Norma Legal Oficial del día 11 de Noviembre del año 2007 (11/11/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 11 de noviembre de 2007

a) Hoteles, Hostales y MORDAZA de Huespedes b) Industrias Manufactureras. c) Estaciones de Servicios - Grifos (Venta de Combustible, Gas Licuado de Petroleo, Gaseocentros). d) Estaciones de Radios, Television. e) Farmacias y Boticas. Articulo 7º.- El Horario Especial se otorga a partir de las 23.00 Horas y se extiende hasta las 02.00 horas, solo se concede a determinados establecimientos que cuenten con Licencia de Funcionamiento Municipal y se encuentren ubicados en zonas geograficas determinadas como Zonificaciones Comerciales de Nivel C3, en razon a la naturaleza de su giro. Estan comprendidos en este horario los siguientes giros: a) Restaurantes - Penas, Discotecas y Video Pubs. b) MORDAZA de Reuniones Sociales. c) Casinos, Tragamonedas y MORDAZA de Juego. Articulo 8º.- No Procede la Ampliacion de Horario en las Licencias de Funcionamiento Municipal, en los siguientes casos: 1) Cuando existan Quejas de Vecinos debidamente motivadas y sustentadas sobre el funcionamiento del local Comercial, de Servicio, Industrial o Profesional. 2) Cuando existan evidencias de que el funcionamiento del establecimiento atente contra la tranquilidad, salud o seguridad del vecindario. 3) Cuando se detecte la MORDAZA de documentacion Falsa o variacion de datos consignados en la Licencia de Funcionamiento Municipal. 4) Cuando durante la actuacion de Control y Fiscalizacion Municipal se detecte el desarrollo de un giro diferente al consignado en la Licencia de Funcionamiento Municipal. En todos los casos previstos se remitiran los actuados a la Subgerencia de Fiscalizacion Municipal, para la imposicion de sanciones correspondientes, que tengan lugar de acuerdo al Regimen de Aplicacion de Sanciones vigente en el distrito, sin perjuicio de dejar sin efecto la Ampliacion del Horario otorgado, de ser el caso. Articulo 9º.- DE LAS TASAS Para el presente procedimiento se establece un pago unico por concepto de Derecho de Tramite equivalente a 4,85% UIT. Para el calculo del monto de la prestacion tributaria se utilizara el valor de la UIT, vigente al momento de la MORDAZA de la solicitud. Articulo 10º.- DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES El incumplimiento de lo Dispuesto en la presente MORDAZA, acarreara la Imposicion de sanciones de caracter Administrativo, conforme se detalla a continuacion.
MULTA ADMINISTRATIVA EXPRESADA EN PORCENTAJE DE LA UIT VIGENTE . 10 % UIT

Reglamentarias necesarias para la correcta aplicacion de la presente Norma. Cuarta.- La presente MORDAZA entrara en vigencia al dia siguiente de su Publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Registrese, comuniquese , publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA DUPUY MORDAZA MORDAZA 130234-2

MUNICIPALIDAD DE BRENA
Autorizan al MORDAZA suscribir minutas y escrituras publicas y autorizar venta de puestos del MORDAZA Nº 03
ACUERDO DE CONCEJO Nº 298-2007/MDB Brena, 4 de setiembre del 2007 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BRENA VISTOS: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 4 de setiembre del 2007, Informe Nº 694-2007-GAJ/MDB de la Gerencia de Asesoria Juridica . CONSIDERANDO: Que mediante Informe Nº 694-2007-GAJ/MDB de la Gerencia de Asesoria Juridica mediante el cual comunica al Despacho de Alcaldia, que mediante Acuerdo de Concejo Nº 107-2007/MDB, de fecha 4 de MORDAZA del 2007 se conformo la Comision de Privatizacion de Mercados prosiguiendo con la venta de los puestos y tiendas que no han sido adquiridos los cuales se encuentran ubicados en el MORDAZA Nº 01 Chacra Colorada , MORDAZA Nº 2 Manoa MORDAZA Nº 3 de Brena y MORDAZA Nº 05 de Productores. En tal sentido a fin de formalizar los documentos de venta, solicita: a) Autorizar al Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a suscribir las respectivas minutas y escrituras publicas en concordancia con lo dispuesto en el Articulo 23º de la Ley Nº 27972. b) Mediante Acuerdo de Concejo Nº 018-2006/MDB de fecha 26 de MORDAZA del 2006 se autorizo a la Comision de Privatizacion de Mercados de la anterior gestion a la realizacion de la Subasta Publica de 103 puestos restantes sin transferir del MORDAZA Nº 03 siendo publicada la Subasta Publica en el Diario Oficial El Peruano el 19 de MORDAZA del 2004, no habiendose llevado a cabo la Adjudicacion, en consecuencia opina se Autorice al Senor MORDAZA la venta de los puestos del MORDAZA Nº. 03 de Brena en aplicacion de la Ley Nº 28181. En cumplimiento de las atribuciones conferidas por los Articulos 9º Inciso 23) de la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades, con la votacion UNANIME del Cuerpo de Regidores y con la dispensa del tramite de la lectura y aprobacion del acta; ACUERDA: Articulo Primero.a) Autorizar al Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a suscribir las respectivas minutas y escrituras publicas en concordancia con lo dispuesto en el Articulo 23º. De la Ley No. 27972. b) Mediante Acuerdo de Concejo No. 018-2006/MDB

INFRACCION Por Ampliacion del Horario consignado en la Licencia de Funcionamiento, sin contar con la Aprobacion Municipal respectiva.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.-Incluyase en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Ate, el Procedimiento establecido en la presente Ordenanza. Segunda.- Incorporese al Regimen de Aplicacion de Sanciones y su Cuadro Unico de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad Distrital, las Sanciones Administrativas previstas en la presente Norma. Tercera.- Facultese al senor MORDAZA Distrital, para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones

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