Norma Legal Oficial del día 13 de Noviembre del año 2007 (13/11/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 13 de noviembre de 2007

Que, el articulo 9° de la Ley Nº 27815 - Ley del Codigo de Etica de la Funcion Publica, dispone que el organo de la Alta Direccion de cada Entidad Publica ejecuta medidas para promover la cultura de probidad, transparencia, justicia y servicio publico, asimismo dicho organo establece los mecanismos e incentivos que permitan una actuacion correcta, transparente y MORDAZA de los servidores publicos; Que, mediante Decreto Supremo N° 009-2007-JUS se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional Penitenciario, estableciendose dentro de su Estructura Organica la Oficina de Asuntos Internos, organo encargado de conducir investigaciones de caracter funcional sobre los actos de corrupcion e irregularidades que se cometan en los distintos organos y direcciones de la entidad; Que, mediante Resolucion Presidencial N° 505-2004INPE/P de fecha 15 de MORDAZA de 2004, se creo la Comision de Transparencia y Anticorrupcion del Instituto Nacional Penitenciario, facultada para intervenir, investigar, opinar y definir procedimientos de queja, denuncias por actos de corrupcion e inmoralidad, consultas y acceso a la informacion, respecto al ejercicio de la funcion publica de los servidores del INPE; Que, a fin de no duplicar las funciones de la Comision de Transparencia y Anticorrupcion y la creada Oficina de Asuntos Internos del Instituto Nacional Penitenciario, y de conformidad a la Ley N° 27658 - Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, que declara al Estado Peruano en MORDAZA de modernizacion en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestion publica, mediante la obtencion de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, priorizando y optimizando el uso de recursos publicos, y construir un Estado democratico, descentralizado y al servicio del ciudadano, se hace necesario la desactivacion de la citada Comision; Que, la funcion publica debe ejercerse teniendo como objetivo fundamental, la defensa del interes general, para lo cual resultan indispensables la transparencia, la independencia de juicio y la imparcialidad en la adopcion de las decisiones administrativas, de modo de evitar cualquier conflicto entre los intereses publicos y particulares, aun meramente potencial; siendo objetivo estrategico de la Institucion propender la probidad de todos los trabajadores, previniendo los conflictos de intereses y la corrupcion que pudiera suscitarse; Que, en tal sentido, es indispensable optimizar los mecanismos que permitan lograr una gestion transparente, facilitar la deteccion de todo MORDAZA de corrupcion administrativa e impulsar una cultura de responsabilidad; asi como, que permita a los ciudadanos ejercer su derecho de queja, denuncia por actos de corrupcion e inmoralidad, consulta y acceso a la informacion, respecto al ejercicio de la funcion publica de los funcionarios y servidores de la Entidad; Que, siendo ello asi, es conveniente crear la Comision de Transparencia del Instituto Nacional Penitenciario, y a la vez desactivar la Comision de Transparencia y Anticorrupcion del Instituto Nacional Penitenciario, creada mediante Resolucion Presidencial N° 505-2004-INPE/P de fecha 15 de MORDAZA de 2004; Contando con las visaciones de los miembros del Consejo Nacional Penitenciario y de la Oficina de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 28175 ­ Ley MORDAZA del Empleo Publico, Ley Nº 27815 - Ley del Codigo de Etica de la Funcion Publica, Ley Nº 27806 Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, modificada por la Ley Nº 27927, Ley N° 27658 - Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, Decreto Legislativo N° 654 ­ Codigo de Ejecucion Penal, Decreto Supremo N° 009-2007-JUS; y en uso de las facultades conferidas mediante Resolucion Suprema Nº 152-2007JUS; SE RESUELVE: Articulo 1°.- CREAR, la Comision de Transparencia del Instituto Nacional Penitenciario, encargada de

promover la transparencia, honestidad, probidad, etica y difusion de los actos de administracion de la Institucion; efectuar el seguimiento de las quejas, reclamos, denuncias y acceso a la informacion presentados por los administrados, dependiente de la Presidencia del Instituto Nacional Penitenciario; la misma que queda conformada de la siguiente manera: - MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Tercer Miembro del Consejo Nacional Penitenciario - MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Miembro Directora de la Oficina de Prensa e Imagen Institucional - MORDAZA MORDAZA VILLAORDUNA ARISTONDO Miembro Asesor de la Alta Direccion Articulo 2°.- DISPONER, a las unidades organicas del INPE brinden el apoyo que pueda requerir la Comision de Transparencia, para el mejor desarrollo de sus funciones y objetivos. Articulo 3°.- DESACTIVAR, y declarar extinguida, la Comision de Transparencia y Anticorrupcion del Instituto Nacional Penitenciario, creada por Resolucion Presidencial N° 505-2004-INPE/P de fecha 15 de MORDAZA de 2004. Articulo 4°.- TRANSFIERANSE, en un plazo no mayor de cinco (05) dias, los bienes muebles y acervo documentario, que tuviese la Comision desactivada a la Comision de Transparencia y a la Oficina de Asuntos Internos del Instituto Nacional Penitenciario, segun corresponda de acuerdo a sus funciones. Articulo 5°.- DISTRIBUIR, MORDAZA de la presente resolucion a los interesados e instancias correspondientes, para los fines de ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 130853-1

ORGANISMO DE FORMALIZACION DE LA PROPIEDAD INFORMAL
Declaran nulidad de la buena pro otorgada en diversos procesos de adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION DIRECTORAL N° 082-2007-COFOPRI/DE MORDAZA, 9 de noviembre de 2007 VISTOS: Los Memorandums Nº 269-2007-COFOPRI/OA de fecha 10 de octubre de 2007, N° 270-2007-COFOPRI/OA de fecha 10 de octubre de 2007, N° 271-2007-COFOPRI/ OA de fecha 10 de octubre de 2007, y los Informes N° 095-2007/JSA de fecha 3 de octubre de 2007, N° 096-2007/JSA de fecha 3 de octubre de 2007, Nº 0972007/JSA de fecha 3 de octubre de 2007 y N° 067-2007COFOPRI/OAJ de fecha 18 de octubre de 2007, emitidos por la Oficina de Administracion y la Oficina de Asesoria Juridica, respectivamente; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 28923, se establecio un Regimen Temporal Extraordinario de Formalizacion y Titulacion de Predios Urbanos a cargo de COFOPRI, modificando su denominacion por la de Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal -COFOPRI; Que, la Cuarta Disposicion Complementaria de la citada Ley, modifica el tercer parrafo del articulo 2° del

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