Norma Legal Oficial del día 03 de Noviembre del año 2007 (03/11/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA, sabado 3 de noviembre de 2007

Nº DE ORD d) Documento, con caracter de declaracion jurada comprometiendose a cumplir permanentemente con el mantenimiento preventivo de su flota vehicular y que dispone de una organizacion empresarial que le permita prestar el servicio de transporte turistico, satisfaciendo las necesidades de los usuarios, resguardando sus condiciones de seguridad y salud; asi como protegiendo el ambiente y la comunidad en su conjunto y que no se encuentra inhabilitado o suspendido para la prestacion del servicio de transporte turistico, e) MORDAZA legible del Certificado del Seguro Obligatorio de Accidentes de MORDAZA vigente (SOAT) por cada vehiculo ofertado f) En el caso de turismo de aventura, adicionalmente debera presentar la poliza de seguro especial que cubra los riesgos por accidentes de MORDAZA fuera de la via en las mismas condiciones y caracteristicas del SOAT g) Pago por derecho de tramitacion (1). 10.00% 30 d. Oficina de Atencion al Ciudadano y Gestion Documental Director General de Transporte Terrestre Reconsideracion: Director General de Transporte Terrestre Apelacion: Viceministro de Transportes

DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO

REQUISITOS

DERECHO DE TRAMITACION % DE 1 U.I.T.

CALIFICACION AUTOMA EVALUACION MORDAZA POST. NEGAT.

DEPENDENCIA DONDE SE INICIA EL TRAMITE

AUTORIDAD QUE APRUEBA EL TRAMITE

AUTORIDAD QUE RESUELVE LOS RECURSOS ADMIN.

- Caracteristicas especificas y equipamiento del vehiculo para turismo de aventura Art. 20º - Seguro especial para turismo de aventura Art. 41º - Capital suscrito y pagado minimo: Equivalente a quince (15) UIT Art. 25º - La antiguedad MORDAZA del vehiculo: tres (3) anos, contados a partir del 1 de enero del ano siguiente al de su fabricacion Anexo V, DS 037-2007-MTC (14.10.2007). - Certificado de Revision Tecnica exigible para vehiculos con mas de tres (3) anos de antiguedad: Art. 6º DS Nº 011-2007-MTC (20.04.2007) - El solicitante no debe tener impagas sanciones de multa con Resolucion firme. (Art. 213º modificado por D.S. Nº 037-2007-MTC - 14/10/07)

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RENOVACION DEL PERMISO DE OPERACION PARA TRANSPORTE TURISTICO O TURISMO DE AVENTURA Vigencia: Permiso de Operacion para transporte turistico terrestre: cinco (5) anos Permiso de Operacion para turismo de aventura: dos (2) anos

BASE LEGAL - Ley N° 27181 (08.10.99), literal d) del Art. 23° - D.S. Nº 003-2005-MTC (23.01.2005) Art. 37°

NORMAS LEGALES

Reglamento aprobado por el D.S. Nº 003-2005-MTC - MORDAZA de solicitud: Dentro de los sesenta (60) y treinta (30) dias habiles anteriores a su vencimiento, No es de aplicacion la condicion de acceso relacionada a la antiguedad de los vehiculos, siempre que estos, al momento de solicitar la renovacion, se encontrasen habilitados (art. 37º) - Certificado de Revision Tecnica exigible para vehiculos con mas de tres (3) anos de antiguedad: Art. 6º, DS 011-2007-MTC - 20.04.2007) - El solicitante no debe tener impagas sanciones de multa con Resolucion firme. (Art. 213º modificado por D.S. Nº 037-2007-MTC - 14/10/07)

Solicitud bajo forma de declaracion jurada dirigida al Director General de Transporte Terrestre, indicando razon social, Numero de Registro Unico del Contribuyente (RUC), domicilio de la peticionaria; nombre, documento de identidad, domicilio del representante legal y numero de asiento y partida de inscripcion de su nombramiento y/o poder en los Registros Publicos; asi como el ambito de operacion y modalidad de transporte turistico en la que desea prestar el servicio. a) MORDAZA legible de la tarjeta de propiedad vehicular a nombre del peticionario y, en los casos que corresponda, del contrato de arrendamiento financiero de los vehiculos ofertados. b) MORDAZA del Certificado de Calificacion de Prestador de Servicios Turisticos otorgado por la Direccion Nacional de Desarrollo Turistico (MINCETUR) o direcciones regionales de Comercio Exterior y Turismo c) Certificado de Revision Tecnica vigente que acredite que el vehiculo ofertado cumple con las caracteristicas y requisitos senalados en el Reglamento Nacional de Vehiculos y las caracteristicas especificas correspondientes que senala el reglamento del servicio de Transporte Turistico. d) Documento, con caracter de declaracion jurada comprometiendose a cumplir permanentemente con el mantenimiento preventivo de su flota vehicular y que dispone de una organizacion empresarial que le permita prestar el servicio de transporte turistico, satisfaciendo las necesidades de los usuarios, resguardando sus condiciones de seguridad y salud; asi como protegiendo el ambiente y la comunidad en su conjunto y que no se encuentra inhabilitado o suspendido para la prestacion del servicio de transporte turistico, e) MORDAZA legible del Certificado del Seguro Obligatorio de Accidentes de MORDAZA vigente (SOAT) por cada vehiculo ofertado f) En el caso de turismo de aventura, adicionalmente debera presentar la poliza de seguro especial que cubra los riesgos por accidentes de MORDAZA fuera de la via en las mismas condiciones y caracteristicas del SOAT g) Pago por derecho de tramitacion (1). Solicitud bajo forma de declaracion jurada dirigida al Director General de Transporte Terrestre indicando razon social, Registro Unico de Contribuyente (RUC) y domicilio del transportista el nombre y numero del documento de identidad del representante legal. GRATUITO 30 d.

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RENUNCIA AL PERMISO DE OPERACION AL TRANSPORTE TURISTICO

Oficina de Atencion al Ciudadano y Gestion Documental

Director General de Transporte Terrestre

Reconsideracion: Director General de Transporte Terrestre Apelacion: Viceministro de Transportes

BASE LEGAL - Ley N° 27181 (08.10.99), literal d) del Art. 23° - D.S. Nº 003-2005-MT (23.01.2005), Arts. 48 - MORDAZA de solicitud con 30 dias calendarios de anticipacion (Art. 48) Solicitud con caracter de declaracion jurada dirigida al Director General de Transporte Terrestre, indicando el numero de asiento y partida registral del transportista en el registro administrativo correspondiente, razon social, numero del Registro Unico del Contribuyente (RUC), domicilio del peticionario, asi como nombre y numero del documento de identidad del representante legal. a) MORDAZA legible de la tarjeta de identificacion vehicular o de propiedad vehicular de cada vehiculo ofertado a nombre del peticionario y, de ser el caso, del contrato de arrendamiento 10.00% 30 d. Oficina de Atencion al Ciudadano y Gestion Documental Director General de Transporte Terrestre

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HABILITACION VEHICULAR POR INCREMENTO O SUSTITUCION PARA TRANSPORTE TURISTICO TERRESTRE

Reconsideracion: Director General de Transporte Terrestre Apelacion: Viceministro de

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- BASE LEGAL - Ley N° 27181 (08.10.99), literal d) del Art. 23°

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