Norma Legal Oficial del día 09 de Noviembre del año 2007 (09/11/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 132

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 9 de noviembre de 2007

prohibido de prestar el servicio por Carreteras, Vias Expresas, Colectoras y Arteriales. Excepcionalmente la Municipalidad distrital podra autorizar la prestacion del servicio por vias colectoras cuando quede garantizada la seguridad del pasajero, asimismo los Transportistas en Vehiculos Menores podran cruzar las carreteras, vias arteriales y colectoras por intersecciones semaforizadas o que cuenten con Direccion Policial. Que, en uso de las facultades que confiere la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y con el MORDAZA unanime del Concejo, se aprueba la siguiente: ORDENANZA DISPONEN ACOGERSE A LO ESTABLECIDO POR ORDENANZAS DEL CONCEJO METROPOLITANO DE MORDAZA QUE REGULAN EL SERVICIO DE TRANSPORTE DE PASAJEROS Y CARGA DE VEHICULOS MENORES, SE INCORPORA PROCEDIMIENTOS AL MORDAZA Y SE SUSTITUYE EL CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES AL REGLAMENTO DEL SERVICIO DE TRANSPORTE PUBLICO EN VEHICULOS MENORES Que, conforme los establece el Articulo 8° de la Ordenanza 341-MML-2001 Las Municipalidades Distritales que conforman la provincia de MORDAZA, tendran a su cargo la ejecucion, el mantenimiento, rehabilitacion, senalizacion, ornato y mobiliario MORDAZA de las Vias Locales de su jurisdiccion, de acuerdo con las normas establecidas por la Direccion Municipal de Transporte MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de Lima. La Semaforizacion de las Vias Locales estara a cargo de las Municipalidades Distritales, las que deberan coordinar con la Direccion Municipal de Transporte MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Articulo Primero.- APLICAR en la jurisdiccion del Distrito de San MORDAZA lo dispuesto en la Ordenanza Nº 21799-MML y Ordenanza Nº 241-99-MML y su modificatorias aprobadas por el Concejo Metropolitano de MORDAZA, normas de caracter general que regulan el Servicio de Transporte de Pasajeros y Carga en Vehiculos Menores. Articulo Segundo.- RESTRINGIR la circulacion de unidades de Vehiculos Menores para el servicio de transporte de pasajeros y de carga, en las vias siguientes: a. b. c. d. e. f. g. h. i. Av. 26 de Julio. Jr. Ollanta. Jr. Cepollini. Av. MORDAZA Echeandia. Av. Mariscal MORDAZA Nieto. Jr. MORDAZA Marisca. Jr. MORDAZA Beingolea. Av. MORDAZA Toro. Av. San Juan.

o reglamentarias a la presente Ordenanza; y especificamente lo relacionado con el internamiento, permanencia y salida de vehiculos menores del Deposito Municipal. Articulo Setimo.-. Deroguese las Ordenanzas N° 0101-MDSL-2006 (26 de MORDAZA 2006); N° 0136-MDSL2002 (10 de Junio 2002); N° 0037-MDSL-2005 (30 de Noviembre 2005), y otras disposiciones contrarias a la presente ordenanza. Articulo Octavo.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a Gerencia Municipal. Articulo Noveno.- Encargar a Secretaria General la publicacion en el Diario Oficial El Peruano de la presente Ordenanza de acuerdo a Ley, y su difusion en el MORDAZA Electronico de la Municipalidad Distrital de San Luis. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ANEXO 01 CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES DEL SERVICIO DE TRANSPORTE DE PASAJEROS Y DE CARGA DE VEHICULOS MENORES
CODIGO INFRACCION Por prestar servicio sin haber obtenido el permiso de operacion expedido por la Municipalidad de San MORDAZA Prestar servicio bajo la influencia de alcohol, drogas o cualquier sustancia toxica Llevar pasajeros en un numero mayor de (3) ocupantes indicado en la ordenanza vigente Por adelantar otros vehiculos para hacer carreras y/o realizar maniobras temerarias y/o utilizar una velocidad mayor a la reglamentaria Por prestar el servicio sin tener y/o portar licencia de conducir expedida por la autoridad competente Hacer caso omiso o fugarse con el vehiculo menor ante el requerimiento del personal autorizado de la municipalidad Por prestar servicio sin tener parabrisas, ni cobertor (mascara delantera) Por prestar servicio sin contar y/o tener la poliza de seguro vigente Prestar el servicio y/o recoger pasajeros dentro de un radio de 50 de paraderos autorizados a otras personas juridicas Movilizar personas en la cabina del conductor. Por brindar servicio en vias arteriales, colectoras o restringidas por la municipalidad Detener temporalmente (con el motor encendido) o estacionar el vehiculo menor, para esperar pasajeros en lugares no autorizados como paraderos Por recoger pasajeros en una MORDAZA de trabajo no autorizada. Por negarse a presentar o no tuviera consigo en ese momento los documentos requeridos por el personal autorizado de la municipalidad. MULTA % UIT 10% IMPORTE 345.00 Medida complementaria Internamiento de la Unidad Vehicular en el Deposito Municipal Internamiento de la Unidad Vehicular en el Deposito Municipal Internamiento de la Unidad Vehicular en el Deposito Municipal Internamiento de la Unidad Vehicular en el Deposito Municipal Internamiento de la Unidad Vehicular en el Deposito Municipal Internamiento de la Unidad Vehicular en el Deposito Municipal Internamiento de la Unidad Vehicular en el Deposito Municipal Internamiento de la Unidad Vehicular en el Deposito Municipal Internamiento de la Unidad Vehicular en el Deposito Municipal Internamiento de la Unidad Vehicular en el Deposito Municipal Internamiento de la Unidad Vehicular en el Deposito Municipal Internamiento de la Unidad Vehicular en el Deposito Municipal Internamiento de la Unidad Vehicular en el Deposito Municipal Internamiento de la Unidad Vehicular en el Deposito Municipal

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Articulo Tercero.- DISPONER que la prestacion del servicio especial de pasajeros y/o de carga en vehiculos menores se circunscribira a lo que determine el estudio tecnico que sustente la necesidad de prestarse o no del servicio en los sectores poblacionales. Articulo Cuarto.- INCORPORAR al Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA, de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA el procedimiento de obtencion y/o renovacion de Resolucion de Circulacion, Certificado o Permiso de Operacion y Credencial de Conductor, conforme a los requisitos previstos en el Art. 13 de la Ordenanza Nº 241-99-MML, respectivamente, procedimientos de calificacion previa con silencio administrativo negativo, a cargo de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Gerencia Municipal en primera y MORDAZA instancia respectivamente. Articulo Quinto.-. SUSTITUIR el Cuadro de Infracciones y Sanciones al Reglamento del Servicio de Transporte Publico en Vehiculos Menores de la Ordenanza Nº 241-MML y modificatorias, por la Tabla de Infracciones, Sanciones y Medidas Complementarias, que forma parte integrante de la presente ordenanza como Anexo 01, que sera de aplicacion dentro de la jurisdiccion del distrito de San Luis. Articulo Sexto.- El MORDAZA de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA queda facultado para dictar normas complementarias

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