Norma Legal Oficial del día 14 de Noviembre del año 2007 (14/11/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 68

357510

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 14 de noviembre de 2007

Oficio Nº 028-2007/MPC-DIDUR y del Informe Legal Nº 72-2007/MPC-DAJ, y el T.U.O de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante D.S.Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado mediante D.S.Nº 084-2004-PCM, por unanimidad; ACORDARON: Articulo Primero.- APROBAR LA EXONERACION DEL MORDAZA DE SELECCION DE ADJUDICACION DIRECTA PUBLICA ENTRE ENTIDADES DEL SECTOR PUBLICO, DE ACUERDO A LOS CRITERIOS DE ECONOMIA QUE ESTABLEZCA LA LEY DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO de conformidad con el articulo 19º literal a) del T.U.O. del D.S.Nº 083-2004-PCM y 139º, 146º al 148º del Reglamento aprobado mediante D.S.Nº 084-2004-PCM, para la Adquisicion de Combustibles (petroleo y gasolina) para la Ejecucion Urgente de las Obras Programadas del Ano Fiscal 2007, con cargo a la Fuente de Financiamiento Canom y Sobre Canom. Articulo Segundo.- DISPONER que el Director de Administracion y Rentas remita MORDAZA del Acuerdo y del Informe que lo sustenta a la Contraloria General de la Republica, al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y a las demas entidades correspondientes; dentro de los diez dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion bajo responsabilidad. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Direccion de Administracion y Rentas, a la Oficina de Planificacion, Presupuesto y Racionalizacion, y la Unidad de Abastecimientos y Servicios Auxiliares el debido cumplimiento del presente Acuerdo y de las acciones correspondientes con arreglo a Ley. Articulo Cuarto.- DISPONER que Secretaria General de la Municipalidad cumpla con la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles siguientes de la aprobacion del presente acuerdo. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA
130816-1

de menor cuantia, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen para los servicios personalisimos, de acuerdo a lo que establezca el reglamento de la citada ley; Que, el articulo 145° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, define que los servicios personalisimos son aquellos prestados por personas naturales o juridicas notoriamente especializadas siempre que su destreza, habilidad, experiencia particular y/o conocimientos evidenciados, apreciados de manera objetiva por la Entidad, permitan sustentar de modo razonable e indiscutible su adecuacion para satisfacer la complejidad del objeto contractual y haga inviable la comparacion con otros potenciales proveedores; Que, de conformidad con el literal c) del articulo 20° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, las exoneraciones a que se refiere el articulo 19°, entre ellas, los servicios personalisimos, se aprobaran mediante Acuerdo de Concejo Municipal, siendo esta facultad indelegable; en consecuencia resulta necesaria la emision del presente acuerdo de Concejo; Que, de acuerdo al articulo citado en el considerando anterior, el Acuerdo de Concejo requiere obligatoriamente de un informe tecnico-legal previo, el mismo que sera publicado en el Diario Oficial El Peruano, asi mismo, la MORDAZA del mencionado acuerdo y del informe tecnico legal, deben remitirse a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad del titular del pliego, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de aprobacion; Que, de conformidad a los articulos anteriormente citados, se han emitido los siguientes informes: Informe Tecnico N° 003-2007-MPT/GM de la Gerencia Municipal, de fecha 24 de MORDAZA del 2007 e Informe Legal N° 0122007-MPT/GAJ de la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 25 de MORDAZA del 2007; Que, mediante Informe Presupuestal N° 762-2007MPT/GPP de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, de fecha 23 de MORDAZA del 2007, se ha considerado atender el requerimiento otorgando la siguiente asignacion presupuestal: Monto: S/. 22, 500.00 nuevos soles Partida Presupuestal: 5.3.11.33 Servicios de Consultoria Fuente de Financiamiento: Otros Impuestos Municipales

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MORDAZA
Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion de asesor del despacho de Alcaldia
ACUERDO DE CONCEJO N° 174-2007-MPT

En ejercicio de las facultades conferidas en la Ley Organica de Municipalidades - Ley N° 27972 y con el MORDAZA unanime de sus miembros; ACORDO: Articulo 1°.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente, para contratar de forma directa mediante acciones inmediatas, al Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por un monto referencial de veintidos mil quinientos (22,500.00 nuevos soles), incluido el impuesto a la renta, por el plazo comprendido por los meses de agosto a diciembre del presente ano, para brindar servicios como asesor del despacho de Alcaldia, afectandose la partida y fuente de financiamiento correspondiente citada en la parte considerativa. Articulo 2°.- Publiquese el presente acuerdo de concejo y el informe tecnico-legal en el Diario Oficial El Peruano, asi mismo, remitase MORDAZA de los mismos a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de aprobacion del presente acuerdo. Dado en MORDAZA, a los trece dias del mes de agosto del ano dos mil siete. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA
130053-1

EL CONCEJO PROVINCIAL DE MORDAZA,

DE

LA

MUNICIPALIDAD

VISTO, en Sesion Ordinaria de fecha 8 de agosto del 2007, y; CONSIDERANDO: Que, en la sesion ordinaria de la fecha, seccion pedidos, la senora regidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solicita la exoneracion del MORDAZA de seleccion por servicios personalisimos de la contratacion del Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para prestar servicios de Asesor de Alcaldia; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal f) del articulo 19° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, estan exoneradas de los procesos de licitacion publica, concurso publico, adjudicacion directa o adjudicacion

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.