Norma Legal Oficial del día 26 de Mayo del año 2007 (26/05/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 26 de MORDAZA de 2007

EDUCACION
Aceptan renuncia y encargan funciones de Director de Promocion y Actividades Musicales del Conservatorio Nacional de Musica
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 127-07-CNM MORDAZA, 27 de MORDAZA de 2007. Visto el Expediente Nº 0503-07 mediante el cual la profesora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA presenta su Renuncia Irrevocable al cargo de Directora de Promocion y Actividades Musicales. CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Directoral Nº 311-06-CNM se designo a la profesora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Directora de Promocion y Actividades Musicales, Directora de Programa Sectorial III - Categoria F-4, del Conservatorio Nacional de Musica, a partir del 1 de enero de 2007, por un periodo de 4 anos; Que con Expediente Nº 0503-07, de fecha 18 de MORDAZA de 2007, la profesora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA presento, mediante escrito con firma legalizada, su Renuncia Irrevocable al cargo de Directora de Promocion y Actividades Musicales por razones personales; Que el Director General del Conservatorio Nacional de Musica, por mandato de los articulos 9º y 10º del D.S. Nº 047-94-ED, que aprueba su Estatuto, es el representante legal basicas esta la de expedir resoluciones correspondientes a procesos de personal, de administracion, de aspectos academicos y otros de su competencia; por lo que en uso de sus facultades le corresponde pronunciarse respecto de la renuncia presentada por la profesora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y encargar en dicho puesto a un funcionario interino, mientras el Consejo Directivo dicta las disposiciones complementarias pertinentes, resolviendose; y hasta que se resuelva la vacancia producida; Que el Articulo 82º del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa aprobada por D.S. Nº 005-90PCM, senala que el encargo es temporal, excepcional y fundamentado; Que el Articulo 27º del Reglamento de Elecciones, aprobado mediante R.D. Nº 198-02-CNM, modificado por la R.D. Nº 203-02-CNM y la R.D. Nº 270-06-CNM, senala que el Comite Electoral concluye sus funciones el 1ro de enero del ano siguiente al del acto electoral; Que por mandato de la Ley Nº 26341, la Ley Nº 28329 y el D.S. Nº 47-94-ED, el Conservatorio Nacional de Musica tiene la condicion de centro de educacion artistica superior con autonomia academica, economica y administrativa; De conformidad con la Ley Nº 26341, la Ley Nº 28329, el Articulo 82º del D.S. Nº 005-90-CNM, Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, el Decreto Supremo Nº 47-94-ED y su modificatoria el Decreto Supremo Nº 041-2002-ED, que aprueba el Estatuto del Conservatorio Nacional de Musica y con la opinion favorable del Consejo Directivo, manifestada en la sesion ordinaria de fecha 26 de MORDAZA de 2007. SE RESUELVE: 1º.- ACEPTAR la renuncia presentada por la profesora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA al cargo de Directora de Promocion y Actividades Musicales, a partir del 2 de MORDAZA de 2007, agradeciendole por los servicios prestados. 2º.- DISPONER que la profesora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA retorne al cargo de docente nombrada del cual es titular. 3º.- ENCARGAR interinamente al profesor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA el cargo de Director de

Promocion y Actividades Musicales a partir del 3 de MORDAZA de 2007. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DE LUCCHI FERNALD Director General Conservatorio Nacional de Musica 65100-1

ENERGIA Y MINAS
Otorgan garantias y seguridades del Estado en respaldo de obligaciones, declaraciones y garantias contenidas en el Contrato de Transferencia de las Concesiones Mineras y otros activos que conforman el Proyecto Michiquillay
DECRETO SUPREMO Nº 028-2007-EM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 674, Ley de Promocion de la Inversion Privada en las Empresas del Estado, se declaro de interes nacional la promocion de la inversion privada en el ambito de las empresas que conforman la actividad empresarial del Estado; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 406-93-PCM de fecha 8 de septiembre de 1993, se ratifico el acuerdo de la Comision de Promocion de la Inversion Privada ­ COPRI (ahora PROINVERSION), conforme al cual se incluyo en el MORDAZA de promocion de la inversion privada a que se refiere el Decreto Legislativo Nº 674, a la Empresa Regional Minera Grau Bayovar S.A. (ahora ACTIVOS MINEROS S.A.C.); Que, con acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSION adoptado en sesion de fecha 20 de setiembre de 2006, se aprobaron las Bases del Concurso Publico Internacional Nº PRI-88-2006, para la promocion de la inversion privada en el Proyecto Michiquillay, a traves de un Contrato de Transferencia de las Concesiones Mineras y otros Activos que conforman dicho proyecto; Que, con fecha 30 de MORDAZA de 2007, se realizo el Acto de Recepcion, Apertura de Propuestas y Adjudicacion de la Buena Pro del Concurso Publico Internacional Nº PRI-88-2006 para la promocion de la inversion privada en el Proyecto Michiquillay, adjudicandose la buena pro a la empresa Anglo American Services (UK) Limited, de acuerdo a lo previsto en el Numeral 6.4 de las Bases del Concurso Publico MORDAZA indicado; Que, el Articulo 2º del Decreto Ley Nº 25570, sustituido por el articulo 6º de la Ley Nº 26438, permite que el Estado otorgue mediante contrato, a las personas juridicas que realicen inversiones bajo el MORDAZA del Decreto Legislativo Nº 674, las seguridades y garantias que mediante decreto supremo, en cada caso, se consideren necesarias para proteger sus adquisiciones e inversiones, de acuerdo a la legislacion vigente; Que, en virtud de lo MORDAZA expresado, procede otorgar mediante contrato, las seguridades y garantias a que se refiere el considerando precedente, a favor de ANGLO AMERICAN MICHIQUILLAY S.A., empresa subsidiaria de Anglo American Services (UK) Limited, la cual de acuerdo a lo establecido en el Numeral 2.3 del Anexo A de las Bases del Concurso Publico Internacional Nº PRI-88-2006, suscribira el Contrato de Transferencia de las Concesiones Mineras y otros activos que conforman el Proyecto Michiquillay; por lo que, corresponde se le otorguen las seguridades y garantias respectivas, autorizandose al Viceministro de Minas del Ministerio de Energia y Minas, la suscripcion del mismo; Que, la garantia del Estado de la Republica del Peru en respaldo de las obligaciones, declaraciones y garantias

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