Norma Legal Oficial del día 09 de Noviembre del año 2007 (09/11/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MORDAZA 1 MORDAZA MORDAZA MORDAZA LIZ

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 9 de noviembre de 2007

129849-1

VIVIENDA
Crean el Territorial Programa de Gestion

DECRETO SUPREMO Nº 032-2007-VIVIENDA EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, en los ultimos anos en el Peru se ha observado un aumento de la frecuencia, el impacto y la amplitud de los desastres naturales que han causado la muerte de centenares de personas y provocado enormes perdidas economicas; Que, los devastadores efectos de los desastres naturales a los que esta expuesto nuestro MORDAZA, se magnifican por una elevada vulnerabilidad que afecta a la sociedad y a la economia y que se deriva de un conjunto de factores, por ejemplo: la insuficiencia de medidas preventivas a nivel de las regiones o zonas vulnerables, la falta de medidas que induzcan a una localizacion mas MORDAZA de los asentamientos humanos, el manejo insuficiente de las cuencas hidrograficas y la falta de operacion de los sistemas de alerta temprana; Que, las principales consecuencias de un desastre natural ocurren sobre la vivienda, el abastecimiento de agua y el saneamiento, y que requieren medidas preventivas del sector para mitigar el potencial impacto de estos fenomenos naturales, incluyendo el ordenamiento de las ciudades, a fin que MORDAZA previstas en sus planes de desarrollo MORDAZA, las areas de riesgo ante amenazas naturales; Que, en la actualidad nuestro territorio presenta un patron de ocupacion del suelo, mayoritariamente informal, extendiendo desordenadamente las ciudades, presentando carencia de infraestructura y servicios, derivados de la ausencia de una adecuada planificacion concertada con los agentes que intervienen en dicho MORDAZA, asi como de una vision integral del conjunto de circunscripciones territoriales en los cuales se encuentra dividido el pais; Que, la atencion de familias damnificadas por un desastre natural, asi como la provision de infraestructura y servicios basicos, como agua potable, saneamiento y viviendas son mas costosos y dificiles cuando la poblacion se encuentra mas dispersa en el territorio y que esta inversion puede ser mas eficiente si esta se prestase a traves de ciudades intermedias; Que, en ese contexto debe tenerse en consideracion a las ciudades intermedias, como una alternativa que facilite la labor de prevencion de desastres, para ello, las mismas, deben tener una localizacion estrategica, asi como capacidad para generar dinamicas economicas y articular los asentamientos poblacionales urbanos y rurales, contribuyendo al desarrollo regional y nacional, asimismo deberan poseer ventajas geo-socio economicas y culturales en los ambitos nacional, regional y local, constituyendo una estrategia de desarrollo de mediano y largo plazo, de caracter territorial y multisectorial; Que, el desarrollo de estas ciudades intermedias permitira, ademas, un ordenamiento urbanistico que faciliten el desarrollo economico y social en nuestro MORDAZA, siendo la mision de estas articular las actividades economicas, turisticas, agroindustriales, cientificas y tecnologicas, de los asentamientos poblacionales MORDAZA y rurales con las principales ciudades del pais; Que, de conformidad con lo dispuesto el articulo 5º del Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, los Programas son estructuras funcionales creadas para atender un problema o situacion critica o implementar una politica

publica especifica, en el ambito de competencia de la entidad a la que pertenece; en el presente caso, la politica de urbanismo, saneamiento, y vivienda, vinculada a la prevencion prevista en el literal i) del articulo 8º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, son competencias del Ministerio; Que, estando a lo expuesto, resulta necesario crear un Programa, con la finalidad de realizar acciones de prevencion ante fenomenos naturales, que permitan realizar actividades para la reduccion de riesgos en casos de desastres, en materia de vivienda, urbanismo y saneamiento, en adicion a ello, el referido Programa, a traves de las ciudades intermedias, debera promover la ocupacion racional y sostenible del territorio, la MORDAZA entre el ejercicio del derecho de propiedad y el interes social, la coordinacion de los diferentes niveles de gobierno nacional, regional y local para facilitar la participacion del sector privado, la distribucion equitativa de los beneficios y cargas que se deriven del uso del suelo, y, la seguridad y estabilidad juridica para la inversion inmobiliaria; Que, en el literal d) del articulo 5° de la Ley Nº 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, establece que el MORDAZA de la mencionada modernizacion se sustenta fundamentalmente en lograr mayor eficiencia en la utilizacion de los recursos del Estado, eliminando la duplicidad o superposicion de competencias, funciones y atribuciones entre sectores y entidades o entre funcionarios y servidores; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27658 - Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, la Ley Nº 27792, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, asi como en el Decreto Supremo Nº 0022002-VIVIENDA; DECRETA: Articulo 1º.- Creacion y objetivo de Programa de Gestion Territorial Crease el Programa de Gestion Territorial dependiente del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento con la finalidad de realizar acciones de prevencion ante fenomenos naturales que permitan ejecutar actividades para la reduccion de riesgos en materia de vivienda, urbanismo y saneamiento; y promover el desarrollo de ciudades intermedias que permitan mejores condiciones de MORDAZA, espacios sostenibles y que articulen el crecimiento economico de sus entornos de influencia, en concordancia con los objetivos y politicas de defensa civil y del desarrollo nacional. Articulo 2° Objetivos Los objetivos del Programa de Gestion Territorial son: a. Desarrollar acciones de prevencion de desastres naturales, para la reduccion de riesgos en materia de vivienda, urbanismo y saneamiento. b. Disenar e implementar politicas para el desarrollo de Ciudades Intermedias. Articulo 3º.- Manual de Operaciones Las funciones, organizacion, procesos principales tales como programacion y aprobacion de actividades, ejecucion de recursos, MORDAZA de coordinacion, desembolsos, segun corresponda, asi como procesos de supervision, seguimiento y evaluacion tecnica, informes (financieros, registros contables, de progreso), auditorias, inspeccion y supervision, segun corresponda, seran desarrollados en el Manual de Operaciones. Articulo 4º.- De la Direccion Ejecutiva del Programa de Gestion Territorial El Programa de Gestion Territorial estara a cargo de una Direccion Ejecutiva, como MORDAZA organo, cuya MORDAZA autoridad sera el Director Ejecutivo, que sera designado por Resolucion Ministerial. Las funciones del Director Ejecutivo seran las siguientes:

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