Norma Legal Oficial del día 03 de Noviembre del año 2007 (03/11/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

Nº DE ORD

DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO

REQUISITOS

DERECHO DE TRAMITACION % DE 1 U.I.T.

CALIFICACION AUTOMA EVALUACION MORDAZA POST. NEGAT.

TRANSPORTE INTERPROVINCIAL DE PASAJEROS DE AMBITO NACIONAL Vigencia: 10 anos

DEPENDENCIA DONDE SE INICIA EL TRAMITE Ciudadano y Gestion Documental Apelacion: Viceministro de Transportes

AUTORIDAD QUE APRUEBA EL TRAMITE Transporte Terrestre

AUTORIDAD QUE RESUELVE LOS RECURSOS ADMIN. Director General de Transporte Terrestre

El Peruano MORDAZA, sabado 3 de noviembre de 2007

BASE LEGAL - Ley N° 27181 (08.10.99), literal d) del Art. 23° - D.S. Nº 009-04-MTC (03.03.04), Art. 69º

D.S. Nº 009-04-MTC (03.03.04) - La antiguedad MORDAZA del vehiculo: tres (3) anos, contados a partir del 1 de enero del ano siguiente al de su fabricacion. (Art. 44º, modificado por el D.S. Nº 037-2007-MTC - 14/10/07) - Si la peticionaria no tiene concesion vigente, como minimo cinco (5) vehiculos a nombre del transportista, (Art. 46º modificado por el D.S. Nº 037-2007-MTC - 14/10/07) - Actividad principal : transporte interprovincial regular de personas (Art. 50º) - Capital suscrito y pagado minimo: Equivalente a cincuenta (50) UIT (literal c) del Art. 52º) - El transportista no debe estar inhabilitado o suspendido para la prestacion del servicio de transporte interprovincial regular de personas. (Art. 55º) - El solicitante no debe tener impagas sanciones de multa con Resolucion firme. (Art. 213º modificado por D.S. Nº 037-2007-MTC - 14/10/07)

NORMAS LEGALES

indicando razon social, Numero de Registro Unico del Contribuyente (RUC) y domicilio de la peticionaria; nombre, documento de identidad, domicilio y el numero de partida de inscripcion de nombramiento y/o poder en los Registros Publicos del representante legal; asi como su declaracion de que la peticionaria cuenta con organizacion empresarial para prestar el servicio conforme al reglamento, que no se encuentra suspendida o inhabilitada para la prestacion del servicio y que cumplira con el mantenimiento preventivo de su flota vehicular habilitada y que cumplira con remitir al MTC las tarifas vigentes en sus servicios, asi como sus actualizaciones, adjuntando la siguiente documentacion: a) MORDAZA legible de la escritura publica de constitucion de la persona juridica de derecho mercantil, inscrita en los Registros Publicos, en la que estara indicando como objeto social, la actividad del servicio de transporte terrestre de personas; asi como el monto del capital suscrito y pagado. Puede ser remplazada por MORDAZA literal vigente de la partida registral expedida por la oficina registral correspondiente con una antiguedad no mayor de 30 dias calendarios b) Croquis y Anexo indicando informacion de la ruta del servicio, referida a origen, destino, itinerario, escalas comerciales, frecuencias y horario de salida, flota operativa y de reserva, distancia y tiempo aproximado de viaje. c) MORDAZA legible de la Tarjeta de identificacion vehicular o de Propiedad Vehicular a nombre del peticionario y, en los casos que corresponda, del contrato de arrendamiento financiero (elevado a escritura publica) u operativo (inscrito en el Registro de Propiedad Vehicular), en el que se identifique el vehiculo con su placa de rodaje y/o numero de serie. d) MORDAZA del Certificado de Revision Tecnica vigente, que acredite que el vehiculo ofertado con mas de un ano de antiguedad, cumple con las caracteristicas y requisitos senalados en el Reglamento Nacional de Vehiculos. e) MORDAZA del Certificado de Constatacion de Caracteristicas especificas que acredite que el vehiculo ofertado cumple con las caracteristicas especificas senaladas en el Reglamento Nacional de Administracion de Transportes y normas complementarias con antiguedad no mayor de tres meses, contados a partir de la fecha de su emision. f) Informacion documentada respecto a los terminales terrestres habilitados por la autoridad competente a utilizar en el origen y en el destino y, de ser el caso, terminales terrestres o estaciones de ruta autorizados escalas comerciales que acredite que el peticionario puede acceder a su uso. g) MORDAZA del contrato o documento que acredite que sus unidades cuentan con dispositivos inalambricos que permitan el control y monitoreo permanente de los vehiculos en ruta. El servicio podra ser propio o contratado con una empresa autorizada ante la autoridad competente. h) MORDAZA legible del Certificado del Seguro Obligatorio de Accidentes de MORDAZA vigente (SOAT). i) Pago por derecho de tramitacion (1). 10.00% 30 d. Oficina de Atencion al Ciudadano y Gestion Documental Director General de Transporte Terrestre

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RENOVACION DE LA CONCESION DE RUTA PARA TRANSPORTE INTERPROVINCIAL DE PASAJEROS DE AMBITO NACIONAL Vigencia 10 anos.

Reconsideracion: Director General de Transporte Terrestre Apelacion: Viceministro de Transportes

BASE LEGAL - Ley N° 27181 (08.10.99), literal d) del Art. 23° - D.S. Nº 009-04-MTC (03.03.04) Art. 63º

D.S. Nº 009-04-MTC (03.03.04) - MORDAZA de solicitud dentro de los treinta (30) dias MORDAZA vencimiento de la concesion interprovincial. (Art. 63º modificado por el D.S. Nº 037-2007-MTC - 14/10/07) - El solicitante no debe tener impagas sanciones de multa con Resolucion firme. (Art. 213º modificado por D.S. Nº 037-2007-MTC - 14/10/07)

Solicitud bajo forma de declaracion jurada dirigida al Director General de Transporte Terrestre, indicando razon social, Numero de Registro Unico del Contribuyente (RUC), domicilio de la peticionaria; nombre, documento de identidad, domicilio y el numero de partida de inscripcion de su nombramiento y/o poder en los Registros Publicos del representante legal, y adjuntando la siguiente documentacion: a) MORDAZA legible del Certificado del Seguro Obligatorio de Accidentes de MORDAZA, vigente (SOAT) b) MORDAZA del Certificado de Revision Tecnica, que acredite que el vehiculo ofertado cumple con las caracteristicas y requisitos senalados en el Reglamento Nacional de Vehiculos. c) Declaracion jurada firmada por el representante legal en el sentido de que cumple con las demas condiciones y requisitos de acceso establecidas en la Seccion II del Reglamento Nacional de Administracion del Transporte. d) Pago por derecho de tramitacion (1).

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RENUNCIA DE LA CONCESION DE RUTA PARA TRANSPORTE INTERPROVINCIAL DE PASAJEROS DE

Solicitud bajo forma de declaracion jurada dirigida al Director General de Transporte Terrestre indicando razon social, Registro Unico de Contribuyente (RUC) y domicilio del transportista

GRATUITO

30 d.

Oficina de Atencion al Ciudadano y Gestion

Director General de Transporte Terrestre

Reconsideracion: Director General de

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