Norma Legal Oficial del día 03 de Noviembre del año 2007 (03/11/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

356686

Nº DE ORD. - Prueba, inspeccion y codificacion del ELT 406 - Prueba del sistema pitot-estatico - Reporte de peso y balance, segun corresponda - Manual general de mantenimiento o manual basico de mantenimiento, segun corresponda - Programa de mantenimiento de la aeronave, segun corresponda - Lista de equipo minimo (MEL) de la aeronave - Libretas de aeronave, motor y helice - Hoja de especificaciones de la aeronave actualizada - Listado de componentes con MORDAZA controlada de avion y motor, con documentos de certificacion y trazabilidad - Listado de cumplimiento de directivas de aeronavegabilidad de avion, motor y componentes y boletines de servicio con documentos de sustento - Estado de cumplimiento de los programas de envejecimiento, CPCP, SSID, SID (lo que sea aplicable) con sus respectivas tarjetas de trabajo - Listado de reparaciones o alteraciones mayores con documentos que demuestren su cumplimiento, segun corresponda - MORDAZA de inscripcion vigente del (os) contrato(s) de la aeronave expedida por la Oficina de Registros Publicos b) Pago por derecho de tramitacion (1) 16,50% 46,00% 97,00% 99,00% 3,06% 30 d. 30 d. 30 d. 30 d.

DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO

REQUISITOS

DERECHO DE CALIFICACION TRAMITACION AUTOMA EVALUACION % DE 1 U.I.T. MORDAZA POST. NEGAT.

DEPENDENCIA DONDE SE INICIA EL TRAMITE

AUTORIDAD QUE APRUEBA EL TRAMITE

AUTORIDAD QUE RESUELVE LOS RECURSOS ADMIN.

NORMAS LEGALES

- Planeadores, aeronaves ultralivianos y aeronaves hasta 1000 Kg. de peso vacio - Aeronaves de 1001 Kg. a 7000 Kg. de peso vacio. - Aeronaves de 7001 Kg. a 30000 Kg. de peso vacio. - Aeronaves de 30000 Kg. a mas, de peso vacio. - Por dia de servicio nacional. Este pago es adicional cuando la evaluacion o inspeccion tecnica se efectue en el territorio nacional, excepto MORDAZA, y se calcula en base a la duracion de la comision de servicios y/o cuando la cantidad de inspectores sea mayor a 1. - Por dia de servicio internacional. Este pago es adicional a la tasa de tripulante tecnicos/auxiliares o inspeccion tecnica, y se calcula en base a la duracion de la comision de servicios, por cada inspector y de acuerdo a la escala de viaticos por region geografica. (2)

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INSPECCION TECNICA A BASES Y ESTACIONES DE OPERACIONES PARA ESTABLECIMIENTO O ACTUALIZACION DE ESPECIFICACIONES DE OPERACION

- Solicitud dirigida al Director General de Aeronautica Civil, adjuntando: a) Pago por derecho de tramitacion (1)

22,00%

30 d.

Oficina de Atencion al Ciudadano y Gestion Documental 3,06%

Director General de Aeronautica Civil

Reconsideracion : Director General de Aeronautica Civil Apelacion : Viceministro de Transportes (2)

BASE LEGAL Ley Nº 27261 (10.05.2000) Art.11° y 2da. Disposicion Complementaria Reglamento de la Ley Nº 27261: D.S. Nº 050-2001-MTC (26.12.2001) Arts. 111º y 205º RAP 121, 135 y 141 (**) R.D. N° 172-2007-MTC/12 (10.09.2007) Secciones 121.73, 121.79 de la RAP 121 Secciones 135.13, 135.17 de la AAP 135 - Solicitud dirigida al Director General de Aeronautica Civil, adjuntando: a) Pago por derecho de tramitacion (1)

- Por dia de servicio nacional. Este pago es adicional cuando la evaluacion o inspeccion tecnica se efectue en el territorio nacional, excepto MORDAZA, y se calcula en base a la duracion de la comision de servicios y/o cuando la cantidad de inspectores sea mayor a 1. - Por dia de servicio internacional. Este pago es adicional a la tasa de tripulante tecnicos/auxiliares o inspeccion tecnica, y se calcula en base a la duracion de la comision de servicios, por cada inspector y de acuerdo a la escala de viaticos por region geografica.

12

INSPECCION TECNICA A BASES Y ESTACIONES DE AERONAVEGABILIDAD PARA ESTABLECIMIENTO O ACTUALIZACION DE ESPECIFICACIONES DE OPERACION

22,00%

30 d.

Oficina de Atencion al Ciudadano y Gestion Documental 3,06%

Director General de Aeronautica Civil

Reconsideracion : Director General de Aeronautica Civil Apelacion : Viceministro de Transportes (2)

El Peruano MORDAZA, sabado 3 de noviembre de 2007

BASE LEGAL Ley Nº 27261 (10.05.2000) Art.11° y 2da. Disposicion Complementaria Reglamento de la Ley Nº 27261: D.S. Nº 050-2001-MTC (26.12.2001) Arts. 111º y 205º RAP 121, 135 y 141 (**) R.D. N° 172-2007-MTC/12 (10.09.2007)

- Por dia de servicio nacional. Este pago es adicional cuando la evaluacion o inspeccion tecnica se efectue en el territorio nacional, excepto MORDAZA, y se calcula en base a la duracion de la comision de servicios y/o cuando la cantidad de inspectores sea mayor a 1. - Por dia de servicio internacional. Este pago es adicional a la tasa de tripulante tecnicos/auxiliares o inspeccion tecnica, y se calcula en base a la duracion de la comision

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