Norma Legal Oficial del día 03 de Noviembre del año 2007 (03/11/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

356712

Nº DE ORD

DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO

REQUISITOS

DERECHO DE TRAMITACION % DE 1 U.I.T.

CALIFICACION AUTOMA EVALUACION MORDAZA POST. NEGAT.

DEPENDENCIA DONDE SE INICIA EL TRAMITE

AUTORIDAD QUE APRUEBA EL TRAMITE

AUTORIDAD QUE RESUELVE LOS RECURSOS ADMIN.

- Certificado de Revision Tecnica exigible para vehiculos con mas de tres (3) anos de antiguedad: Art. 6º D.S. Nº 011-2007-MTC (20.04.2007) - El solicitante no debe tener impagas sanciones de multa con Resolucion firme. (Art. 213º modificado por D.S. Nº 037-2007-MTC - 14/10/07)

TRANSPORTE DE MERCANCIAS POR CUENTA PROPIA 3.50% 30 d. Oficina de Atencion al Ciudadano y Gestion Documental Director General de Transporte Terrestre Reconsideracion: Director General de Transporte Terrestre Apelacion: Viceministro de Transportes

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INSCRIPCION DE TRANSPORTISTAS QUE REALIZAN TRANSPORTE DE MERCANCIAS POR CUENTA PROPIA Y MORDAZA DE INSCRIPCION

BASE LEGAL - Ley N° 27181 (08.10.99), literal d) del Art. 23° - D.S. Nº 009-04-MTC (03.03.04), Arts. 5º y 170º

- SOAT: Seg. Disp. Final DS Nº 024-2002-MTC (14.06.2002) - Certificado de Revision Tecnica exigible para vehiculos con mas de tres (3) anos de antiguedad: Art. 6º del D.S. Nº 011-2007-MTC (20.04.2007) - El solicitante no debe tener impagas sanciones de multa con Resolucion firme. (Art. 213º modificado por D.S. Nº 037-2007-MTC - 14/10/07) b) MORDAZA legible de la tarjeta de identificacion vehicular o de propiedad vehicular a nombre del peticionario y, en los casos que corresponda, del contrato de arrendamiento financiero u operativo de cada vehiculo. Cuando se trate de arrendamiento operativo, el contrato debera estar provisto de la MORDAZA de inscripcion registral correspondiente o adjuntarse un certificado registral que acredite dicha inscripcion c) Para el caso de la excepcionalidad contemplada en el ultimo parrafo del literal b) del articulo 5º del RENAT, MORDAZA legible de la Tarjeta de Propiedad Vehicular a nombre del fabricante de los bienes o productos que transporta y, del correspondiente contrato de arrendamiento de cada vehiculo elevado a escritura publica e inscrito en el Registro de la Propiedad Vehicular, en el que expresara el consentimiento del propietario del vehiculo para que se destine a esta finalidad y su compromiso de responsabilizarse solidariamente con el transportista para el cumplimiento de la misma, cuando corresponda. d) MORDAZA del Certificado de Revision Tecnica Ordinaria o Periodica vigente, que acredite que el vehiculo ofertado cumple con las caracteristicas y requisitos senalados en el Reglamento Nacional de Vehiculos. e) MORDAZA legible del Certificado del Seguro Obligatorio de Accidentes de MORDAZA vigente - SOAT f) Pago por derecho de tramitacion (1).

Solicitud bajo forma de declaracion jurada dirigida al Director General de Transporte Terrestre, indicando razon social o nombre segun corresponda, numero del Registro Unico de Contribuyente (RUC),domicilio y de ser el caso nombre y documento de identidad del representante legal y numero de partida de inscripcion de su nombramiento y/o poder inscrito en los Registros Publicos, adjuntando: a) En el caso de persona juridica, MORDAZA simple o fotostatica de su escritura publica de constitucion inscrita en los Registros Publicos, en cuya objeto social no este comprendido el transporte de mercancias. En el caso de persona natural, el registro Unico del Contribuyente (RUC), consultado electronicamente, debera indicar que su actividad principal es distinta a la actividad del transporte de mercancias o de carga.

NORMAS LEGALES

TRANSPORTE TURISTICO TERRESTRE INTERPROVINCIAL DE AMBITO NACIONAL 10.00% 30 d. Oficina de Atencion al Ciudadano y Gestion Documental Director General de Transporte Terrestre Reconsideracion: Director General de Transporte Terrestre Apelacion: Viceministro de Transportes

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PERMISO DE OPERACION PARA TRANSPORTE TURISTICO O TURISMO DE AVENTURA Vigencia: Permiso de Operacion para transporte turistico terrestre: cinco (5) anos Permiso de Operacion para turismo de aventura : dos (2) anos

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BASE LEGAL Ley N° 27181 (08.10.99), literal d) del Art. 23° D.S. Nº 003-2005-MT (23.01.2005), Arts. 19º, 21º, 22°, 23°, 24º, 25º, 26º, 27º 28º, 29º, 30º, 31º y 39º D.S. Nº 009-2004-MT (03.03.2004) Art. 39° D.S. Nº 032-MINCETUR-2005 (10.11.05)

El Peruano MORDAZA, sabado 3 de noviembre de 2007

Reglamento aprobado por el D.S. Nº 003-2005-MTC - Caracteristicas especificas y equipamiento del vehiculo para el transporte turistico terrestre Art. 19º

Solicitud bajo forma de declaracion jurada dirigida al Director General de Transporte Terrestre, indicando razon social, Numero de Registro Unico del Contribuyente (RUC), domicilio de la peticionaria; nombre, documento de identidad, domicilio del representante legal y numero de asiento y partida de inscripcion de su nombramiento y/o poder en los Registros Publicos; asi como el ambito de operacion y modalidad de transporte turistico en la que desea prestar el servicio. a) MORDAZA legible de la tarjeta de propiedad vehicular a nombre del peticionario y, en los casos que corresponda, del contrato de arrendamiento financiero de los vehiculos ofertados. b) MORDAZA del Certificado de Calificacion de Prestador de Servicios Turisticos otorgado por la Direccion Nacional de Desarrollo Turistico (MINCETUR) o direcciones regionales de Comercio Exterior y Turismo c) Certificado de Revision Tecnica vigente que acredite que el vehiculo ofertado cumple con las caracteristicas y requisitos senalados en el Reglamento Nacional de Vehiculos y las caracteristicas especificas correspondientes que senala el reglamento del servicio de Transporte Turistico.

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