Norma Legal Oficial del día 09 de Noviembre del año 2007 (09/11/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 126

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NORMAS LEGALES
POR TANTO:

El Peruano MORDAZA, viernes 9 de noviembre de 2007

- Direccion Regional de Agricultura. - Direccion Regional de Salud. - Direccion Regional de Produccion. - Direccion Regional de Energia y Minas. - Direccion Regional de Educacion. - Instituto Nacional de Recursos Naturales (INRENA) ­ Administracion Tecnica del Distrito de Riego (ATDR), Forestal y Fauna ­ Santuario del Ampay. - Empresa Municipal de Servicio de Agua Potable (EMUSAP). - Empresa Municipal de Servicio de Agua Potable (EMSAP CHANKA S. A.). - Programa Nacional de Manejo de Cuencas Hidrograficas y Conservacion de Suelos (PRONAMACHS). - Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA de MORDAZA (UNAMBA). - Universidad Tecnologica de los Andes (UTEA). - Manejo de Recursos Naturales en la MORDAZA Sur (MARENASS). - Proyecto de Manejo Sostenible de Suelos y Agua en Ladras (MASAL). - Intermediate Technology Development Group (ITDG). - Instituto de Desarrollo y Medio Ambiente (IDMA). - Junta de Usuarios del Distrito de Riego Abancay (JUDRA). - Junta de Usuarios del Distrito de Riego Andahuaylas (JUDRA). - Comite de Gestion de la MORDAZA del Marino. - Comite de Gestion de la MORDAZA del Chumbao. - Municipalidades Provinciales de la Region Apurimac. - Municipalidades Distritales de la Region Apurimac. - Mancomunidades Municipales. - Representantes de las ONGs. de la Region. - Plataforma de Agua UNUNCHIS. - Mesa de Mineria de Apurimac. - Colegio de Ingenieros de Apurimac. - Empresas Mineras. - Otras Instituciones Publicas o Privadas que lo soliciten. El Grupo Tecnico Especializado en Gestion Integrada y Concertada de los Recursos Hidricos de la Region MORDAZA, se instalara dentro de los tres primeros dias habiles de vigencia de la presente MORDAZA regional y concluira dentro de dos anos de instalada, presentando un informe detallado y exponiendo sus logros alcanzados; pudiendo ser ampliada a peticion de la misma. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- El Grupo Tecnico Especializado, para su funcionamiento elaborara su respectivo Reglamento Interno y Plan de Trabajo, dentro de los primeros treinta dias de su instalacion. Segunda.- El Grupo Tecnico Especializado contara con una Secretaria Tecnica, la cual sera designada por los integrantes por mayoria simple. Comuniquese al Senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. En Abancay a los quince dias del mes de octubre de dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Consejera Delegada del Consejo Regional de Apurimac. AL SENOR PRESIDENTE REGIONAL DE MORDAZA DEL GOBIERNO

Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la sede central del Gobierno Regional de MORDAZA, a los diecinueve dias del mes de octubre del ano dos mil siete. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Presidente Gobierno Regional MORDAZA 128958-1

Aprueban Plan de Reduccion de la Vulnerabilidad a la Sequia y la Desertificacion de la Region MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 019-2007-CR-APURIMAC EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DE MORDAZA, en Sesion Ordinaria Descentralizada del dia once de octubre del ano dos mil siete, llevada a cabo en la MORDAZA de Andahuaylas, teniendo como punto de agenda el Dictamen Nº 0032007-CORNGMA-CRA. CONSIDERANDO: Que, el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado concordante con el Articulo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administracion economica y financiera un pliego presupuestal; Que, la Convencion Internacional de Lucha contra la Desertificacion, define a esta, como la degradacion de las tierras aridas, semiaridas y sub humedas secas, resultantes de diversos factores, tales como las variaciones climaticas y las actividades humanas. Considerando a la sequia como el fenomeno que se produce naturalmente cuando las lluvias han sido considerablemente inferiores a los niveles normales registrados, causando un agudo desequilibrio hidrico que perjudica los sistemas de produccion de recursos de tierras; Que, esta definicion adoptada por la Convencion se fundamenta en una MORDAZA de la desertificacion como un fenomeno integral que tiene su origen en complejas interacciones de factores fisicos, biologicos, politicos, sociales, culturales y economicos; Que la prioridad de la Lucha contra la Desertificacion deberia ser la aplicacion de medidas preventivas a las tierras que aun no han sido afectadas por la degradacion o lo han sido en minimo grado. En ese entender, los paises firmantes de esta Convencion entre los que se encuentra el Peru, han tomado conciencia que la desertificacion y la sequia constituyen problemas de dimensiones mundiales, que afectan el desarrollo sostenible de los distintos paises por la relacion que guardan con problemas tales como la pobreza, la salud, la desnutricion, la falta de seguridad alimentaria y los problemas derivados de la migracion, el desplazamiento de personas y la dinamica geografica; Que, el Peru ha suscrito el 15 de octubre del 1994 y aprobado el 18 de septiembre de 1995 (Resolucion Legislativa Nº 26536), la Convencion de las Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificacion de los paises afectados por sequia grave o desertificacion; Que, de acuerdo a lo establecido por el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado, a los Articulos 9º, 15º y 21º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y Leyes Modificatorias; y estando a lo expuesto, acordado y aprobado, con el MORDAZA unanime de los miembros integrantes del Consejo Regional de MORDAZA, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta;

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