Norma Legal Oficial del día 14 de Noviembre del año 2007 (14/11/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano MORDAZA, miercoles 14 de noviembre de 2007

NORMAS LEGALES

357507

encargando a la Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalizacion y a la Gerencia de Administracion, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Acuerdo. 5. El presente Acuerdo no MORDAZA ni exonera del pago de impuesto o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominacion. 6. Dispensar el Acuerdo tramite de lectura y aprobacion del Acta. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA del Callao
131179-1 FE DE ERRATAS ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000051

MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA
Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de leche evaporada entera para el Programa del Vaso de Leche
ACUERDO DE CONCEJO N° 131- 2007­MDV-CDV

Ventanilla, 9 de noviembre 2007 EL HONORABLE CONCEJO DISTRITAL DE LA MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA VISTO: En la Sesion Ordinaria de Concejo, de fecha 9 de noviembre del 2007; y, CONSIDERANDO: Que, el literal c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0832004-PCM, establece que se encuentran exonerados de los procesos de seleccion (procesos de licitacion publica, concurso publico, adjudicacion directa y adjudicacion de menor cuantia) las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de emergencia o de desabastecimiento inminente declaradas con la presente Ley; debiendose formalizarse esta a traves de la aprobacion de un Acuerdo Municipal, de conformidad con lo senalado en el literal c) del articulo 20º de dicha normatividad; Que, asimismo, el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado concordado con el articulo 146º de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, establece respecto del procedimiento de exoneracion; que la Resolucion o Acuerdo que apruebe la exoneracion del MORDAZA de seleccion, requiere obligatoriamente de uno o mas informes previos, que contengan la justificacion tecnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneracion, el cual debera ser publicado en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su emision; Que, al MORDAZA de los articulos 19º inciso c) y 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante D.S. Nº 083-2004-PCM y en concordancia con el articulo 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. Nº 084-2004-PCM, la Municipalidad Distrital de Ventanilla, como todas las entidades del Estado, se encuentran facultadas a declarar la situacion de desabastecimiento ante la inexistencia de determinados bienes o servicios cuyo suministro es de esencial necesidad, quedando asi exoneradas de la convocatoria al MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, mediante Informe No. 110-2007-SGVL/GAA/MDV de fecha 6 de noviembre del 2007, la Sub Gerencia de Vaso de Leche, dependiente de la Gerencia de Asistencia Alimentaria, informa que el MORDAZA de Licitacion Publica Nº 002-2007/CD/MDV "Adquisicion de Leche Evaporada Entera para el Programa de Vaso de Leche", fue declarado desierto por la no MORDAZA de ninguna propuesta , esto debido a que el precio referencial del producto licitado se encontraba desfasado, al momento de la MORDAZA de propuestas, por causas ajenas a la Municipalidad y al Comite Especial y obedecieron a la coyuntura respecto al precio de dicho producto en el MORDAZA nacional. Que, hasta la fecha solo se cuenta con abastecimiento de dicho producto hasta el 14 de noviembre del 2007, por esa razon y previendo la extension del plazo para convocar un MORDAZA MORDAZA de seleccion que segun el analisis efectuado por la Gerencia de Asistencia Alimentaria llegaria hasta los 75 dias; dicho Despacho, recomienda la aprobacion de la exoneracion de la adquisicion de Leche Evaporada Entera en bolsa de

Mediante Oficio Nº 1021-2007-MPC/SG, la Municipalidad Provincial del Callao solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Municipal Nº 000051, publicada en nuestra edicion del dia 10 de noviembre de 2007. DICE:
ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA OBLIGACION DE MORDAZA DE DECLARACION JURADA PARA CONTRIBUYENTES PROPIETARIOS DE PREDIOS CON USO COMERCIO Y TERRENO SIN CONSTRUIR Y BENEFICIOS TRIBUTARIOS EN EL CERCADO DEL CALLAO CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES

Articulo 2º.- Lugar y Plazo para la presentacion. Establezcase como plazo para el cumplimiento de la obligacion formal de MORDAZA de declaracion jurada, el 15 de noviembre del 2007, la cual se realizara de forma teledirigida en el domicilio del contribuyente, sin perjuicio de poder realizarse en las oficinas y agencias de la Gerencia General de Administracion Tributaria y Rentas. Asimismo, facultese a la Gerencia General de Administracion Tributaria y Rentas para que establezca puntos moviles de orientacion y declaracion dentro de la jurisdiccion de la Municipalidad Provincial del Callao. DEBE DECIR:
ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA OBLIGACION DE MORDAZA DE DECLARACION JURADA PARA CONTRIBUYENTES PROPIETARIOS DE PREDIOS CON USO COMERCIO Y TERRENO SIN CONSTRUIR Y BENEFICIOS TRIBUTARIOS EN EL CERCADO DEL CALLAO CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES

Articulo 2º.- Lugar y Plazo para la presentacion. Establezcase como plazo para el cumplimiento de la obligacion formal de MORDAZA de declaracion jurada, el 31 de diciembre del 2007, la cual se realizara de forma teledirigida en el domicilio del contribuyente, sin perjuicio de poder realizarse en las oficinas y agencias de la Gerencia General de Administracion Tributaria y Rentas. Asimismo, facultese a la Gerencia General de Administracion Tributaria y Rentas para que establezca puntos moviles de orientacion y declaracion dentro de la jurisdiccion de la Municipalidad Provincial del Callao.
131813-1

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