL CONSEJO REGIONAL CAPITULO I DE LA CONFORMACION, INSTALACION Y ATRIBUCIONES DEL CONSEJO REGIONAL Articulo 4º.- De la Conformacion El Consejo Regional esta integrado por los ocho consejeros regionales. El Presidente y Vicepresidente del Gobierno Regional asisten a las sesiones solo con derecho a voz. Articulo 5º.- De la Instalacion El Consejero Regional de mayor edad convoca y preside la sesion de instalacion, que se realiza dentro de los seis (6) siguientes dias a la MORDAZA de cargos de la nueva gestion del Gobierno Regional. Articulo 6º.- De las Atribuciones Son atribuciones del Consejo Regional, entre otras y ademas de las senaladas en el Articulo 15º de la Ley Nº 27867 - Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, las siguientes: 1. Invitar al Gerente General Regional, a los Gerentes Regionales, a los Directores Regionales Sectoriales, a los Directores de Proyectos Especiales y demas funcionarios del Gobierno Regional para que informen al pleno o ante alguna comision. 2. Solicitar informes y/o documentacion a cualquiera de los funcionarios del Gobierno Regional. 3. Aprobar las donaciones que MORDAZA de su competencia. Articulo 7º.- Facultad para Invitar al Pleno o Comisiones El Consejo Regional tiene facultad para invitar al Gerente General Regional, a los Gerentes Regionales, a los Directores Regionales Sectoriales, a los Directores de Proyectos Especiales o a cualquier funcionario del Gobierno Regional. El procedimiento a seguir en la invitacion es el siguiente: a) El pedido de invitacion se formula por escrito como Mocion de Orden del Dia firmada por no menos de tres (03) Consejeros Regionales, acompanado obligatoriamente del respectivo pliego de preguntas. El pedido de invitacion tiene preferencia en la estacion Orden del Dia y sera debatida en primer lugar. b) La admision de la invitacion se aprueba por mayoria calificada de los miembros del Consejo Regional. c) Si la invitacion es aprobada, el Consejo Regional acuerda dia y hora para que el funcionario asista y conteste las preguntas. La invitacion le sera comunicada con una antelacion de siete (07) dias habiles acompanada del pliego de preguntas. d) El funcionario invitado tiene obligacion de absolver por escrito el pliego y presentarse ante el pleno o la comision el dia senalado a responder oralmente las preguntas.

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