Norma Legal Oficial del día 09 de Noviembre del año 2007 (09/11/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 125

El Peruano MORDAZA, viernes 9 de noviembre de 2007

NORMAS LEGALES

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Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. En Abancay a los diecisiete dias del mes de septiembre de dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Consejera Delegada del Consejo Apurimac. AL SENOR PRESIDENTE REGIONAL DE MORDAZA POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la sede central del Gobierno Regional de MORDAZA, a los veintiocho dias del mes de septiembre del ano dos mil siete. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Presidente Gobierno Regional MORDAZA 128960-1 DEL Regional de

GOBIERNO

Declaran de necesidad publica y prioridad regional la conservacion, preservacion y uso adecuado de los recursos hidricos de la Region MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 018-2007-CR-APURIMAC EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DE MORDAZA, en Sesion Ordinaria Descentralizada del dia once de octubre del ano dos mil siete, llevada a cabo en la MORDAZA de Andahuaylas, teniendo como punto de agenda el Dictamen Nº 0022007-CORNGMA-CRA. CONSIDERANDO: Que, el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado concordante con el Articulo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administracion economica y financiera un pliego presupuestal; Que, el objetivo de la Politica Ambiental y de los Recursos Naturales de la Region MORDAZA es el mejoramiento continuo de la calidad de MORDAZA de sus pobladores, mediante la proteccion y recuperacion del ambiente y la conservacion de los recursos naturales, orientada al desarrollo sostenible; Que, en Sesion Ordinaria de la Comision Ambiental Regional de MORDAZA de fecha 14 de marzo de 2007, se propuso la conformacion de un Grupo Tecnico Especializado en Gestion Integrada de Recursos Hidricos de la Region MORDAZA, como parte del Sistema Regional de Gestion Ambiental. Para tal efecto, se conformo un Grupo Impulsor del Agua, constituido por la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente, MASAL, CONAM, MARENASS, INRENA, COLBIOP, DESA, IDMA, Municipalidades Provinciales de Abancay y Andahuaylas, ITDG, UTEA, UNAMBA, La Comision de Regantes del MORDAZA MORDAZA y el Comite de Gestion de la Microcuenca del Rio Marino; otorgandosele el mandato de formular la propuesta de constitucion del Grupo Tecnico; Que, en cumplimiento de su mandato, el Grupo Impulsor, presidido por la Gerencia Regional de Recursos

Naturales y Gestion del Medio Ambiente, ha efectuado diversas reuniones de trabajo con representantes de instituciones involucradas en el tema, a efectos de elaborar la propuesta de conformacion del Grupo Tecnico Especializado en Gestion Integrada de Recursos Hidricos de la Region MORDAZA, la misma que ha sido aprobada por la Comision Ambiental Regional de MORDAZA en Sesion Ordinaria del 21 de junio del 2007; Que, es de imperiosa necesidad integrar, organizar y armonizar la participacion de las instituciones tanto publicas como privadas, que posean competencias en la conservacion ambiental y el uso adecuado de los recursos naturales; Que, los incisos a) y h) del Articulo 53º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece como funciones en materia ambiental y de ordenamiento territorial, el de formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y politicas en materia ambiental y de ordenamiento territorial, en concordancia con los planes de los Gobiernos Locales; asi como, el de controlar y supervisar el cumplimiento de las normas, contratos, proyectos y estudios en materia ambiental y sobre uso racional de los recursos naturales, en su respectiva jurisdiccion, y el de imponer sanciones ante la infraccion de normas ambientales regionales; Que, la Ley Nº 28245, Ley MORDAZA del Sistema Nacional de Gestion Ambiental, dispone en su Articulo 22º, que los Gobiernos Regionales deben implementar el Sistema de Gestion Ambiental, sobre la base de los organos que desempenen diversas funciones ambientales en el Gobierno Regional; complementariamente, el Articulo 30º dispone que corresponde a los Gobierno Regionales decidir la creacion de Grupos Tecnicos dentro de sus jurisdicciones; Que, de acuerdo a lo establecido por el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado, a los Articulos 9º, 15º y 21º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y Leyes Modificatorias; y estando a lo expuesto, acordado y aprobado, con el MORDAZA unanime de los miembros integrantes del Consejo Regional de MORDAZA, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: Articulo Primero.- DECLARAR, de Necesidad Publica y Prioridad Regional la Conservacion, Preservacion y Uso Adecuado de los Recursos Hidricos de la Region Apurimac. Articulo Segundo.- Conformese, en el MORDAZA del Sistema Regional de Gestion Ambiental de MORDAZA, el Grupo Tecnico Especializado en Gestion Integrada y Concertada de los Recursos Hidricos de la Region Apurimac; con la finalidad de discutir, analizar y proponer soluciones politicas, normativas, tecnicas, financieras y administrativas orientadas a la conservacion, preservacion y uso adecuado del recurso agua en la Region Apurimac. Articulo Tercero.- Los objetivos del Grupo Tecnico Especializado en Gestion Integrada y Concertada de los Recursos Hidricos de la Region MORDAZA, son los siguientes: Promover la gestion mutisectorial, integrada y concertada de los Recursos Hidricos de la Region. Proponer politicas y normas regionales para institucionalizar la gestion integrada y proteccion de la calidad, prevencion de riesgos, capacitacion e informacion sobre los Recursos Hidricos de la Region. Promover la concertacion informada y la participacion de la sociedad civil en la toma de decisiones para la gestion de los recursos hidricos y en la vigilancia de su cumplimiento. Articulo Cuarto.- Deleguese, a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente, la Presidencia del Grupo Tecnico Especializado en Gestion Integrada y Concertada de los Recursos Hidricos de la Region MORDAZA, el cual debera estar integrado por un representante de cada una de las instituciones siguientes: - Gobierno Regional de Apurimac. - Consejo Nacional del Ambiente ­ CONAM.

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