Norma Legal Oficial del día 15 de Noviembre del año 2007 (15/11/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, jueves 15 de noviembre de 2007

NORMAS LEGALES

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abertura de malla de 3 1/2 pulgadas (90 mm.) y palangre, en la extraccion de los recursos merluza, tiburon, pez MORDAZA y perico con destino al consumo humano directo; en el ambito el litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas de la costa; Que el numeral 33.4 del Articulo 33º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, establece que estan exceptuados de acreditar la realizacion de actividades extractivas, los armadores de las embarcaciones pesqueras que por razones de caracter economico decidan no realizar faenas de pesca en un periodo mayor de un ano, y comuniquen tal circunstancia a la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero, en un plazo no mayor a los 30 dias calendario al cese de operaciones. En este caso se suspendera el permiso de pesca hasta que el armador solicite su reincorporacion a la actividad pesquera. La reincorporacion y suspension requieren pronunciamiento expreso del Ministerio de Pesqueria (actualmente Ministerio de la Produccion); Que a traves del escrito del visto, la recurrente solicita la suspension del permiso de pesca de la embarcacion pesquera "CONDOR" de matricula Nº PT-6527-PM, por razones de caracter economico y por un periodo de treinta y seis (36) meses contados a partir del 1 de MORDAZA del 2007, sustentandose en que la crisis que vive el sector pesquero merlucero ha ocasionado un desgaste economico y financiero a su empresa y que aun no pueden arriesgar una fuerte inversion por costos de operacion del buque sin tener la seguridad de obtener una pesca rentable; Que del analisis efectuado a los medios probatorios que obran en el expediente, se concluye que estos acreditan la existencia de razones de indole economico que sustentan la suspension del permiso de pesca solicitado; asimismo la recurrente ha cumplido con los requisitos sustantivos exigidos por la normatividad vigente, asi como con presentar los requisitos procedimentales establecidos en el procedimiento Nº 22 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de

Pesqueria (actualmente Ministerio de la Produccion), por lo que deviene en procedente otorgar la suspension del permiso de pesca solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero mediante Informe Nº 387-2007PRODUCE/DGEPP-Dch y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Suspender por razones de caracter economico y por un periodo de treinta y seis (36) meses contados desde el 1 de MORDAZA del 2007, el permiso de pesca otorgado mediante Resolucion Ministerial Nº 619-95-PE, modificada por Resolucion Directoral Nº 151-99-PE/DNE a la empresa GIMA S.A., para operar la embarcacion pesquera "CONDOR" con matricula Nº PT-6257-PM. Articulo 2º.- Incluir la presente resolucion en el numeral 1 Anexo VI de la Resolucion Ministerial Nº 084-2007-PRODUCE. Articulo 3º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas el Ministerio de Defensa, a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia y a las Direcciones Regionales Sectoriales del litoral. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 131636-7

DIARIO OFICIAL

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE TEXTOS UNICOS DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - MORDAZA
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos, Organismos Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para publicar sus respectivos MORDAZA en la separata de Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1.- Los MORDAZA de los MORDAZA deben venir trabajados en Excel, una linea por celda, sin justificar. 2.- Los MORDAZA deben ser entregados al Diario Oficial con cinco dias de anticipacion a la fecha de ser publicados. 3.- Para las publicaciones cuyos originales excedan de 10 paginas, el contenido del disquete o correo electronico sera considerado MORDAZA fiel del original para su publicacion. 4.- Las tablas o MORDAZA deberan ser elaborados a 24 cm. de alto x 15 cm. de ancho, en caso se trate de una pagina apaisada a 15 cm. de ancho x 24 cm. de alto. Asimismo, la tipografia minima a utilizar debera ser de 7 puntos. 5.- El MORDAZA ademas, debe ser remitido en disquete o al correo electronico: normaslegales@ editoraperu.com.pe. LA DIRECCION

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